Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 12/1/2023 (Suplemento 1)

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Jueves, 12 de enero de 2023

Página 52

Cuarto. Cuantía de la ayuda El importe de la ayuda se determinará tomando como referencia la cuota líquida del impuesto sobre bienes inmuebles de la vivienda habitual, correspondiente al ejercicio en que se publica la convocatoria, y aplicando el porcentaje que corresponda, según el nivel de renta de la tabla que figura en las bases específicas y convocatoria, hasta una cuantía máxima de 412 euros.
El solicitante, junto con el conjunto de personas empadronadas con él, tienen que haber tenido en el ejercicio anterior un nivel de renta igual o inferior a los que se muestran en dicha tabla para aplicarles el porcentaje de la misma, siempre hasta la cuantía máxima.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de las nuevas solicitudes de ayuda a la ciudadanía será desde el 1
de febrero al 1 de marzo de 2023, ambos inclusive.
Si ya se solicitó la ayuda en el año inmediatamente anterior, no será necesario que presenten solicitud ya que el Ayuntamiento procederá al recálculo de la misma, al contar con la documentación a que se refiere el punto b del apartado 3 de la base octava, existiendo la autorización para la consulta. No obstante, podrá solicitar expresamente su negativa a la autorización de acceso en cualquier momento, en cuyo caso deberá tramitar la solicitud conforme disponen los apartados 2, 3, 4, 5 de la base octava.
La solicitud de ayuda se podrá presentar, de modo presencial en el registro municipal, o por internet, con certificado digital, a través de la plataforma habilitada al efecto http torremolinos.sedelectronica.es el horario final de presentación de solicitudes será a las 13:30 horas, las de modo presencial y a las 24:00 horas las presentadas por internet, del día 1 de marzo de 2023.
No se admitirán a trámite como solicitudes de la ayuda a la ciudadanía los escritos presentados que no se efectúen en el modelo normalizado habilitado por el Ayuntamiento al efecto de esta ayuda, ni las solicitudes presentadas a través de email/fax o correos ordinario o certificado.
Solo se podrán dar curso a las solicitudes con documentación completa. No obstante, los solicitantes podrán subsanar y/o completar su solicitud en el plazo de diez días a contar desde la fecha de presentación.
Torremolinos, 4 de enero de 2023.
La Alcaldesa-Presidenta, P. D. Decreto 10362/2022, el Concejal Delegado de Hacienda, Empresas Municipales, Medio Ambiente y Playas, firmado: Luis José Rodríguez del Pozo.
27/2023

D

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Número 7

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Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 12/1/2023 (Suplemento 1)

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

CountrySpain

Date12/01/2023

Page count11

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First edition20/02/2001

Last issue10/07/2024

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