Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 07/03/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

DERIVADOS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO, notifica al Sr. CORIA RANULFO CESAR, DNI N
22.309.787, demandado de ignorado domicilio la resolución dictada por esta Cámara, que en su parte pertinente dice: SENTENCIA: Mendoza, 22 de Diciembre de 2023, Y VISTOS RESUELVE: I. Rechazar el recurso de apelación de SMG Compañía Argentina de Seguros S.A y admitir parcialmente el recurso de apelación de la actora en contra de la sentencia dictada con fecha 18 de noviembre de 2022, en consecuencia, modificarla parcialmente, la cual queda redactada del siguiente modo: 1. Hacer lugar parcialmente a la demanda instaurada por MARCIA LORENA CORREA RAMÍREZ en contra de CÉSAR
CORIA RANULFO, MARIA FERNANDA CORTÉS y de las citadas en garantía SMG COMPAÑÍA
ARGENTINA DE SEGUROS S.A. y ORBIS COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A., y en consecuencia condenar a estos en forma concurrente, a las aseguradoras en la medida de los respectivos contratos de seguro, a abonarle PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS
MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE $1.286.837 dentro del plazo de DIEZ DÍAS de quedar firme y consentida la presente; con más los intereses detallados más arriba. 2. Rechazar parcialmente la demanda instaurada por MARCIA LORENA CORREA RAMÍREZ en contra de CÉSAR CORIA RANULFO
y MARIA FERNANDA CORTÉS, por el rubro tratamiento terapéutico, por la suma de PESOS CINCO MIL
$ 5.000. 3. Rechazar la demanda interpuesta por MARCIA LORENA CORREA RAMÍREZ en contra de ADRIÁN MARCELO PÁEZ GARÍN, por la suma de PESOS UN MILLÓN CUARENTA MIL SETECIENTOS
TREINTA Y SEIS $ 1.040.736. 4. Condenar a los demandados vencidos, a las aseguradoras SMG
COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. y ORBIS COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. en la medida de los respectivos contratos de seguro, al pago de los costos y costas correspondientes a la condena dispuesta en el dispositivo 1; y a la accionante vencida, por el rechazo parcial de la demanda dispuesta en el resolutivo 2 e imponer las costas por el rechazo parcial del resolutivo 3 en el orden causado. El pago de los costos se deberá acreditar acompañando al expediente las respectivas boletas emitidas por el Colegio de Abogados, Caja Forense y A.T.M. 5. Regular los honorarios de las profesionales intervinientes, determinados a la fecha de la presente resolución, con más el IVA en caso de acreditación de la condición fiscal respectiva, por lo que progresa la acción; al Dr. DIEGO JUAN WENGORRA, matrícula 4684, en la suma de $ 102947; a la Dra. MÓNICA ALEJANDRA FARINA, matrícula 4905, en la suma de $ 68588; a la Dra. MARIA LOURDES GARRO matrícula 7188 en la suma de $ 137305; al Dr. JUAN RAMÓN CAMPALANS, matrícula 4088, en la suma de $ 36031; a la Dra.
CECILIA SABADIAS matrícula 9435, en la suma de $ 106.807; Dr. EZEQUIEL IBAÑEZ, Matrícula N
4088, en la suma de $ 29.597; y a la Dra. MARÍA DEL PILAR VARAS, Matrícula N 4651, en la suma de $ 23.935; sin perjuicio de los adelantos que hubieran percibido, los que deberán ser oportunamente descontados, y de los complementarios que pudieran corresponder. 6. Regular los honorarios de las profesionales intervinientes, determinados a la fecha de la presente resolución, con más el IVA en caso de acreditación de la condición fiscal respectiva, por el rechazo parcial de la acción dispuesto en el resolutivo 2; al Dr. DIEGO JUAN WENGORRA, matrícula 4684, en la suma de $ 280; a la Dra. MÓNICA
ALEJANDRA FARINA, matrícula 4905, en la suma de $ 187; a la Dra. MARIA LOURDES GARRO
matrícula 7188 en la suma de $ 373; al Dr. JUAN RAMÓN CAMPALANS, matrícula 4088, en la suma de $
200; a la Dra. CECILIA SABADIAS matrícula 9435, en la suma de $ 600; al Dr. EZEQUIEL IBAÑEZ, Matrícula N 4088, en la suma de $ 167; y a la Dra. MARÍA DEL PILAR VARAS, Matrícula N 4651, en la suma de $ 133; sin perjuicio de los adelantos que hubieran percibido, los que deberán ser oportunamente descontados, y de los complementarios que pudieran corresponder. 7. Regular los honorarios de las profesionales intervinientes, determinados a la fecha de la presente resolución, con más el IVA en caso de acreditación de la condición fiscal respectiva, por el rechazo parcial de la acción dispuesto en el resolutivo 3; al Dr. DIEGO JUAN WENGORRA, matrícula 4684, en la suma de $ 58.281; a la Dra.
MÓNICA ALEJANDRA FARINA, matrícula 4905, en la suma de $ 38.854; a la Dra. MARIA LOURDES
GARRO matrícula 7188 en la suma de $ 77.708; al Dr. JUAN RAMÓN CAMPALANS, matrícula 4088, en la suma de $ 41629; y a la Dra. CECILIA SABADIAS matrícula 9435, en la suma de $ 124.888; sin perjuicio de los adelantos que hubieran percibido, los que deberán ser oportunamente descontados, y de los complementarios que pudieran corresponder. 8. Regular los honorarios de los peritos intervinientes determinados a la fecha de la presente resolución, con más el IVA en caso de acreditación de la condición fiscal respectiva. Por lo que progresa la demanda: Perita psicóloga, Lic. ANA CARINA
AGUILAR, Matrícula profesional 1393; Perito Médico, Dr. LEANDRO LUCIO SGARIONI, Matricula N
8577; y perito mecánico, Ingeniero JOSE HECTOR TERK, Matricula N 4379, en la suma de $ 28.405 a
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Jueves 7 de Marzo de 2024
Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Subsecretaria Legal y Técnica

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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 07/03/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

CountryArgentina

Date07/03/2024

Page count121

Edition count1853

First edition20/01/2017

Last issue24/07/2024

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