Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 12/01/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Mendoza, Provincia de Mendoza, República Argentina, siendo el día 07 del mes de Enero del año dos mil veintiuno El Sr. Sr. Javier Antonio Mesas, por derecho propio, titular del DNI 25.375.363, nacido el 28/07/1976, argentino, de estado civil casado, con domicilio en calle Juan Isidro Maza 1369, Rodeo del Medio, Maipú, Mendoza realiza la presente acta de subsanación de contrato y estatuto constitutivo de sociedades por acciones simplificadas reformando el domicilio real del socio constituyente, el que quedará consignado en calle Juan Isidro Maza 1369, Rodeo del Medio, Maipú.- Dicha modificación formará parte integrante del contrato constitutivo originario, el que a continuación se transcribe con las modificaciones detalladas a los efectos de una mejor y acabada comprensión: En la Ciudad de Mendoza, Provincia de MENDOZA, República Argentina, siendo el día 20 del mes de Febrero del año dos mil veinte el Sr. Javier Antonio Mesas, por derecho propio, titular del DNI 25.375.363, nacido el 28/07/1976, argentino, de estado civil casado, con domicilio en calle JUAN ISIDRO MAZA 1369, RODEO DEL
MEDIO, Maipú. El otorgante que para todos los efectos se denominará el constituyente, mediante el presente escrito manifiesta su voluntad de constituir una sociedad por acciones simplificada, que se regulará conforme a lo establecido por la ley 27.349 y supletoriamente por la ley general de sociedades, ley 19550 y en las siguientes cláusulas: I ACTA CONSTITUTIVA: ARTÍCULO PRIMERO: TIPO O
ESPECIE DE SOCIEDAD QUE SE CONSTITUYE. La sociedad que se constituye por medio de este documento es por acciones, del tipo sociedad por acciones simplificada, esta se regirá por las disposiciones contenidas en las presentes cláusulas.- ARTÍCULO SEGUNDO: SEDE SOCIAL. La sociedad tendrá como domicilio principal en Juan Isidro Maza 1369, Rodeo del Medio, Maipú, Mendoza, pero podrá abrir sucursales o agencias en cualquier parte del territorio nacional, para lo cual se procederá como aparece previsto en las normas legales. ARTÍCULO TERCERO: NOMBRE DE LA SOCIEDAD. La sociedad actuará bajo la denominación social JAMAR SAS. DESIGNACIÓN DE ADMINISTRADOR: Se designa como ADMINISTRADOR al socio quien obliga a la sociedad con su firma personal y con las atribuciones previstas en el presente estatuto.: Se designa para el cargo de Administrador a Javier Antonio Mesas quién será el representante de la Sociedad y acepta el cargo en este acto. Asimismo se designa como ADMINISTRADOR SUPLENTE, para el caso de ausencia o impedimento del administrador, a la señora ROSALES MARTA FRANCISCA titular del Documento Nacional de Identidad número 11.516.978, fecha de nacimiento 15/02/1955, casada, argentina, con domicilio en Juan Isidro Maza 1369, Rodeo del Medio, Maipú, Mendoza, quien acepta el cargo mediante la suscripción del presente estatuto. II. ESTATUTOS: LA SOCIEDAD tendrá su domicilio en la Provincia de Mendoza y podrán establecer agencias o sucursales en cualquier lugar de la República Argentina. ARTÍCULO
CUARTO: PLAZO DE DURACIÓN. La sociedad tendrá un término de duración determinado de CINCUENTA 50 años, pero podrá disolverse anticipadamente cuando sus accionistas así lo decidan.
ARTÍCULO QUINTO: OBJETO SOCIAL La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o asociada a terceros, en el país o en el extranjero las siguientes actividades: Fideicomiso: Constitución y/o celebración de contratos de fideicomiso de cualquier clase y tipo, para cualquier destino directo o indirecto, con el objeto social, ya sea constituyéndose como fiduciante, fiduciario, beneficiario y/o fideicomisario. Comercial: Mediante la comercialización de las productos en general y/o producciones de la sociedad en cualquiera de sus etapas; como así la adquisición, venta, producción, elaboración, montaje, transformación de materias primas, productos de toda clase, frutos del país o del extranjero, patentes de invención, marcas, diseños y modelos industriales. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes, siempre relacionados con su objeto social. En los casos que para el cumplimiento del objeto social sea necesaria la asistencia profesional con título habilitante, la sociedad procederá a contratar los servicios de los mismos. ARTÍCULO SEXTO: CAPITAL El capital social se fija en la suma de PESOS
CUARENTA MIL con 00/100 $ 40.000, representado por CUARENTA 40 acciones ordinarias, nominativas no endosables de valor nominal Pesos mil con 00/100 $ 1000 cada una, con derecho de 1
a 5 votos por acción según se disponga en el acto de su emisión. Las acciones son ordinarias o preferidas. En este acto se emiten, suscriben e integran CUARENTA 40 ACCIONES ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a 5 votos por acción, por lo cual el capital social queda totalmente suscripto. El socio garantiza solidaria e ilimitadamente a los terceros la integración de los aportes. ARTÍCULO SÉPTIMO: AUMENTO DEL CAPITAL: El capital social puede ser aumentado en cualquier momento por decisión en reunión de socios. Cuando el aumento del capital fuera menor al cincuenta por ciento 50% del capital social inscripto, no se requerirá publicidad ni inscripción de la
BO-2021-00192376-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Martes 12 de Enero de 2021
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 12/01/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

CountryArgentina

Date12/01/2021

Page count68

Edition count1853

First edition20/01/2017

Last issue24/07/2024

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