Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 07/12/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

de PESOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS QUINCE CON 39/100 $ 18.515,39 que le reclama la actora, con ms la suma de PESOS SIETE MIL CUATROCIENTOS SEIS CON 15/100 $ 7.406,15 de igual moneda, que se fija provisoriamente para costas del juicio e intereses pactados art. 768 CCCN, y gastos.- En defecto de pago, se proceder a trabar embargo sobre los bienes de propiedad de la demandada, denunciados por el actor o persona autorizada, en su defecto los que ofrezca el ejecutado, y en el último término los que el Oficial de Justicia determine, hasta cubrir la suma de PESOS
VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO CON 54/100 $ 25.921,54 fijada para responder a capital, intereses y costas del juicio. Autorizar el auxilio de la fuerza pblica y allanamiento de domicilio en caso necesario. 3.- Ctese al demandado para defensa por el trmino de SEIS DIAS bajo apercibimiento de ley y conmnasele por la constitución de domicilio legal dentro del radio del Juzgado arts. 21, 74, 75 y 259 del C.P.C. COPIESE. NOTIFIQUESE. Fdo: Dra. Elda Elena Scalvini - Juez". Boleto N: 4124761 Importe: $ 378
07-13-18/12/2017 3 Pub.

JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO. Dra. Marina C. Avogadro, autos N 255.075
"SAMMARCO SALVADOR ROBERTO C/ LUNA LUIS FABIÁN Y OTS. P/ EJECUCIÓN TÍPICA COBRO
DE ALQ notificar al demandado LUIS FABIÁN LUNA, D.N.I. N 21.706.314 DECLARADO
DEIGNORADO DOMICILIO a fs. 56, el mandamiento de fs. 70 dictado en autos que a continuación se transcribe "Mendoza, 25 de setiembre de 2017" AUTOS VISTOS Y CONSIDERANDO RESUELVO:
requerir de pago al demandado LUIS FABIÁN LUNA, D.N.I. N 21.706.314 por cobro de la suma de PESOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS $ 82.500 que le reclama el actor, con más la suma de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA $ 57.750, fijada provisoriamente para responder a intereses pactados en el contrato, lo que será merituado al momento de la sentencia, costos y costas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre los bienes muebles de propiedad del demandado, que se encuentren en sus domicilios y sean susceptibles de tal medida, hasta cubrir la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA $ 140.250; fijada provisoriamente para responder a capital intereses pactados, multas costos y costas del juicio. Cítese a la parte demandado para defensa por el termino de SEIS DÍAS bajo apercibimiento de ley y conmínasele por la constitución de domicilio legal dentro del radio del juzgado arts. 21, 74, 75 y 230 del C.P.C
CÓPIESE REGÍSTRESE NOTIFÍQUESE. Fdo. Dra. Marina C. Avogadro - JUEZ A FS. 71 Mendoza 18 de octubre de 2017. AUTOS VISTOS Y CONSIDERANDO. RESUELVO: Modifiquese el punto II del resolutivo de fs. 70, debiendo agregarse el nombre del co-demandado, el cual quedara redactado de la siguiente manera: II Ordenar se requiera de pago a los demandados Sres. LUIS FABIÁN LUNA DNI
21.706.314 Manténgase incólume el resto del auto. Notifiquese conjuntamente con el auto de fs. 70.
Fdo. Dra. Marina C. Avogadro - Juez Boleto N: 4124904 Importe: $ 342
07-13-18/12/2017 3 Pub.

Juez del Cuarto Juzgado de Familia, Dra. María D. Ruggeri, en estos autos N 1684/15, caratulados "YAÑEZ, SILVIA GABRIELA C/ PEPE, NICOLAS POR DIVORCIO", se notifique a NICOLAS PEPE, DNI
N 17.029.330, demandado, de ignorado domicilio, que el Tribunal proveyó: "Mendoza, 26 de Septiembre de 2017. Y VISTOS RESULTA CONSIDERANDO RESUELVO: I. - Declarar el DIVORCIO de los esposos SILVIA GABRIELA YAÑEZ, D.N.I. 17.126.906 y NICOLÁS PEPE, D.N.I. 17.029.330, quienes contrajeron matrimonio por Acta N 369, Tomo 1F, en fecha 13/09/1991 en la circunscripción CM, de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de Buenos Aires, debiendo oficiarse a dicho Registro para su toma de razón. II. - Declarar la extinción de la comunidad de bienes, a partir del día 01/12/1996, fecha de separación de hecho. Art.
480 CC y C. III. - Imponer las costas a los ex cónyuges por mitades art. 37 del CPC IV. - Regular los honorarios del Dr. JUAN PABLO BABUGIA, MARIA JOSEFINA NEIROTTI y PABLO FELDMAN, en la suma de PESOS VEINTIÚN MIL $ 21.000.-, en forma conjunta, por la labor desarrollada en las
BO-2017-00245330-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Jueves 7 de Diciembre de 2017
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 83 de 118

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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 07/12/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

CountryArgentina

Date07/12/2017

Page count119

Edition count1839

First edition20/01/2017

Last issue03/07/2024

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