Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/12/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 229
Miércoles, 1 de diciembre de 2021
Página 23
accesibilidad y contraincendios, que no son vinculantes ni objeto de esta aprobación, así como cuantos aspectos contenidos en el estudio de detalle trasciendan de su finalidad propiamente dicha.
Deberá exigir a la promotora, al otorgarle licencia de obras, el abono de la cantidad actualizada que le corresponda en concepto de ejecución de cargas externas del Sector SUP-CA.5 Carmona, conforme al Plan de Infraestructuras Básicas de Campanillas, según lo señalado en el informe emitido al respecto por el Servicio de Urbanización e Infraestructuras de este departamento con fecha 13 de enero de 2020.
1. Don Juan Antonio Navarrete Anaya, en contestación a su alegación, y a su esposa doña Agustina Gallardo Aguilar, cotitular de 4 parcelas residenciales en el ámbito.
2.Promotora, Holcuma, Sociedad Limitada, y Promociones Cuevas Sánchez, Sociedad Limitada, junto al informe técnico del citado Servicio de Urbanización e Infraestructuras de fecha 13 de enero de 2020.
3. Al Departamento de Actuaciones Urbanísticas, titular fiduciario de las parcelas municipales del ámbito.
4. Al Servicio Jurídico-Administrativo del Departamento de Licencias y Protección Urbanística y al Servicio de Ejecución del Planeamiento de esta gerencia, junto al citado informe técnico del Servicio de Urbanización e Infraestructuras, de fecha 13 de enero de 2020, así como el escrito de alegaciones del señor Navarrete Anaya y los escritos y la documentación notarial presentados por la promotora.
5. Al Departamento de Arquitectura e Infraestructuras de esta gerencia, junto al citado informe del Servicio de Urbanización e Infraestructuras, de fecha 13 de enero de 2020.
6. A la Junta Municipal del Distrito número 9 - Campanillas.
Las ordenanzas particulares de aplicación son las siguientes:
Los parámetros resultantes de la propuesta son:
Edificabilidad: Los que establece el plan parcial en relación a la y el número de viviendas.
FINCA
EDIFICABILIDAD
VIVIENDA
7.1.11 / 7.1.12
185.14
2
7.3
925.65
10
7.5
740.52
8
7.6.3 / 7.6.4 / 7.6.5 / 7.6.6
76.7 / 7.6.8 / 7.6.9 / 7.6.10
740.56
8
7.7
925.65
10
7.1.1 / 7.1.2 / 7.1.3 / 7.1.4 / 7.1.5
7.1.6 / 7.1.7 / 7.1.8 / 7.1.9 / 7.1.10
925.70
10
7.2
925.65
10
7.6.1 / 7.6.2 / 7.6.11 / 7.6.12
370.28
4
Ocupación: Conforme al plano de alineaciones.
Parcela mínima: Se establece la obligación de presentar en cada submanzana, proyecto único por propiedad, no pudiéndose tramitar la licencia parcela por parcela.
Para la división horizontal se establecen:
Superficie mínima: 80 m2
Fachada mínima: 5,50 m.
CVE: 20211201-08007-2021 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
Séptimo. Dar traslado del presente acuerdo junto al informe técnico, de fecha 16 de enero de 2020 para su conocimiento y efectos a: