Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 20/05/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

cesación de pagos art. 117 LCQ Fdo. Dra. LAURA PATRICIA ENGLER ANDRÉ Secretario.SINDICO:
Cdora. DI CARLO VANINA GISELADOMICILIO: 25 de Mayo 1229, piso 10, of. 3 Ciudad MendozaDOMICILIO ELECTRÓNICO: vanina.dicarlo@gmail.comHORARIO DE ATENCION: Lunes, Martes y Miércoles de 16:00 a 20:00 horas.
C.A.D. N: 26652 Importe: $ 13950
15-16-17-20-21/05/2024 5 Pub.
CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en autos N 9.987 caratulados: "PENA VERONICA MARCELA P/ QUIEBRA VOLUNTARIA", el día 22 de abril de 2024, se ha declarado la quiebra a VERONICA MARCELA PENA, con D.N.I. N 29.011.977.
Síndico designado en autos, Contador HUGO ALEJANDRO ZEBALLOS, con domicilio legal físico y domicilio de atención en LAS HERAS 530, San Martin, Mendoza, días y horarios de atención martes y jueves de 10:00 hs. a 12:00 hs. en el domicilio indicado precedentemente. Teléfono celular 2634590364.
Emplazar a los acreedores para que presenten al Sr. Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta el día VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICUATRO. Se deja expresamente aclarado que tal presentación deberá hacerse a Sindicatura vía correo electrónico estudiozeballos@yahoo.com.ar, debiendo ajuntar al pedido, toda la documentación escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes deberán instrumentar las medidas necesarias a fin de abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32
de la LCQ, a través de transferencia electrónica, previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los acreedores que deberán conservar en sobre cerrado toda la documentación que haga a su derecho, a fin de ser presentada, en la medida que las circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr.
Síndico, previo a la presentación del informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la resolución prevista en el art. 36 de la LCQ. Póngase en conocimiento de los insinuantes que las observaciones previstas en el art. 34 de la LCQ deben realizarse también vía correo electrónico previo acuerdo con Sindicatura a fin de consultar los legajos respectivos. Fijar el día TREINTA DE AGOSTO DE
DOS MIL VEINTICUATRO hasta el cual el Sr. Síndico deberá presentar los informes individuales y el día CATORCE DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO para la presentación del informe general.
Ordenar al fallido y a terceros que hagan entrega al Sr. Síndico de los bienes de aquel. Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ley.
C.A.D. N: 26647 Importe: $ 9900
14-15-16-17-20/05/2024 5 Pub.
SECRETARIA
DEL
PRIMER
JUZGADO
DE
PROCESOS
CONCURSALES
PRIMERA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, hace saber a posibles interesados y acreedores que a fojas 603/610 y fs. 644 de autos Nº 13-07484037-4 caratulados: ROSALES VERGELIN WALTER JESUS P/ QUIEBRA
DEUDOR se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 10 de abril de 2024. AUTOS
Y VISTOS.. CONSIDERANDO.. RESUELVO: 1 Declarar la quiebra de WALTER JESÚS ROSALES
VERGELIN, DNI 29.746.005, CUIL 20-29746005-7 con domicilio en Bandera de los Andes 6381, Dpto. 9, Villa Nueva, Guaymallén, Mendoza, la que tramitará conforme a las reglas para las pequeñas quiebras arts. 288 y 289 LCQ 5º Intimar al fallido y a los terceros que posean bienes y documentación de aquél para la entrega a la sindicatura dentro de los dos días de la última publicación edictal. 6º Intimar al fallido a poner sus bienes a disposición del juzgado en forma apta para que los funcionarios puedan tomar inmediata y segura posesión de los mismos, debiendo entregar al síndico los libros de comercio y documentación contable dentro de las 24 hs., si correspondiere. 7º Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces en caso de hacerse Mendoza, 09 de Mayo de 2024 a Fijar el día VEINTINUEVE DE JULIO DE 2024 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el sindico vía correo electrónico art. 200 Ley 24522; b pudiendo, el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación hasta el DOCE DE AGOSTO
DE 2024 formular las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 Ley 24522 art. 200 6 árrafo Ley 24522. Intimase a sindicatura a presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, las impugnaciones recibidas para ser
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 20 de Mayo de 2024
Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Subsecretaria Legal y Técnica

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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 20/05/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

CountryArgentina

Date20/05/2024

Page count90

Edition count1863

First edition20/01/2017

Last issue08/08/2024

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