Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 12/02/2021

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

90.-

DECRETO de la Consejera de Hacienda, Economía y Función Pública, por el que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a Proyectos de Desarrollo e Innovación empresarial, mediante el impulso a las start ups que formen parte del ecosistema del Angulo de Ceuta Proyecto Ceuta Open Future.
RESOLUCIÓN
Mediante la presente Resolución, se establece el marco regulador del concurso, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de ayudas y subvenciones públicas a Proyectos de Desarrollo e Innovación empresarial, mediante el impulso a las start ups que formen parte del ecosistema del Angulo de Ceuta Proyecto Ceuta Open Future, facilitándoles la realización de gastos e inversiones necesarias para la puesta en marcha de su proyecto emprendedor, en el marco del Programa Operativo FEDER para Ceuta 20142020 Eje Prioritario 3 Mejorar la competitividad de las pymes, Prioridad de Inversión 3c Apoyo a la creación y ampliación de capacidades avanzadas para el desarrollo de productos y de servicios, Objetivo Específico 3.3.1., gestionado a través de PROCESA SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA S.A. en virtud de encargo realizado mediante acuerdo del Pleno de la Asamblea de Ceuta de 29 de diciembre de 2016, por el que se aprueba el Presupuesto General de la Ciudad Autónoma de Ceuta para 2017 y sus Bases de Ejecución, publicado en el BOCCE de nº 42 de 30 de diciembre de 2016.
El Programa Operativo FEDER para Ceuta 2014-2020 fue aprobado por la Comisión Europea el día 22 de julio de 2015. Los criterios de selección de operaciones fueron aprobados en Comité de Seguimiento celebrado el 15 de octubre de 2015.
La designación de PROCESA como Organismo Intermedio se realizó el 22 de diciembre de 2016, contando con el informe favorable de la Autoridad de Gestión de fecha 21 de diciembre de 2016.
Considerando lo dispuesto en el Reglamento CE 1303/2013, del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, y al Fondo de Cohesión, además de lo previsto en el Reglamento CE 1299/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo al apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional al objetivo de cooperación territorial europea, y el Reglamento CE 1301/2013, en el marco de su función, el FEDER está destinado a contribuir a la corrección de los principales desequilibrios regionales dentro de la Comunidad.
Considerando lo dispuesto en el Reglamento 651/2014 de la comisión de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado de funcionamiento de la Unión Europea Reglamento General de Excepción por Categorías.
Estas ayudas están acogidas al régimen de mínimis, establecido en el Reglamento EU nº 1407/2013, de la Comisión de 18
de diciembre de 2013; en virtud del cual la ayuda total de mínimis, concedida a una única empresa determinada no podrá ser superior a 200.000 euros, durante cualquier período de tres ejercicios fiscales. Este límite se aplicará independientemente de la forma de la ayuda de mínimis o del objetivo perseguido e indistintamente de si la ayuda concedida por el Estado miembro está financiada total o parcialmente mediante recursos de origen comunitario. Antes de la concesión de la ayuda la empresa deberá aportar una declaración escrita, sobre cualquier ayuda recibida durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso.
El citado Reglamento se aplicará a las ayudas concedidas mediante estas bases reguladoras, y no serán acumulables con ninguna otra ayuda correspondiente a los mismos gastos subvencionables, si dicha acumulación da lugar a una intensidad de la ayuda superior a la establecida para cada caso en el Reglamento 651/2014.
Las Bases de Ejecución de los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Ceuta para 2021, aprobados mediante Acuerdo Plenario de la Asamblea de Ceuta de fecha 30 de diciembre de 2020 y publicado en el BOCCE extraordinario Nº 108 de 30 de diciembre de 2018, establecen que PROCESA, como órgano especializado de la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública, será la encargada de gestionar los Programas Operativos financiados con Fondos Europeos.
Con base en los antecedentes y fundamentos jurídicos expuestos en el informe jurídico que forma parte del expediente administrativo, y en uso de las atribuciones que me confieren los citados Decretos de la Presidencia de la Ciudad de Ceuta, de 2 de marzo de 2020, HE RESUELTO:
Primero. Aprobar bases reguladoras para la concesión de ayudas a Proyectos de Desarrollo e Innovación empresarial, mediante el impulso a las start ups que formen parte del ecosistema del Angulo de Ceuta Proyecto Ceuta Open Future.
Segundo. Encargar a PROCESA Sociedad de Desarrollo de Ceuta S.A. la tramitación del procedimiento de dicho régimen de ayudas, con sometimiento a la vigente normativa de subvenciones.
Tercero. Ordenar su publicación en el BOCCE, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, y en las páginas web de la Ciudad y de PROCESA.
Contra el presente DECRETO podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Sin perjuicio de lo anterior, cabrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Ceuta, de conformidad con lo previsto en la Ley de 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de la presente notificación, o cualquier otro que se estime oportuno en derecho.
Firmado digitalmente en Ceuta, en la fecha indicada.
KISSY CHANDIRAMANI RAMESH
CONSEJERA DE HACIENDA, ECONOMÍAY FUNCIÓN PÚBLICA
FECHA 04/02/2021

MARÍA DOLORES PASTILLA GÓMEZ
SECRETARIA GENERAL
FECHA 05/02/2021

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

323

About this edition

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 12/02/2021

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date12/02/2021

Page count62

Edition count6181

First edition19/11/1926

Last issue16/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Febrero 2021>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28