Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 07/01/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Que por su parte, el artículo 7º de la Resolución mencionada dispone que El Libro de Quejas deberá ser habilitado anualmente por esta Autoridad de Aplicación, mediante la verificación de la foliatura de sus hojas y la rúbrica del Director de esta Autoridad de Aplicación, en la primera y última hoja del mismo con indicación de la fecha, todo, previo pago del canon correspondiente fijado por la Ley Impositiva del año en curso
Que también es importante remarcar la obligación de exhibición que impone el artículo 8º de la Resolución referida al disponer que El Libro de Quejas. Defensa del Consumidor deberá encontrarse siempre en lugar visible para el público en general en el sector de Atención al Cliente, en caso de ausencia por espacio del sector específico, siempre sobre el mostrador de atención y debidamente señalizado dentro del local comercial.
Que al momento de confeccionar el Acta de Infracción, el cumplimiento de la Resolución Nº 13/2014 era obligatoria desde hacía más de tres años y medio.
Que es importante señalar que la Resolución Nº 13/2014 D.D.C. se reemplaza por la Resolución Nº 05/2019 D.D.C. Esta última Resolución entró en vigencia en fecha 12/01/2019 B.O. 11/01/2019.
Que por su parte, el art. 4º de la Res. Nº 05/2019 D.D.C., a semejanza del viejo art. 5º de la Res. Nº 13/2014 D.D.C., dispone que Los obligados, comprendidos en el Artículo 1, deberán habilitar un "Libro de Quejas de Defensa del Consumidor" en donde consumidores y usuarios podrán asentar sus reclamos. El Libro de Quejas es un instrumento público de esta Dirección. Dicho libro deberá ser uno de los denominados artículos de librería conocidos como Libro de Actas".
Que el art. 6º de la Res. Nº 05/2019 consagra como lo hacía el art. 7º de la Res. Nº 13/2014 D.D.C
que El Libro de Quejas deberá ser habilitado por esta Autoridad de Aplicación, mediante la verificación de la foliatura de sus hojas y la rúbrica del/la Director/a de esta Autoridad de Aplicación, en la primera y última hoja del mismo con indicación de la fecha, todo, previo pago del canon correspondiente fijado por la Ley Impositiva del año en curso. La nueva homologación corresponderá una vez agotadas todas las hojas del Libro de Quejas de Defensa del Consumidor.
Que por otro lado, el art. 8º de la Res. Nº 05/2019 D.D.C. dispone como lo hacía el art. 8º de la Res. Nº 13/2014 D.D.C. que El Libro de Quejas de Defensa del Consumidor deberá encontrarse siempre en lugar visible para el público en general en el sector de Atención al Cliente. En caso de que el espacio del sector específico sea escaso, el Libro de Quejas deberá encontrarse siempre sobre el mostrador de atención y debidamente señalizado dentro del local comercial.
Que no debe omitirse que la firma previamente a ser infraccionada, se emplaza y no obstante nada hace al respecto.
Que es importante resaltar que de la consulta practicada al Registro de Libro de Quejas www.dconsumidores.mendoza.gov.ar, según D.E. IF-2020-04487812-GDEMZA-RESOLMGTYJ, de orden nº 17, surge que la firma efectivamente tramita el Libro de Quejas, en fecha 7 de noviembre de 2018
Boleto Serie AC Nº 3052 de $ 700.
Que ello determina que la firma habilita la homologación del libro de quejas diecisiete 17 días después de confeccionada el Acta de Infracción.
Que hay que tener en cuenta que las infracciones en materia de consumo son de carácter formal, prescindiendo para su configuración de cualquier elemento subjetivo como la culpa o el dolo. Por ello la infracción queda consumada por la simple conducta contraria a la ley, más allá de las intenciones que tenga su autor.
Que configurada la imputación, se tiene en cuenta lo establecido en el Artículo 13º de la Res. 5/2019

BO-2021-00099147-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Jueves 7 de Enero de 2021
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 28 de 128

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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 07/01/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

CountryArgentina

Date07/01/2021

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First edition20/01/2017

Last issue05/07/2024

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