Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 19/08/2022

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

La doctrina sentada por la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 19 de abril de 2007, que interpreta el requisito de control análogo, pone de manifiesto que:
el hecho de que el poder adjudicador, posea, por sí solo o junto con otros poderes públicos, la totalidad del capital de una sociedad adjudicataria tiende a indicar, en principio, que este poder adjudicador ejerce sobre dicha sociedad un control análogo al que ejerce sobre sus propios servicios.
En la actualidad la Sociedad Municipal AMGEVICESA realiza la totalidad de sus actividades por encargo de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
Los estatutos de la mercantil AMGEVICESA, recogen expresamente en su art. 2, su condición de medio propio personificado de la Ciudad Autónoma de Ceuta, indicando que los órganos de dicha Administración pueden conferirle encargos en el ámbito de su objeto social.
Por tanto, y a tenor de lo expuesto, es claro en un plano formal, que AMGEVICESA, tiene la consideración de medio propio personificado y de servicio técnico para la Ciudad Autónoma de Ceuta.
Tercero.- El artículo 2º, apartado n, de los Estatutos de la sociedad municipal AMGEVICESA establece que serán funciones propias del objeto social de la mercantil, entre otras:
Labores de guardería de los edificios públicos que le fueran encomendados por la Ciudad Autónoma de Ceuta.
Por tanto, la ejecución de las labores de servicio de vigilancia y control de accesos en diferentes edificios e instalaciones públicas, se encuentra dentro de las funciones que constituyen el objeto social de la mercantil AMGEVICESA.
Cuarto.- De conformidad con lo establecido en el artículo 21.1 apartado 24 del Estatuto Autonomía de Ceuta, la Ciudad Autónoma ostenta competencias en lo referido a la vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones.
Quinto.- El artículo 14.2 del Estatuto de Autonomía otorga a la Presidencia de la Ciudad Autónoma de Ceuta la facultad de nombrar y separar a los Consejeros, pudiendo delegar temporalmente funciones ejecutivas propias en alguno de los miembros del Consejo de Gobierno. Conforme a lo establecido en el apartado primero del Decreto de Presidencia de 08/10/2.020, por el que se modifica la organización funcional de la Ciudad Autónoma de Ceuta B.O.C.CE nº 6.034 de 13/10/2.20, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Turismo ostenta competencias en "Registro general de la Ciudad Autónoma de Ceuta". Asimismo, el apartado cuarto del referido Decreto, determina que las competencias descritas en el apartado primero incluyen la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en las materias y servicios propios de las mismas; incluyendo la facultad de autorizar y disponer gastos así como reconocer obligaciones, de acuerdo con lo dispuesto en las Bases de Ejecución del Presupuesto. Por último, consta Decreto de Presidencia de 12 de febrero de 2.021, por el que se dispone el nombramiento del titular de la citada Consejería. En el uso de las facultades conferidas, esta Consejería HA RESUELTO:
PRIMERO. -Aprobar el encargo a medio propio consistente en la ejecución del Servicio de guarderías y control de accesos en diferentes edificios e instalaciones públicas a la sociedad municipal Aparcamientos Municipales y Gestión Vial de Ceuta, Sociedad Anónima Unipersonal AMGEVICESA, con CIF A51007557, para la ejecución de las citadas actuaciones, cuyas características son las siguientes:
1º.-Objeto del encargo. Se solicita un servicio por parte de Auxiliares de Servicios/Control y Asistentes de Custodia de AMGEVICESA en la oficina del Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta ubicada en el la barriada de Príncipe Felipe en horario de atención al público de 9.00 h a 14.00 h.
La prestación del servicio se realizará de forma ininterrumpida durante todo el año, en los horarios que se indican anteriormente, pudiéndose reducir o ampliarse el periodo de prestación del servicio cuando así se comunique por parte de la Consejería que lo encarga.
2º.-Financiación. - AMGEVICESA, es financiada por la Ciudad Autónoma de Ceuta, por lo que los gastos de ejecución del encargo a medio propio, se entenderá comprendido en el Estado de Gastos e Ingresos de la Sociedad cuya previsión de este servicio se incluirán en los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Ceuta. En el caso de que sea necesaria la contratación de servicios externos, no se requerirá financiación adicional mientras los gastos derivados de los mismos puedan atenderse con los comprendidos en dicha previsión. En el supuesto de que la contratación de servicios externos excediera la previsión anual de la sociedad, o de que el encargo a medio propio incluyera servicios no incluidos en la misma, serán necesarias las modificaciones o transferencias presupuestarias que garanticen el equilibrio entre los ingresos y gastos que AMGEVICESA
asuma como consecuencia de la ejecución del encargo a medio propio.
SEGUNDO.- Este encargo no supone cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos del hecho.
TERCERO. Se comunica a AMGEVICESA la presente resolución para su conocimiento y efectos oportunos, teniendo la comunicación el carácter de orden de ejecución del presente encargo.
CUARTO. -Cumpliméntese lo previsto en la Resolución de 10 de diciembre de 2013, de la presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 28 de noviembre de 2013, sobre la instrucción general relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y las relaciones de contratos, convenios y encomiendas de gestión celebrados por las entidades del Sector Público Estatal y Autonómico B.O.E. n.º 301 de 17/12/2013.Así mismo, comuníquese al Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
QUINTO.- Publicar la resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta y en el Portal de Transparencia de la Ciudad Autónoma de Ceuta, a los efectos previstos en la Ley 19/2013, artículo 8.1.b.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 19/08/2022

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date19/08/2022

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Edition count6178

First edition19/11/1926

Last issue05/07/2024

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