Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 12/08/2022

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

personificado de la Ciudad Autónoma de Ceuta, indicando que los órganos de dicha Administración pueden conferirle encargos en el ámbito de su objeto social.
Por tanto, y a tenor de lo expuesto, es claro en un plano formal, que AMGEVICESA, tiene la consideración de medio propio personificado y de servicio técnico para la Ciudad Autónoma de Ceuta. TERCERO. -El artículo 2º, apartado n, de los Estatutos de la sociedad municipal AMGEVICESA establece que serán funciones propias del objeto social de la mercantil, entre otras:
Labores de guardería de los edificios públicos que le fueran encomendados por la Ciudad Autónoma de Ceuta.
Por tanto, la ejecución de las labores de servicio de vigilancia y control de accesos en diferentes edificios e instalaciones públicas, se encuentra dentro de las funciones que constituyen el objeto social de la mercantil AMGEVICESA.
PRIMERA. -Se aprueba el encargo a medio propio consistente en la ejecución del Servicio de guarderías y control de accesos en diferentes edificios e instalaciones públicas a la sociedad municipal Aparcamientos Municipales y Gestión Vial de Ceuta, Sociedad Anónima Unipersonal AMGEVICESA, con CIF A51007557, para la ejecución de las citadas actuaciones, cuyas características son las siguientes: Objeto del encargo. - Se solicita la prestación de un servicio por parte de Auxiliares de Servicios/
Control y Asistentes de Custodia de AMGEVICESA en los siguientes horarios e instalaciones de la Ciudad Autónoma de Ceuta:
1 2 3 4 5 6 7 8 Antiguo Hospital Militar, 10 Auxiliares de Servicio/Control, 24 horas durante toda la semana. Depósito Municipal de Vehículos de Benzú, 5 Asistentes de Custodia, 24 horas durante toda la semana. Parque de Mascotas sito en el Parque Urbano Juan Carlos I, 4 Auxiliares de Servicio/Control, de lunes a domingo de 08,00 hasta las 23,00 horas. Parque de San Amaro, 10 Auxiliares de Servicio/Control, 24 horas durante toda la semana. Conjunto Monumental de las Murallas Reales, 10 Auxiliares de Servicio/Control, 24 horas durante toda la semana. Zona de Regulación de Vehículos con destino a Marruecos de Loma Colmenar, 40 Auxiliares de Servicio/Control, 24 horas durante toda la semana. Custodia de Módulos de las playas, 14 Auxiliares de Servicio/Control, de lunes a domingo durante la temporada de verano en horario nocturno. Servicios de playas, 24 Auxiliares de Servicio/Control, de lunes a domingo durante la temporada de verano en horario de mañana y tarde.
La prestación del servicio se realizará de forma ininterrumpida durante todo el año, en los horarios que se indican anteriormente, pudiéndose reducir o ampliarse el periodo de prestación del servicio cuando así se comunique por parte de la Consejería encomendante.
SEGUNDA. -Financiación.
- AMGEVICESA, es financiada por la Ciudad Autónoma de Ceuta, por lo que los gastos de ejecución del encargo a medio propio, se entenderá comprendido en el Estado de Gastos e Ingresos de la Sociedad cuya previsión de este servicio se incluirán en los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Ceuta. En el caso de que sea necesaria la contratación de servicios externos, no se requerirá financiación adicional mientras los gastos derivados de los mismos puedan atenderse con los comprendidos en dicha previsión. En el supuesto de que la contratación de servicios externos excediera la previsión anual de la sociedad, o de que el encargo a medio propio incluyera servicios no incluidos en la misma, serán necesarias las modificaciones o transferencias presupuestarias que garanticen el equilibrio entre los ingresos y gastos que AMGEVICESA asuma como consecuencia de la ejecución del encargo a medio propio.
TERCERA. -Este encargo no supone cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos del hecho.
CUARTA. Se comunica a AMGEVICESA la presente resolución para su conocimiento y efectos oportunos, teniendo la comunicación el carácter de orden de ejecución del presente encargo.
QUINTA. -Cumpliméntese lo previsto en la Resolución de 10 de diciembre de 2013, de la presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 28 de noviembre de 2013, sobre la instrucción general relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y las relaciones de contratos, convenios y encomiendas de gestión celebrados por las entidades del Sector Público Estatal y Autonómico B.O.E. n.º 301 de 17/12/2013.
SEXTA. -Se comunica que contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, o interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ceuta en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, todo ello sin perjuicio de que pueda interponer, en su caso, cualquier otro que estime procedente.
SÉPTIMA. -Publíquese, la presente resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta y en la página web de la Ciudad, a los efectos previstos en la Ley 19/2013, artículo 8.1.b.
Firmado digitalmente en Ceuta, en la fecha indicada.
YAMAL DRIS MOJTAR
CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE
Y SERVICIOS URBANOS
FECHA 08/08/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

1.761

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 12/08/2022

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date12/08/2022

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Edition count6181

First edition19/11/1926

Last issue16/07/2024

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