Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 08/11/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en autos N 8.679 caratulados: "ZAPATA CARLA MARIBEL P/ QUIEBRA VOLUNTARIA", el 10 de Junio de 2021, se ha declarado la quiebra a CARLA MARIBEL ZAPATA, con D.N.I. N 38.582.234. Síndico designado en autos, Contador RAUL ARNALDO MORALES, con domicilio legal y de atención en Pirovano N 661, San Martin, Mendoza, quien atenderá los días martes, miércoles y jueves de 18,00 hs.
a 21,00 hs. en el domicilio indicado precedentemente. Tel. 0263-4427239 Cel. 0263-4367324. Emplazar a los acreedores para que presenten al Sr. Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta el día VEINTISIETE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO. Se deja expresamente aclarado que tal presentación deberá hacerse a Sindicatura vía correo electrónico raularnaldomorales@gmail.com, debiendo ajuntar al pedido, toda la documentación escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes deberán instrumentar las medidas necesarias a fin de abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32
de la LCQ, a través de transferencia electrónica, previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los acreedores que deberán conservar en sobre cerrado toda la documentación que haga a su derecho, a fin de ser presentada, en la medida que las circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr.
Síndico, previo a la presentación del informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la resolución prevista en el art. 36 de la LCQ. Póngase en conocimiento de los insinuantes que las observaciones previstas en el art. 34 de la LCQ deben realizarse también vía correo electrónico previo acuerdo con Sindicatura a fin de consultar los legajos respectivos. Fijar el día ONCE DE MARZO DE DOS
MIL VEINTIDOS hasta el cual el Sr. Síndico deberá presentar los informes individuales y el día VEINTISEIS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIDOS para la presentación del informe general. Ordenar a la fallida y a terceros que hagan entrega al Sr. Síndico de los bienes de aquella. Prohibir hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de ley.
C.A.D. N: 24526 Importe: $ 1760
08-09-10-11-12/11/2021 5 Pub.

CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en autos N 8.620 caratulados: "ZAGO ALEJANDRO RAUL P/ QUIEBRA VOLUNTARIA", el 14 de Mayo de 2021, se ha declarado la quiebra a ALEJANDRO RAUL ZAGO, con D.N.I. N 27.271.263. Síndico designado en autos, Contador RAUL ARNALDO MORALES, con domicilio legal y de atención en Pirovano N661, San Martin, Mendoza, quien atenderá los días martes, miércoles y jueves de 18,00 hs. a 21,00 hs. en el domicilio indicado precedentemente. Tel. 0263-4427239 Cel.0263-4367324. Emplazar a los acreedores para que presenten al Sr. Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta el día VEINTISIETE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO. Se deja expresamente aclarado que tal presentación deberá hacerse a Sindicatura vía correo electrónico raularnaldomorales@gmail.com , debiendo ajuntar al pedido, toda la documentación escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes deberán instrumentar las medidas necesarias a fin de abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32
de la LCQ, a través de transferencia electrónica, previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los acreedores que deberán conservar en sobre cerrado toda la documentación que haga a su derecho, a fin de ser presentada, en la medida que las circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr.
Síndico, previo a la presentación del informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la resolución prevista en el art. 36 de la LCQ. Póngase en conocimiento de los insinuantes que las observaciones previstas en el art. 34 de la LCQ deben realizarse también vía correo electrónico previo acuerdo con Sindicatura a fin de consultar los legajos respectivos. Fijar el día ONCE DE MARZO DE DOS
MIL VEINTIDÓS hasta el cual el Sr. Síndico deberá presentar los informes individuales y el día VEINTISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIDÓS para la presentación del informe general. Ordenar a la fallida y a terceros que hagan entrega al Sr. Síndico de los bienes de aquella. Prohibir hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de ley.

BO-2021-07226891-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 8 de Noviembre de 2021
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 92 de 167

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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 08/11/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

CountryArgentina

Date08/11/2021

Page count168

Edition count1844

First edition20/01/2017

Last issue11/07/2024

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