Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 05/03/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

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05/02 05/03/2020 2 Pub.
JUEZ DE PAZ DE LAS HERAS.- PRIMERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE MENDOZA, AUTOS Nº:
38.198, caratulados OPFI S.A. C/ SALAMONE JORGE LUIS P/EJ. ACEL. CAMBIARIA notifica a SALAMONE JORGE LUIS, CUIL 20-33275339-9, demandado, de ignorado domicilio fs. 10: "Las Heras, Mendoza, jueves, 29 de noviembre del 2.018. AUTOS Y VISTOS RESUELVO: 1º Téngase a la Dra.
Beatriz Quiroga, matrícula 3198, por OPFI Sociedad Anónima, por presentada y parte, a mérito de la copia de poder general para juicio acompañada. Téngase por constituido domicilio procesal electrónico en la casilla 3198. 2º Mandar seguir la ejecución instada por OPFI Sociedad Anónima contra Jorge Luis Salamone, en conse-cuencia prosiga el trámite del presente juicio hasta que el actor se haga íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de $ 19.700, con más los intereses pactados, los que en su totalidad no podrán superar el 4% mensual y los que serán computados a partir desde la fecha de mora 02/02/2017 hasta su efectivo pago, más IVA sobre intereses. 3º Estimase en más, al monto de condena, la suma de $ 6.000, para responder a intereses y costas artículo 234, inciso II. segundo párrafo del C.P.C.C. y T. de Mza.. 4º A lo demás solicitado oportunamente. 5º Hágase saber a la parte demandada, que dentro de los cinco 05 días de haber tomado conomiento de la presente resolución, podrá solicitar la nulidad de la presente sentencia monitoria artículo 234, inciso IV. del C.P.C.C. y T. de Mza., o en su defecto podrá articular oposición a la misma artículo 235 del C.P.C.C. y T. de Mza. y conmínasele por la constitución de domicilio electrónico y procesal electrónico artículo 21, 74 y 75 del C.P.C.C. y T. de Mza., como así también acompañar y/u ofrecer los instrumentos que hagan a su derecho artículo 245 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza Ley 90016º A quien litigue con temeridad o malicia u obstruya el curso normal del proceso, se le impondrá una multa, cuyo monto será fijado entre el 5% y el 30% del importe de la deuda, según la incidencia de su inconducta art.
236, inciso III, tercer y cuarto párrafo del C.P.C.C. y T. de Mza. , así también a quien lo haga sin razón valedera, podrá ser condenado a pagar un interés de hasta dos 2 veces el establecido en el artículo 1
de le ley 9.041 artículo 2 de la ley 9041. 7º Póngase en conocimiento que atento lo dispuesto por el artículo 70, inciso I., del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza Ley 9001, la cédula, con tantas copias como personas en distinto domicilio deban notificarse, se confeccionará por el receptor del Tribunal y contendrá: lugar, fecha, número y carátula del expediente, el domicilio donde deba practicarse la diligencia, con expresión de su naturaleza y la resolución que se va a notificar. Tratándose de auto o de sentencia, bastará a este último efecto con la transcripción de la parte dispositiva. La cédula podrá ser confeccionada por las partes, bajo la firma del letrado de aquella que tenga interés en la notificación. En todos los casos serán firmadas por el receptor las cédulas que notifiquen embargos, medidas precautorias, entrega de bienes o sentencias y las que correspondan a actuaciones en que no intervengan letrados. 8º Hágase saber que deberá darse cumplimiento a la acordada 28243 del 01/08/2017, modificada por acordada 28.565 del 21/12/17. Notifíquese. Fdo: Dr. Pedro Javier Urquizu Juez"y a FS 26: Las Heras, Mendoza, lunes, 16 de diciembre del 2.019. RESUELVO: 1º Aprobar en cuanto por derechos corresponda la información sumaria rendida en autos. 2º Declarar como de ignorado domicilio a Jorge Luis Salamone, D.N.I. 33.275.339.3º Ordenar se notifique a la parte demandada, Jorge Luis Salamone, D.N.I. 33.275.339, la providencia de fs. 10 por medio de edictos a publicarse en el Boletín Oficial, Diario Los Andes y en las páginas Web del Poder Judicial y del Colegio de Abogados y Procuradores de la 1 Circunscripción Judicial de Mendoza por el término de tres días, con dos días de intervalo, bajo responsabilidad de la parte actora artículo 72 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza Ley 9001. 4º Efectuada las publicaciones, dése intervención al Defensor de Pobres y Ausentes en turno Notifíquese. Fdo: Dr. Pedro Javier Urquizu - Juez.
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02-05-10/03/2020 3 Pub.
Hospital EL Sauce informa el fallecimiento del Señor CABRERA JESUS REYES de 73 años, D.N.I:
8041036, el día 29 de Febrero del 2020 en Hospital Lagomaggiore. Se solicita a familiares que se presenten a retirar su cuerpo, en caso de no concretarse el retiro requerido, será inhumado.

BO-2020-01277859-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Jueves 5 de Marzo de 2020
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 68 de 91

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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 05/03/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

CountryArgentina

Date05/03/2020

Page count92

Edition count1855

First edition20/01/2017

Last issue29/07/2024

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