Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 01/11/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

LCQ. VII. Fijar el día TRECE DE FEBRERO DE 2019 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los Informes Individuales de los créditos insinuados. VIII. Fijar el día SEIS DE MARZO DE 2019
como fecha en la cual el Tribunal resolverá sobre la procedencia y alcance de las solicitudes formuladas por los acreedores, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal. IX. Fijar el día OCHO DE ABRIL DE
2019 como fecha hasta la cual el Sr. Síndico presentará el Informe General, el que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse observaciones hasta el día DIECINUEVE DE ABRIL DE 2019. II. Ordenar se publiquen edictos de la declaración de quiebra, con las modificaciones introducidas por el presente auto, por CINCO DIAS en el Boletín Oficial, según lo dispuesto por el art. 89 L.C.Q. CÓPIESE. REGÍSTRESE. Fdo. Dra. GLORIA ESTHER CORTEZ - Juez.
Síndico Ctdor. MARIA CRISTINA NICOLAU, con DNI N 92.300.386 con domicilio legal en Martinez de Rozas N 21, Ciudad, Mendoza. Días y Horarios de Atención: LUNES, MARTES Y MIERCOLES de 16 a 20. Cel.: 154197190. - Dra Erica E. López Secretaria.
C.A.D. N: 19914 Importe: $ 840
29-30-31/10 01-02/11/2018 5 Pub.
SECRETARIA
DEL
PRIMER
JUZGADO
DE
PROCESOS
CONCURSALES
PRIMERA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, hace saber a posibles interesados y acreedores que a fojas 17/21 autos Nº13-04399322-9/1 caratulados: AGUILAR ANDREA SILVANA P/ QUIEBRA DEUDOR se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 18 de septiembre de 2018. AUTOS Y VISTOS..
CONSIDERANDO.. RESUELVO: 1 Declarar la quiebra de AGUILAR ANDREA SILVANA, DNI
22.392.395; C.U.I.L. Nº 27-22392395-5, con domicilio en Italia 6182, Barrio Santa Ana, Capilla Del Rosario, Guaymallén, Mendoza, la que tramitará conforme a las reglas para las pequeñas quiebras arts.
288 y 289 LCQ. NOTIFÍQUESE POR CÉDULA Y EN PAPEL SIMPLE A LA ADMINISTRACION
TRIBUTARIA DE MENDOZA art. 26 Cód. Fiscal..5º Intimar al fallido y a los terceros que posean bienes y documentación de aquél para la entrega a la sindicatura dentro de los dos días de la última publicación edictal. 6º Intimar al fallido a poner sus bienes a disposición del juzgado en forma apta para que los funcionarios puedan tomar inmediata y segura posesión de los mismos, debiendo entregar al síndico los libros de comercio y documentación contable dentro de las 24 hs., si correspondiere.7º Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces en caso de hacerse 15 Fijar el día DOCE DE ABRIL DE 2019 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico art. 200 Ley 24522; pudiendo, el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación, concurrir al domicilio de sindicatura hasta el TREINTA DE ABRIL DE
2019, a efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 Ley 24522 art. 200 6º párrafo Ley 24522. Intímase a sindicatura a presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo del art. 279 Ley 24522.16º Fijar el día VEINTINUEVE DE MAYO DE 2019, como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico los informes individuales, dictándose sentencia de verificación el DOCE DE JUNIO DE 2019. 17º Fijar el día TREINTA Y UNO DE JULIO DE 2019, como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe general, el que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse observaciones hasta el CATORCE DE AGOSTO DE 2019. A los fines del art. 117 LCQ fijar el día DOCE DE SEPTIEMBRE DE 2019 como fecha hasta que los interesados pueden observar la fecha inicial del estado de cesación de pagos propuesta por el síndico; art. 117; dictándose resolución el VEINTISÉIS DE SEPTIEMBRE DE 2019 art. 117. Aclárase que los plazos establecidos en el caso de ser declarados inhábiles, se trasladarán al día hábil inmediato posterior 15 Fijar el día DOCE DE
ABRIL DE 2019 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico art. 200 Ley 24522; pudiendo, el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación, concurrir al domicilio de sindicatura hasta el TREINTA DE ABRIL DE 2019, a efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 Ley 24522 art. 200 6º párrafo Ley 24522.
Intímase a sindicatura a presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo del art. 279 Ley 24522. 16º Fijar el día VEINTINUEVE DE MAYO DE 2019, como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico los
BO-2018-03628871-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Jueves 1 de Noviembre de 2018
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 68 de 111

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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 01/11/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

CountryArgentina

Date01/11/2018

Page count112

Edition count1840

First edition20/01/2017

Last issue04/07/2024

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