Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 12/5/2024 (Suplemento 1)

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 10 de mayo de 2024

Página 78

Tercero. Conforme a la disposición adicional 37 de la Ley 5/2023, de 7 de julio, de la Función Pública de Andalucía, los/as aspirantes que hayan participado en procesos selectivos convocados por el Consorcio Provincial dentro del ámbito de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, y hayan sido propuestos por el tribunal de selección para dos o más plazas distintas deberán optar por una de ellas y para ello deberán comunicar al Consejo de Dirección su opción mediante instancia a través de la sede electrónica del CPBMálaga en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, y serán excluidos de cualquier otro proceso de estabilización de empleo temporal aprobado por el CPBMálaga en el que haya participado, siendo su/s lugar/es ocupado/s por la siguiente/s persona/s aspirante/s conforme al orden consignado en la lista en función de las puntuaciones obtenidas en el proceso selectivo.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Consejo de Dirección del Consorcio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Málaga, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Málaga, a 3 de mayo de 2024.
El Presidente, firmado: Manuel Marmolejo Setién.
1843/2024

D

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Número 90

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Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 12/5/2024 (Suplemento 1)

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

CountrySpain

Date12/05/2024

Page count41

Edition count4129

First edition20/02/2001

Last issue26/06/2024

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