Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 17/09/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

17/09/2018 1 Pub.
Decreto N: 1317
MENDOZA, 13 DE AGOSTO DE 2018
Visto el expediente 2307-S-2012-77762, en el cual se solicita se otorgue al Sr. MARCELO MARIO STRANIERO, el beneficio establecido por la Ley Nº 8395, y;
CONSIDERANDO:
Que dicho beneficio fue creado mediante Ley Nº 8395 y Decreto Reglamentario Nº 514/12.
Que la citada Ley establece un beneficio vitalicio de pago mensual para hombres y mujeres que en su condición de civiles, entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983, hayan sido condenados por Consejo de Guerra, puestos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional y/o privados de libertad por causas políticas, gremiales o estudiantiles, como consecuencia del accionar de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o de cualquier otro grupo, haya habido o no sentencia condenatoria en su contra. También se otorgará a quienes, por causas políticas, hayan sido privados de la libertad por orden de Tribunales Ordinarios.
Que en las citadas actuaciones, obran las correspondientes certificaciones establecidas como requisitos para acceder al referido beneficio, dispuestas en el Artículo 4º del Decreto Nº 514/12.
Por ello, habiéndose diligenciado los pertinentes volantes de imputación preventiva, lo dictaminado por Fiscalía de Estado, por Asesoría de Gobierno y por la Subdirección de Asesoría Letrada de la Subsecretaría Desarrollo Social, la conformidad de la citada Subsecretaría y de la Dirección General de Administración de Desarrollo Social, todas del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, conforme a lo establecido por Ley Nº 8395 y su Decreto Reglamentario Nº 514/12, EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1- Reconózcase, a partir del día 23 de mayo de 2012 y hasta el día anterior a la fecha del presente decreto y otórguese a partir de la fecha de éste, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, el beneficio vitalicio creado mediante Ley Nº 8395 y Decreto Reglamentario Nº 514/12, para quienes en su condición de civiles entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983, hayan sido condenados por Consejo de Guerra, puestos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional y/o privados de libertad por causas políticas, gremiales o estudiantiles, como consecuencia del accionar de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o de cualquier otro grupo, haya habido o no sentencia condenatoria en su contra, o que por causas políticas, hayan sido privados de la libertad por orden de Tribunales Ordinarios, consistente en un monto mensual equivalente a la asignación de clase del personal de categoría 10, del agrupamiento administrativo y técnico de la Ley Nº 5126 y sus modificatorias, a favor del Sr. MARCELO MARIO STRANIERO, D.N.I. Nº 12.841.833 con cargo a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
U.G.CRÉDITO: S99099 43104 000
U.G.GASTO:

S96413

Artículo 2º- Autorícese a los Servicios Administrativos que correspondan a imputar, liquidar y abonar, en
BO-2018-02904855-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 17 de Septiembre de 2018
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 17/09/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

CountryArgentina

Date17/09/2018

Page count154

Edition count1847

First edition20/01/2017

Last issue16/07/2024

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