Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 07/02/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Que, por su parte, el artículo 26 VII M. Seguridad de la Ley Impositiva del presente año punto IV-7, determina que: Fíjese el monto de la unidad fija U.F. para la determinación de las multas de tránsito de acuerdo a lo establecido en el Artículo 85 de la Ley de Tránsito Nº 9024 en la suma de pesos 30..
Que de acuerdo a ello y considerando que se trata de la primera infracción a la normativa en cuestión, corresponde aplicar una sanción de multa a la firma "VEZZINI SERGIO LEANDRO", CUIT 20-33576733-1
de Pesos Quince Mil con 00/100 $ 15.000,00, por la infracción analizada y verificada.
Que la aplicación de la sanción de multa debe tener una finalidad coactiva, disuasiva y convincente, a fin de que el infractor desista y enmiende su conducta de vulneración de los derechos de los consumidores.
POR ELLO, LA DIRECTORA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
RESUELVE
ARTICULO 1º - IMPONER a la firma "VEZZINI SERGIO LEANDRO", CUIT 20-33576733-1, con nombre de fantasía ANASTASIO, y domicilio en calle Rondeau Nº 84 L-28, Guaymallén 5519, Mendoza, la sanción de MULTA consistente en el pago de PESOS QUINCE MIL con 00/100 $ 15.000,00, de conformidad con lo prescripto en el artículo 8º de la Ley Nº 8.750, por la violación de los artículos 1 y 2
del mismo cuerpo legal.
ARTICULO 2º - INTIMAR por la presente al pago de la multa, correspondiendo abonarla en la Cuenta Ley N 8750, correspondiente a la Cuenta Nº 1121010000, Código Resumido 1078, Código Tax 495-078 en el plazo de QUINCE 15 DÍAS. Asimismo, se informa que el boleto de pago debe generarse de manera online por vía web de la Administración Tributaria Mendoza ATM
www.mendoza.gov.ar/consumidores/pago-de-una-multa-procedimientodigital-2/, pudiendo abonarse en Banco de la Nación Argentina / Banco Supervielle / Bolsa de Comercio.
ARTICULO 3º - IMPONER a la firma "VEZZINI SERGIO LEANDRO", CUIT 20-33576733-1, con nombre de fantasía ANASTASIO, y domicilio en calle Rondeau Nº 84 L-28, Guaymallén 5519, Mendoza, la sanción de MULTA consistente en el pago de DIEZ MIL CON 00/100 $ 10.000,00, de conformidad con lo prescripto en el artículo 57 inc. b de la Ley 5547, por la violación a los artículos 2º y 3º de la Resolución Nº 226/2020 de la D.D.C.
ARTICULO 4º - INTIMAR por la presente al pago de la multa, correspondiendo abonarla en la Cuenta Correspondiente a Cuenta Ley Nº 5.547- COD. TAX 017-925, en el plazo de QUINCE 15 DÍAS.
Asimismo, se informa que el boleto de pago debe generarse de manera online por vía web de la Administración Tributaria Mendoza ATM - www.mendoza.gov.ar/consumidores/pago-de-una-multaprocedimientodigital-2/, pudiendo abonarse en Banco de la Nación Argentina / Banco Supervielle / Bolsa de Comercio.
ARTICULO 5º - ACREDITAR el pago de las multas, con la presentación correspondiente ante esta Dirección de Defensa del Consumidor, a través del correo electrónico resolucionesddc@mendoza.gov.ar.
ARTICULO 6º - PUBLICAR la presente en el Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza, y a costa del infractor, la resolución condenatoria o una síntesis de los hechos que la originaron, el tipo de infracción cometida y la sanción aplicada, en un diario de gran circulación de la Provincia de Mendoza y en un diario de alcance Nacional artículo 57º inciso h de la Ley Provincial Nº5.547 y artículo 47º penúltimo párrafo de la Ley Nacional Nº 24.240.
ARTICULO 7 - INFORMAR al infractor, según art. 177º de la Ley N 9003, que podrá interponer recurso de revocatoria contra la presente resolución dentro de los QUINCE 15 DÍAS hábiles de notificada la presente, debiendo acompañar la correspondiente Tasa Retributiva Código 927 por un importe de Pesos Un Mil Cuatrocientos Cincuenta con 00/100 $ 1.450,00 según Ley Impositiva Nº 9.355, Artículo 10º, punto
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Martes 7 de Febrero de 2023
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica

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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 07/02/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

CountryArgentina

Date07/02/2023

Page count131

Edition count1836

First edition20/01/2017

Last issue28/06/2024

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