Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 8/1/2009 (Anexo)

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 3091 - 8/1/2009

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - DECRETO N 1.517/08 continuación
EL G.C.B.A. se compromete a aceptar las políticas, normas y procedimiento que en materia de Control Interno de Tecnologías de Información se encuentren vigentes en ANSES.
DECIMO CUARTA: Las partes acuerdan que, a todos los efectos legales, la información transferida mediante mecanismos de firma electrónica definidos por ANSES, obrante en esta ADMINISTRACION NACIONAL, constituirá la prueba de las operaciones realizadas a través de los procesos informáticos acordados.
DECIMO QUINTA: EL G.C.B.A. se compromete a no repudiar la información brindada, ni a desconocer las firmas electrónicas utilizadas por las personas autorizadas, siempre que las transacciones hayan cumplido con los protocolos que los procesos informáticos acordados determinan.
DECIMO SEXTA: Cada una de las partes será responsable de los daños y perjuicios y de las sanciones administrativas y penales previstas en los artículos 31 y 32 de la Ley Nacional de Protección de Datos Personales Nº 25.326 y de su Decreto Reglamentario Nº 1558/01 que se generen por el repudio injustificado de la información suministrada y/o del desconocimiento de las firmas electrónicas del personal autorizado para realizar las transacciones, siempre que las mismas hayan cumplido con los protocolos que los procesos informáticos acordados determinen o por la transmisión de datos desactualizados, falsos, impertinentes, obsoletos y/o caducos.
DECIMO SEPTIMA: Cada una de las partes podrá rescindir el presente Convenio, previa notificación fehaciente a la otra parte, la que deberá realizarse con treinta 30
días de anticipación. La rescisión no otorgará derecho a favor de ninguna de las partes a formular reclamos o exigir indemnización de ninguna naturaleza.
DECIMO OCTAVA: A todos los efectos legales, las partes se someten a los Tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal, con asiento en la Ciudad de Buenos Aires y constituyen domicilio en los lugares arriba indicados, donde se considerarán válidas todas las notificaciones y emplazamientos judiciales o extrajudiciales que se efectúen donde se considerarán válidas todas las notificaciones que se cursen con motivo de este convenio, a excepción de las notificaciones judiciales dirigidas a "EL G.C.B.A
las que deberán realizarse en la calle Uruguay 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, conforme lo dispuesto por la Ley N
1.218, en concordancia con la Resolución N 77-PG/06.
Se firman en prueba de conformidad dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los días del mes de del año ANEXO I
ESPECIFICACIÓN DE LOS DATOS A INTERCAMBIAR

Información correspondiente a nacimientos, actualización de documentos, fallecimientos y sus eventuales rectificaciones, registrados por el Registro Civil de la Ciudad Autónoma de la Buenos Aires
Datos correspondientes a la matrícula escolar obrantes en los registros del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Información centralizada por ANSES bajo la denominación Historia Laboral.
Destino que se dará a los datos a los que tendrá acceso
N 4

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 8/1/2009 (Anexo)

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

CountryArgentina

Date08/01/2009

Page count373

Edition count3398

First edition14/08/2008

Last issue11/07/2024

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