Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 22/9/2010 (Anexo)

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 3509 - 22/9/2010
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Fondo Nacional Para la Educación Técnico Profesional Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio De Educación
Ley 26.058

N 87

Instituto Nacional de Educación Técnologica
Dentro del plazo de mantenimiento de la oferta se emitirá la orden de compra y su notificación al adjudicatario producirá el perfeccionamiento del contrato Articulo 84 del Decreto Nº 436/2000, siempre que el adjudicatario no la rechace en el plazo del Artículo 85 del Decreto Nº 436/2000.
7.1. NOTIFICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA.
En el plazo de SIETE 7 días de dictado el acto administrativo que resuelva la adjudicación, la Entidad Contratante notificará fehacientemente al adjudicatario de la orden de compra quedando de esa manera perfeccionado el contrato.
7.2. RECHAZO DE LA ORDEN DE COMPRA.
El adjudicatario puede rechazar, mediante comunicación fehaciente, la orden de compra dentro de los TRES 3 días de recibida la misma. En este caso la Entidad podrá adjudicar la contratación al oferente que siga en el orden de mérito y así sucesivamente, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades respectivas.
La Entidad Contratante podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes, conforme el Artículo 61 del Decreto Nº 436/00.
ARTICULO 8 CUMPLIMIENTO DE LA ENTREGA:
El cumplimiento y/o la entrega del suministro se efectuarán libres de todo gasto para la Entidad Contratante, en los lugares establecidos en la Orden de Compra, estando la descarga incluida en el precio. El Proveedor estará obligado a presentar conjuntamente con la entrega del material un Remito por cuadruplicado en el que consten taxativamente: N de Orden de Compra, N de Renglón y descripción de la mercadería, cantidad, fecha de despacho.
Dos copias de dicho Remito le serán reintegradas al Proveedor debidamente firmadas y selladas como constancia de entrega del suministro, en condición "a revisar". El Remito deberá consignar el domicilio legal y social del Proveedor y sus condiciones de inscripción ante la A.F.I.P. Salvo disposición en contrario, la recepción provisional sólo será acordada mediante el correspondiente Informe de Recepción.
El Proveedor no entregará mayor cantidad del suministro objeto de la Orden de Compra que la por ésta autorizada, salvo indicación en contrario por parte de la Entidad Contratante, instrumentada con la correspondiente Revisión de Orden de Compra. En tales casos, el precio definitivo de la Orden de Compra será calculado por unidad de medida, sobre la base de las cantidades realmente entregadas por el Proveedor.
Se rechazará total o parcialmente los materiales, elementos, equipos o servicios provistos que no se ajustaren a las exigencias previstas o que excedieren la cantidad autorizada en la Orden de Compra. En tal caso el Proveedor estará obligado a retirar lo rechazado por su cuenta y cargo, dentro de los 5 días de notificado; caso contrario se podrá efectuar su devolución, corriendo por cuenta del Proveedor los gastos que resultaren de embalaje, transporte y/u otros que las devoluciones ocasionaren, o considerar lo entregado como rezago, sin responsabilidad de su parte, y disponer lo que considerare procedente.

ARTICULO 9 FACTURACIÓN
El 100% de cada entrega correspondiente a la Orden de Compra deberá ser facturado por el Proveedor dentro de las 48 hs. hábiles de efectuada la recepción provisional de los materiales, equipos, elementos, bienes remito/os firmado/os o de la fecha de aprobación del Certificado de Obra provisoria y/o servicio. Asimismo la fecha de presentación de la factura ante la Entidad Contratante no deberá superar las 48 hs. hábiles de la fecha de emisión de la misma.
9.1 Las facturas deberán ser presentadas de lunes a viernes en el Área Administrativa, de la Entidad Contratante. En cada factura constará:
A Número y fecha de la Orden de Compra o contrato a que corresponda;

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 22/9/2010 (Anexo)

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

CountryArgentina

Date22/09/2010

Page count90

Edition count3394

First edition14/08/2008

Last issue04/07/2024

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