Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 2/7/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Martes, 2 de julio de 2024

Página 4

Artículo 3. Ámbito temporal: vigencia El presente convenio entrará en vigor el día 1 de enero de 2024, siendo su vigencia de cuatro años, por lo que terminará el 31 de diciembre de 2027. No obstante, a efectos económicos, el convenio entrará en vigor el 1 de abril de 2024, sin efectos retroactivos. A su vencimiento, el convenio se prorrogará tácitamente por anualidades sucesivas.
El presente convenio podrá ser denunciado por cualquiera de las partes, empresa o representantes de las personas trabajadoras, de acuerdo con los requisitos siguientes:
a La denuncia deberá ser comunicada a la otra parte por escrito, estando legitimados para este acto, por una parte, el Delegado/a de Personal y, por otra, la representación oficial que en cada caso libremente designe la empresa.
b La denuncia del convenio deberá ser hecha con dos meses de antelación a la fecha de su vencimiento inicial o a la de cualquiera de sus prórrogas.
La parte que se proponga denunciar el convenio, deberá comunicarlo de forma fehaciente a la otra parte y a la autoridad laboral de la provincia.
Si el convenio no fuera denunciado en forma y condiciones establecidas, este se prorrogará por sucesivos periodos de anualidad.
Durante las negociaciones de un nuevo convenio el texto articulado y las tablas salariales vigentes se entenderán prorrogados, incluso si las negociaciones se prolongan durante tiempo superior a un año desde su denuncia, quedando por tanto prorrogado hasta la finalización del proceso negociador, sin perjuicio de lo que el nuevo convenio acuerde sobre su retroactividad.
Artículo 4. Ámbito funcional Este convenio será de aplicación a todas las personas trabajadoras del centro de trabajo de la empresa. Este convenio se concierta entre la empresa Autocares Rivero, Sociedad Limitada, y las personas trabajadoras de la misma.
Artículo 5. Vinculación a la totalidad y prioridad aplicativa Las condiciones pactadas forman un todo orgánico indivisible y, a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas globalmente.
Este convenio será de aplicación prioritaria sobre cualquier convenio de ámbito superior en todo lo expresamente regulado en el mismo y en las materias que prevé el Estatuto de los Trabajadores. En todo lo no previsto o regulado en este convenio se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y demás legislación laboral de aplicación con carácter supletorio. Si por cualquier circunstancia la jurisdicción social declarase nulo o sin efecto alguno de los pactos del mismo, las partes se comprometen al mantenimiento y conservación del resto de lo pactado en su conjunto. Del mismo modo, en caso de producirse alguna modificación legal que sea de obligado cumplimiento, anulando o modificando algún artículo o acuerdo establecido en este convenio, las partes se comprometen al mantenimiento y conservación del resto de lo pactado en su conjunto.
Artículo 6. Compensaciones y absorciones Las condiciones económicas pactadas en este convenio colectivo compensan las que venían rigiendo anteriormente y, a su vez, absorberán cualquier mejora futura en las condiciones económicas que vengan determinadas por disposiciones legales, convencionales, administrativas o judiciales, siempre que consideradas globalmente y en cómputo anual, sean más favorables para las personas trabajadoras.
No obstante lo regulado en el párrafo anterior, las personas trabajadoras que a la entrada en vigor de este convenio ostenten a título personal, por pacto individual o contrato de trabajo condiciones más beneficiosas o que perciban remuneraciones superiores a las establecidas en este convenio consideradas globalmente y en cómputo anual, les serán respetadas dichas condiciones y remuneraciones a título personal como garantía ad personam, si bien serán en todo caso absorbibles y compensables con todo tipo de incremento salarial de años posteriores.

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Número 127

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 2/7/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

CountrySpain

Date02/07/2024

Page count27

Edition count5580

First edition15/01/2001

Last issue18/07/2024

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