Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 12/03/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 49

12 de Marzo de 2018

1813

- Proyecto en que se hará constar: planteamiento general o desarrollo de la actividad a realizar, tiempo de duración, presupuesto detallado que nunca podrá exceder los 5.000 euros y listado de colaboradores si los hubiera.
- Fotocopia del D.N.I.
- Certiicado de residencia en caso de no ser natural de Andalucía.
5. En el supuesto de colectivos artísticos, además de la documentación detallada, han de presentar declaración irmada por todos los integrantes en la que conste los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro y nombre de su representante.
7. De las obras.
1. El tiempo de duración para llevar a cabo el proyecto seleccionado no podrá exceder de 1 año, a contar desde la concesión de la beca. Transcurridos los seis primeros meses, los/as artistas becadas presentarán memoria y fotografías de los trabajos realizados hasta la fecha.
2. Una vez ejecutados los proyectos artísticos, los/as artistas becadas estarán obligados a ceder su obra temporalmente a la Diputación, que podrá organizar exposiciones individuales dentro de su programa de exposiciones en la Sala de La Provincia o en cualquier otro espacio que determine el organismo provincial.
3. La Diputación se reserva el derecho a exigir la devolución del importe económico de la beca cuando no se cumplan los plazos establecidos en la presentación de la memoria o cualquiera de las obligaciones recogidas en esta convocatoria.
8. De las obligaciones de las personas beneiciarias.
1. Obligaciones de los/las artistas beneiciarios/as:
a. Destinar la ayuda recibida exclusivamente a la realización del proyecto subvencionado en estas bases.
b. Presentar una Memoria justiicativa de los avances del proyecto conforme a lo establecido en el punto séptimo.
c. Insertar en todo tipo de publicidad, sobre cualquier soporte o formato, que se realice de la obra artística resultante del proyecto becado el logotipo de la Diputación de Huelva Se debe hacer constar que la misma ha obtenido una Beca Daniel Vázquez Díaz de la Diputación de Huelva. El citado logotipo será facilitado por la Diputación de Huelva.
d. Comunicar a la Diputación de Huelva, cualquier eventualidad en el desarrollo del proyecto, que suponga una modificación del mismo. Cualquier cambio en el desarrollo del proyecto objeto de subvención deberá contar con la conformidad previa de esta administración.
e. Admitir, en todo momento, la veriicación de la realización del proyecto por parte de la Diputación de Huelva.
f. Ceder su obra temporalmente a la Diputación, una vez ejecutados los proyectos artísticos, para que ésta pueda organizar exposiciones individuales dentro de su programa de exposiciones en la Sala de La Provincia o en el espacio que determine la Diputación.
g. Donar una obra original a la Diputación, en los términos que ambas partes determinen;
dicha obra pasará a formar parte de los fondos artísticos de este Organismo.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 12/03/2018 a las 00:00:07
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Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 12/03/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

CountrySpain

Date12/03/2018

Page count22

Edition count2604

First edition02/01/2014

Last issue01/08/2024

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