Boletín Oficial de Canarias del 29/6/2022

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Source: Boletín Oficial de Canarias

Boletín Oficial de Canarias núm. 128

24008

Miércoles 29 de junio de 2022

Importante novedad, bajo determinadas condiciones, es la reducción en un 100 por cien del porcentaje de ingreso a cuenta correspondiente al segundo y tercer trimestre del año 2022, cuando se haya suspendido la actividad económica por daños, consecuencia de la erupción volcánica, en los elementos materiales afectos al desarrollo de actividades acogidas al régimen simplificado, y exista la intención de reanudar, en un plazo concreto la actividad suspendida. Esta reducción excepcional se limita a actividades desarrollada en los municipios de Los Llanos de Aridane, El Paso o Tazacorte.
Con independencia de estas medidas restringidas a la isla de La Palma, la presente Orden contempla dos medidas de naturaleza también tributaria.
Por una parte, la disposición adicional única de la Orden de 5de mayo de 2020, de modificación de la Orden de 20de marzo de 2020, por la que se disponen y aclaran los plazos en el ámbito tributario por la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, para ampliar el plazo de pago de deudas tributarias derivadas de importaciones de bienes en la modalidad de pago diferido, autorizó a las tiendas libres de impuestos a efectuar ventas por comercio electrónico bajo determinadas condiciones, mientras durase la suspensión de apertura de los locales y establecimientos minoristas prevista en el artículo 10.1 del Real Decreto 463/2020, de 14de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Esta autorización se ha prorrogado en varias ocasiones, la última hasta el día 31 de julio de 2022 por el artículo único de la Orden de 28de diciembre de 2021, por la que se amplía el plazo de autorización a las tiendas libres de impuestos para efectuar ventas por comercio electrónico. Se hace preciso una nueva prórroga de la autorización hasta el día 31de diciembre de 2022, en coherencia con la autorización de prórroga efectuada por la Administración tributaria estatal.
La otra medida tributaria es la derogación expresa, por razones de seguridad jurídica y con objeto para facilitar y agilizar la operatividad del tráfico interno de mercancías, de la Orden de 25de octubre de 1995, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el tráfico interinsular de mercancías.
Cabe señalar que en esta Orden se da cumplimiento a los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129de la Ley 39/2015, de 1de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este sentido, la norma es respetuosa con los principios de necesidad, eficacia y proporcionalidad en tanto que con ella se consiguen los fines perseguidos, cuales son básicamente el facilitar a los obligados tributarios el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y ofrecer un margen de liquidez a estos, sin que, en ningún caso, se trate de una norma restrictiva de derechos.
Asimismo, la iniciativa es coherente con el resto del ordenamiento jurídico tanto nacional como de la Unión Europea; sus objetivos se encuentran claramente definidos y no impone nuevas cargas administrativas, cumpliendo así los principios de seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
En virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 8.2.c del Reglamento Orgánico de la Consejería de Hacienda, aprobado por el Decreto 86/2016, de 11de julio, en relación con el artículo 32.c de la Ley 1/1983, de 14de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,
https sede.gobiernodecanarias.org/boc
boc-a-2022-128-2150

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Boletín Oficial de Canarias del 29/6/2022

TitleBoletín Oficial de Canarias

CountrySpain

Date29/06/2022

Page count318

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First edition02/01/2012

Last issue01/08/2024

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