Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 13/4/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón

Núm. 44.11 de abril de 2020

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA

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AJUNTAMENTS / AYUNTAMIENTOS
01169-2020-U
VILA-REAL
Modificación del Calendario del Contribuyente en relación al impuesto de vehículos de tracción mecánica y la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del Dominio Público Local con entrada de vehículos a través de las aceras y reservas para aparcamiento exclusivo VADOS

CVE: 20200400440087

Determinada en los artículos 10 y 29 de la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de Tributos y Otros ingresos de derecho público locales, la competencia de la Junta de Gobierno Local para la aprobación de las variaciones en los periodos de pago de los tributos de vencimiento periódico e ingreso por recibo vigentes que con carácter general se establecen en dichos artículos;
Visto el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación e informe favorable del Sr Tesorero de 2 de abril de 2020.
Resultando que mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 14 de enero de 2020 se aprobó el calendario del contribuyente para el ejercicio 2020 en el que se fijaba el periodo de cobro en periodo voluntario de pago del Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y del Padrón de Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local con entrada de vehículos a través de las aceras y reservas para aparcamiento exclusivo Vados, del día 23 de marzo al 22 de mayo y fijaba la fecha de cargo por domiciliación de los recibos el día 25 de marzo de 2020.
A la vista del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y dado que su disposición adicional tercera establece la suspensión de términos y plazos a que hace referencia el apartado 1 no será de aplicación a los plazos tributarios, en su modificación realizada por RD 465/2020 de 17 de marzo.
Visto el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, en el cual entre otras, en su artículo 33 toma una serie de medidas tributarias de directa aplicación.
Dada la situación de excepcionalidad creada por la pandemia COVID-19 con el consiguiente problema que ocasiona a todos los contribuyentes de Vila-real que están viendo alterada su situación económica debido al confinamiento decretado por el estado de alarma, el Ayuntamiento ante la gravedad de la situación y como complemento a las medidas aprobadas por el Real Decreto-Ley 8/2020, adopta una serie de medidas respecto a la recaudación de los tributos de cobro periódico por padrón, para modificar el calendario fiscal aprobado mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 14 de enero de 2020 y publicado en el BOP nº 10 de fecha 23 de enero de 2020.
PRIMEROProrrogar el primer período de cobro en voluntaria de pago del Padrón de Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y del Padrón de la Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local con entrada de vehículos a través de las aceras y reservas para aparcamiento exclusivo Vados de forma que se establece desde el día 23 de marzo al día 22 de junio de 2020.
SEGUNDOFijar el cargo en cuenta de las domiciliaciones de los los padrones de Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y del Padrón de Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local con entrada de vehículos a través de las aceras y reservas para aparcamiento exclusivo Vados el dia 3 de mayo de 2020, en lugar del 25 de marzo que estaba previsto.
Medios de pago: dinero de curso legal Lugares de pago: en las oficinas de esta localidad de las entidades colaboradoras que figuran en el documento de pago Bankia, BBVA, Caja Rural de Vila-real, La Caixa y Banco de Sabadell durante los días hábiles de los respectivos períodos de cobro y horarios de atención al público.
Transcurridos los períodos de pago relacionados en el apartado a, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y producirán el recargo de apremio, intereses de demora, y en su caso, los costes que se produzcan.

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Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 13/4/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Castellón

CountrySpain

Date13/04/2020

Page count8

Edition count4559

First edition20/01/2011

Last issue11/07/2024

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