Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 26/08/2022

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

628.-

La Excma. Sra. Consejera de Hacienda, Economía y Función Pública en virtud de la delegación conferida por el Presidente de la Ciudad, al amparo del artículo 14.2 del Estatuto de Autonomía por Decreto de fecha de la Presidencia de la Ciudad de Ceuta, de 2 de marzo de 2020 Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta extraordinario 19, de 3 de marzo de 2020 y el Decreto de la Presidencia de la Ciudad de 8 de octubre de 2020 por el que se modifica la organización funcional de la Ciudad Autónoma de Ceuta publicado en BOCCE 6.034 de 12 de octubre de 2020 y conforme a lo dispuesto en los artículos 21 de la Ley 7/1985 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/1986, ha resuelto dictar con esta fecha la siguiente:
RESOLUCIÓN
Mediante Resolución de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de 10
de septiembre de 2015, se estableció el marco regulador para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas relativas a la mejora de la competitividad entre las pymes, en régimen de concurrencia competitiva, para incentivar el empleo, a tendiendo a los objetivos generales y específicos de la Prioridad de Inversión 3.4 del Programa Operativo FEDER. Ayudas a la inversión inicial, de conformidad con lo establecido en el marco del Programa Operativo FEDER para Ceuta 2014-2020, publicada en el BOCCE 5.504 de 15 de septiembre.
El Programa Operativo de Desarrollo Regional, FEDER, para Ceuta periodo 2014-2020 fue aprobado por la Comisión Europea el día 22 de julio de 2015, así como los criterios de selección de operaciones aprobados por el Comité de Seguimiento, y se encuentra publicado en el BOCCE extraordinario nº 32 de 21 de octubre de 2016.
La Ciudad Autónoma de Ceuta, en el ejercicio de sus competencias, a través de la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública, pretende potenciar el empleo como pieza clave para el desarrollo económico y social de Ceuta, fundamentalmente sobre los colectivos más desfavorecidos, mediante la concesión de subvenciones y ayudas públicas.
La Ciudad, a través del asesoramiento del órgano especializado de la citada Consejería, PROCESA Sociedad de Desarrollo de Ceuta, SA, pretende continuar con la eficaz administración en la concesión de subvenciones y ayudas públicas a través de los Fondos Estructurales, estableciendo las medidas tendentes a favorecer la transparencia de la gestión de los expedientes administrativos y al tiempo que se potencia la homogeneización de los recursos empleados para tal fin, por ello, se hace necesario acometer determinadas modificaciones en las bases reguladoras de aplicación, al objeto de mejorar y clarificar conceptos y adaptar las mismas a la Ley de procedimiento administrativo, de conformidad con lo establecido en la Legislación Estatal y Comunitaria de aplicación al efecto.
Las Bases de Ejecución de los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Ceuta para 2022, aprobados mediante Acuerdo Plenario de la Asamblea de Ceuta, establecen, que el órgano especializado de la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública, es PROCESA, que será la encargada de la gestión económica de los mencionados Programas Operativos financiados con Fondos Europeos.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO: El artículo 9 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, dispone que con carácter previo al otorgamiento de subvenciones, deberán ser aprobadas las bases reguladoras para la concesión de las mismas.
SEGUNDO: El artículo 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas, en el que expresamente dispone que está ley es de aplicación al sector público institucional, integrado entre otros, por las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas, que quedarán sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se refieran a las mismas, y en todo caso, cuando ejerzan potestades administrativas.
HE RESUELTO:
PRIMERO: Aprobar las Bases Reguladoras Específicas para las ayudas públicas relativas a la mejora de la competitividad entre las pymes, en régimen de concurrencia competitiva, para incentivar el empleo, a tendiendo a los objetivos generales y específicos de la Prioridad de Inversión 3.4 del Programa Operativo FEDER. Ayudas a la inversión inicial, de conformidad con lo establecido en el marco del Programa Operativo FEDER para Ceuta 2014-2020, publicada en el BOCCE 5.504 de 15 de septiembre.
SEGUNDO: Dar publicidad en legal forma mediante la publicación íntegra del texto de las Bases Reguladoras Específicas en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, al objeto de facilitar su conocimiento y dotar de mayor eficacia y transparencia la gestión de las mismas. Se adjunta el texto íntegro en documento anexo a la presente resolución.
TERCERO: La presente disposición entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de potestativo de reposición, en el plazo de un mes, de conformidad el artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo previsto en la Ley de 29/1998 de 13
de julio,
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

1.803

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 26/08/2022

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date26/08/2022

Page count13

Edition count6178

First edition19/11/1926

Last issue05/07/2024

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