Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 03/12/2018
Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza
Por ello, y de acuerdo a lo establecido en la y Leyes Nº 5.961 y 7.874;
EL FISCAL DE ESTADO
DE LA PROVINCIA DE MENDOZA
R E S U E L V E:
Artículo 1º: -Requerir a la Dirección de Recursos Naturales Renovables que informe cada diez 10 días a esta Fiscalía de Estado sobre el estado de los forestales afectados por las obras realizadas en las zonas denunciadas.
Artículo 2: -Requerir a la Dirección de Recursos Naturales Renovables que instruya detalladamente a la Subsecretaria de Infraestructura a fin de que ordene a las empresas contratistas que procedan al riego de los forestales comprometidos, hasta tanto se culminen las obras; o habilite la zonas destinadas a riego, tal como lo contempla la Ley nº 7.874, Capitulo IX, denominado Control, Conservación y Preservación art. 43
a 69, su Decreto Reglamentario nº 1.099/09.
Artículo 3: -Requerir a la Subsecretaría de Infraestructura que proceda a aplicar en forma inmediata las instrucciones impartidas por la Dirección de Recursos Naturales Renovables en cuanto al riego y protección de los forestales de la zonas en construcción hasta tanto se culmine con las obras.
Artículo 4º: -Notifíquese a los Organismos Provinciales implicados y a los denunciantes la presente Resolución.
Dr. Fernando Simón S/Cargo 03/12/2018 1 Pub.
ORDENANZAS
MUNICIPALIDAD GODOY CRUZ
Ordenanza N: 6851
VISTO:
El Expte. Nº 278-H-18, caratulado: CONCEJALES DEL H.C.D.-E/PROYECTO DE ORDENANZA S/MESAS
PRIORITARIAS EN COMERCIOS GASTRONOMICOS Y BARES DESTINADAS A PERSONAS CON
DISCAPACIDAD; y CONSIDERANDO:
Que la ley nacional de discapacidad Nº 24.314 y su decreto 914/97 que establecen y reglamentan la prioridad de la supresión de las barreras físicas en la vía pública, en el transporte en los edificios de uso público y en los destinados a viviendas, previniendo condiciones de accesibilidad para personas con capacidades diferentes.
Que nuestra finalidad es facilitar los accesos y la comodidad adecuada a las personas con discapacidad, mujeres embarazadas y personas que eventualmente padezca algún impedimento físico.
Que siguiendo el trabajo que se viene realizando en nuestro Departamento en los temas de discapacidad.
BO-2018-04137737-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 3 de Diciembre de 2018
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 37 de 130