Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 02/03/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PARTIR DE SU NOTIFICACIÓN, a que lo RETIRE de la Playa de Secuestro San Agustín, en cuyo caso, quedarán exceptuados del pago de los gastos generales por el Secuestro y Multas que recaigan sobre el bien, siempre que acepten retirarlos en el estado en que se encuentre, y expresamente renuncie a cualquier reclamo derivado de dicho estado.- En caso de no comparecer se presumirá el abandono de la cosa, pasando a Propiedad del Estado, procediendo a realizar la venta en Pública Subasta.
S/Cargo 02/03/2022 1 Pub.

El 1 Juzgado de Gestión Asociada de Paz de Mendoza, en autos Nº 12.309 "MINISTERIO DE
SEGURIDAD C/ TITULAR REGISTRAL CICLOMOTOR ZANELLA DOMINIO A046SPK S/ Ejecución Ley 8018" emplaza al titular/es registral/es FIGUEROA CRISTIAN JAVIER - D.N.I. 23882165 y a quienes se consideren con derecho al CICLOMOTOR ZANELLA DOMINIO A046SPK en el plazo de VEINTE DIAS A
PARTIR DE SU NOTIFICACIÓN, a que lo RETIRE de la Playa de Secuestro San Agustín, en cuyo caso, quedarán exceptuados del pago de los gastos generales por el Secuestro y Multas que recaigan sobre el bien, siempre que acepten retirarlos en el estado en que se encuentre, y expresamente renuncie a cualquier reclamo derivado de dicho estado.- En caso de no comparecer se presumirá el abandono de la cosa, pasando a Propiedad del Estado, procediendo a realizar la venta en Pública Subasta.
S/Cargo 02/03/2022 1 Pub.

DIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR. EXPTE Nº EX-2019-00572026-GDEMZAINSPEMGTYJ, caratulado Acta C 3835 Trollano Osvaldo Antonio. Se NOTIFICA a TROLLANO
OSVALDO ANTONIO, CUIT 23-10564947-9, de domicilio ignorado, la siguiente resolución MENDOZA, 17 de enero de 2022 RESOLUCION Nº 7-EX/ 2022 VISTO y CONSIDERANDOS RESUELVE:
ARTICULO 1º - IMPONER a la firma TROLLANO OSVALDO ANTONIO, CUIT 23-10564947-9, con nombre de fantasía Amatista Bijoux, domicilio comercial en calle Las Heras Nº 264, Ciudad 5500, Mendoza, y domicilio real en calle Necochea N 1850, Godoy Cruz 5501, Mendoza, la sanción de MULTA equivalente a PESOS CINCO MIL CON 00/100 $ 5.000,00, de conformidad con lo prescripto en el artículo 57º inc. b de la Ley Nº 5547, por violación de los artículos 4, 6º y 8 de la Resolución Nº 5/2019 D.D.C.; y por violación a los artículos 2º y 3º de la Resolución Nº 226/2020 de la D.D.C.
ARTICULO 2º - INTIMAR por la presente al pago de la multa impuesta, en la Cuenta Correspondiente a Cuenta Ley Nº 5.547- Cód. Tax 017-925, en el plazo de DIEZ 10 DÍAS. Asimismo, se informa que el boleto de pago debe generarse de manera online por vía web de la Administración Tributaria Mendoza ATM
www.mendoza.gov.ar/consumidores/pago-de-una-multa-procedimientodigital-2/, pudiendo abonarse en Banco de la Nación Argentina/ Banco Supervielle / Bolsa de Comercio. ARTICULO 3º ACREDITAR el pago de las multas, con la presentación correspondiente ante esta Dirección de Defensa del Consumidor, a través del correo electrónico resolucionesddc@mendoza.gov.ar. ARTICULO 4º PUBLICAR la presente en el Boletín oficial de la Provincia de Mendoza, y a costa del infractor, la resolución condenatoria o una síntesis de los hechos que la originaron, el tipo de infracción cometida y la sanción aplicada, en un diario de gran circulación de la Provincia de Mendoza y en un diario de alcance Nacional artículo 57º inciso h de la Ley Provincial Nº 5.547 y artículo 47º penúltimo párrafo de la Ley Nacional Nº 24.240. ARTICULO 5 - INFORMAR al infractor, según art. 177º de la Ley 9003, que podrá interponer recurso de revocatoria contra la presente resolución dentro de los QUINCE 15 DÍAS hábiles de notificada la presente, debiendo acompañar la correspondiente Tasa Retributiva Código 927 por un importe de Pesos Un Mil Cuatrocientos Cincuenta con 00/100 $1.450,00 según Ley Impositiva Nº 9.355, Artículo 10º, punto 2 inc A abonada en Banco de la Nación Argentina / Banco Supervielle / Bolsa de Comercio. El recurso de revocatoria junto a la correspondiente tasa retributiva, podrá ser enviado al correo resolucionesddc@mendoza.gov.ar. El recurso no suspenderá la ejecución de las sanciones de multa y el obligado deberá depositar el importe de la multa dentro del plazo establecido en el Artículo 2º de la presente Resolución. Vencido el plazo para el pago se procederá a la emisión de boleta de deuda
BO-2022-01374472-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Miércoles 2 de Marzo de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 86 de 124

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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 02/03/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

CountryArgentina

Date02/03/2022

Page count125

Edition count1856

First edition20/01/2017

Last issue30/07/2024

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