Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/7/2010 (Anexo)

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N 3469 - 27-7-2010

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO I - RESOLUCIÓN N 277 /SSPLAN/10 continuación Fedatario. Un escribano de la Dirección General de Escribanía General presenciará el acto y labrará a pedido del presidente todas las actas que sean necesarias.
Custodia de la mesa. Será realizada por personal de la Policía Metropolitana, en número suficiente para asegurar la libertad y regularidad de la emisión del sufragio. El personal policial sólo recibirá órdenes de quien ejerza la presidencia de la mesa.
Apertura del acto. El día señalado para la elección, a la hora diez en punto el presidente declarará abierto el acto electoral y el escribano labrará el acta pertinente.
Una vez abierto el acto los electores se acercarán a la mesa, por orden de llegada, exhibiendo su documento de identidad. El presidente comprobará la identidad del elector y asentará en el padrón su asistencia.
Emisión del voto. Introducido en el cuarto oscuro y cerrada exteriormente la puerta, el elector colocará en el sobre su boleta de sufragio y volverá inmediatamente a la mesa.
El sobre cerrado será depositado por el elector en la urna. Los no videntes serán acompañados por el presidente quien, en presencia del escribano, le indicará los nombres de los postulantes y, a su ruego, testará el nombre de los postulantes que no elige. Las personas que tuvieren imposibilidad concreta para efectuar todos o algunos de los movimientos propios para sufragar, serán acompañados por el presidente de la mesa al cuarto oscuro, donde en presencia del escribano, colaborará con el elector en los pasos necesarios hasta la introducción del voto, en la medida que la discapacidad lo requiera. En todos los casos, el escribano labrará las actas necesarias para dejar constancia de estos sucesos.
Clausura del acto. El acto finalizará a las diecisiete horas, momento en el cual el presidente ordenará se clausure el acceso al comicio, pero continuará recibiendo el voto de los electores presentes que aguardan turno. Concluida la recepción de estos sufragios, tachará del padrón los nombres de los electores que no hayan comparecido y hará constar al pie el número de los sufragantes.
Escrutinio. Acto seguido el presidente del comicio, auxiliado por el suplente, con vigilancia policial en el acceso en caso de ser necesaria, y ante la presencia del escribano y de los postulantes que lo soliciten, hará el escrutinio ajustándose al siguiente procedimiento:
1. Abrirá la urna, de la que extraerá todos los sobres y los contará confrontando su número con el de los sufragantes consignados al pie de la lista electoral.
2. Examinará los sobres, separando los que estén en forma legal y los que correspondan a votos impugnados.
3. Practicadas tales operaciones procederá a la apertura de los sobres.
4. Luego separará los sufragios para su recuento en las siguientes categorías.
I. Votos válidos.
II. Votos nulos.
III. Votos en blanco.
IV. Votos impugnados
N 2

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/7/2010 (Anexo)

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CountryArgentina

Date27/07/2010

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