Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 28/7/2011 (Anexo)

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 3715 - 28/7/2011

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
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N 3

Gobierno de la Ciudad Autonorna de Buenos Aires "2011. Buenos Aires Capital Mundial del Libra"

III.

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DURACION DE LA CONCESION, ADQUISICION DE LOS PLiEGOS, CONSULTAS. DEVOLUCION DEL ESPACIO, TRANSFERENCIA.

Articulo 5.-

La duracion total de a concesion sera por un plazo improrrogable de cinco 5 aries, a contar de la fecha en que se entregue al adjudicatario la tenencia del espacio.

Articulo 6.-

Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposicion de los interesados, para su consulta, en la Direccior; General y en la paqlna Web del Gobierno de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires www.buenosaires.gob.ar - Ministerio de Desarrollo Econornlco.
Cada ejernplar de los Pliegos de Bases y Condiciones se haya numerado y foliado, debiendo retirarse, contra recibo, en la sede del Banco Ciudad sita en la calle Esmeralda N 660, Piso 30 , de esta Ciudad. Los interesados podran retirar los Pliegos y dernas documentacion gratuitamente, debiendo identificarse con su respectivo documento de identidad en original 0 fotocopia debidamente certificada notarialmente y acreditando la personeria y/o representacion que invocaren.
Se debera identificar, inexcusablemente, a tercero que se representa.
Aquellos que retiren los Plieqos, 0 sus apoderados, seran los unicos tacultados para solicitar informacion complementaria, aclaraciones y presentar ofertas. Es requisito indispensable acreditar la obtencion del Pliego para poder ofertar.

Articulo 7.-

Vencido el terrnino de la Concesion de Uso, 0 declarada su caducidad, el concesionario debera entregar el espacio inmediatamente, con todas sus construcciones y accesorios en perfectas condiciones de usa y conservacion, bajo apercibimiento, de proceder a su desocupacion administrativa.
En dicho supuesto, e Gobierno, a traves de a Direcclon General, procedera a hacer efectiva la desocupacion, dejando constancia del estado de recepcion y dernas circunstancias en el Acta Notarial que se confeccione con intervenclon de un Escribano Publico designado par la Direccion General Escribania General de la Ciudad Autonorna de Buenos Aires.

Articulo 8.-

EI concesionario no puede ceder total 0 parcialmente, por ningun medio, los derechos y obligaciones derivados de la Concesion de Uso sin a previa y expresa autorizacion del Gobierno.
Ante una solicitud de cesion, el Gobierno debera expedirse dentro de los treinta 30 dias habiles de farmulada a petlclon, debiendo los cesionarios propuestos cumplir estrictamente con los requisitos establecidos en el articulo 10 del presente Plieqo.

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 28/7/2011 (Anexo)

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

CountryArgentina

Date28/07/2011

Page count89

Edition count3399

First edition14/08/2008

Last issue12/07/2024

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