Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 14/2/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 12 de febrero de 2021

Señalar el próximo día 23 de febrero del 2021, a las 11:20 horas para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado sito en la calle Isla Mallorca, s/n, bloque A, planta primera, Ciudad de la Justicia.- 14011 Córdoba, debiendo comparecer con quince minutos de antelación para la celebración del preceptivo acto de conciliación.
Citar a las partes en legal forma, con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá la Letrada de la Administración de Justicia en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía.
Deben asistir al juicio con las pruebas de que intente valerse, artículo 82.3 LRJS y, hasta la total implementación del expediente digital se deberá aportar, de conformidad con el artículo 94.1 LRJS, ordenada y numerada y en soporte papel para la formación del ramo de prueba correspondiente así como en soporte informático de conformidad con lo dispuesto en el RD 1065/2015, debiendo personarse en la oficina de este Juzgado para su incorporación al expediente.
Deben comunicar a este Tribunal y/o Oficina Judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso, artículo 155.4 párrafo 1.º de la LEC.
También deberán comunicar, y antes de su celebración, la existencia de alguna causa legal que justificara la suspensión de los actos de conciliación y/o de juicio a los que se le convoca, artículos 83.1 LRJS y 188 LEC.
Cítese al Fondo de Garantía Salarial, con traslado de la demanda y documentos que le acompañan.
Dar cuenta a su señoría del señalamiento efectuado a los efectos del artículo 182.5 LEC.
Disponiendo la sala de vistas de este Juzgado de un soporte para la grabación con un sistema de seguridad que garantiza la integridad de lo grabado, de conformidad con el artículo 147 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, acuerdo que no es necesaria la presencia de este/a Secretario Judicial a la vista señalada, sin perjuicio de que las partes pueden solicitarla mediante escrito presentado al menos dos días antes del día del señalamiento. Se interesa de las partes que aporten minuta de proposición de prueba, para mejor funcionamiento de la vista oral y por razones de economía procesal.
Se acuerda dar cumplimiento a lo especificado en el RD 1065/2015 en cuanto a la presentación de escritos y documentos en el acto de la vista o de dictámenes, informes u otros medios e instrumentos que hayan de servir de prueba en la misma. Al respecto, las partes deberán presentarlos en soporte digital y en la forma siguiente:
El escrito o documento principal del envío, conforme a lo establecido en el Punto 5 del anexo IV del Real Decreto antes mencionado, deberá ser presentado en el formato PDF/A con la característica OCR reconocimiento óptico de caracteres, es decir, deberá haber sido generado o escaneado con software que permita obtener como resultado final un archivo en un formato de texto editable sobre cuyo contenido puedan realizarse búsquedas y deberá ir firmado electrónicamente con la firma o firmas de los profesionales actuantes.
Los documentos adjuntos-Punto 6 del anexo IV del Real Decreto citadodeberán remitirse individualizados en tantos archivos digitales como documentos sean los que deban componer el envío. No es posible remitir un único PDF que contenga todos los documentos.
En el momento de su generación en el proceso de escaneado, los documentos serán nombrados de forma descriptiva. El nombre deberá ir precedido del número cardinal correspondiente al lugar u orden que ocuparán al ser anexados o adjuntados en el envío a realizar. Deberá incluirse su clase y breve descripción, sin que sirva únicamente una alusión genérica o numeral.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Y para que le sirva de notificación en forma, expido y firmo la presente cédula.

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Número 29

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 14/2/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

CountrySpain

Date14/02/2021

Page count35

Edition count5563

First edition15/01/2001

Last issue01/07/2024

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