Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/07/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 03 de julio de 2024

queda constituida una Sociedad Anónima, que tiene su domicilio social en la provincia de Buenos Aires. Podrá instalar Agencias, Sucursales, Establecimientos o cualquier tipo de representación dentro y fuera del País. Se traslada sede social a la calle Giribone 909 piso 3 oficina 319 de Canning, pdo. de Ezeiza, pcia. Bs. As. Guadalupe Zambiazzo, Notaria.

PRORAM S.A.
POR 1 DÍA - Por Acta de Directorio del 04/03/2024, se aprobó el cambio de sede social a Giraldes 769, localidad y partido de Quilmes, pcia. Bs. As. María Fernanda Muschitiello, Abogada.

RASCTO CONSTRUCCIONES S.A.S.
POR 1 DÍA - Por Reunión de Socios Nº 6 del 05/01/2024, traslada sede social a calle De los Reseros N 1871 Of. 2 Parque Leloir, localidad y partido de Ituzaingó, provincia de Bs. As., y designa Adm. Tit.: Claudio Rodrigo Tomasello, Adm. Tit.:
Pablo Matías Rapino y Adm. Sup. Federico Gastón Rapino. Cr. Mauriño Matías.

BAIPRO INGENIERÍA Sociedad Anónima POR 1 DÍA - Se hace saber que por Asamblea General Ordinaria del 29/04/2023 se eligieron los miembros del directorio, por tres años, Martin Aversano, arg., DNI 29.776.178, CUIT 20-29776178-2, casado, con domicilio especial en calle Jose Sisco Nº 2307 de Bahía Blanca, como Presidente; Manuel Marbella, arg., DNI 30.423.247, CUIT 20-30423247-2, soltero, con domicilio especial en calle Jose Sisco Nº 2307 de Bahía Blanca, como Director Titular; y Lucía María Diez, arg., DNI
30.823.013, CUIT 27-30823013-4, casada, con domicilio especial en calle Jose Sisco Nº 2307 de Bahía Blanca, como Director Suplente. Martin Aversano, DNI 29.776.178, Presidente.

SANTA MÓNICA S.A.
POR 1 DÍA - Por acta de Asamblea Extraordinaria N 63 del 15/09/2021 se resolvió la aprobación del Texto Ordenado.
Estatuto social Santa Monica S.A. Texto ordenado- 1 Santa Mónica S.A, Dom. social ciudad y partido de Tandil, prov. Bs As., Rep. Arg. 2 99 años desde su inscripción registral. 3 Objeto social: realizar por sí o por terceros asociados a terceros, en el país o en el extranjero, las sig. Act.: a Explot. comercial y desarrollo de sist. de ventas, bienes y serv., comisiones, representaciones, mandatos y gestión de negocios; b El aporte de capitales a terceros, particulares, empresas o soc. para negocios a realizarse, constitución, transferencia de hipotecas y prendas y demás derechos reales, negociación y adm. de valores mobiliarios y la aceptación de créditos en gral, con o sin garantías. Así podrá proceder a realizar operaciones de factoring, dto de doc. y valores bancarios, adm. de inversores con títulos, bonos, acciones, cedulas, obligaciones negociables, bienes fideicomitidos. En todos los casos con medios propios o de terceros, sin recurrir al ahorro público, que implique autorización de funcionamiento como entidad financiera sujeta a contralor estatal; c La compra venta, permuta, adm., fraccionamiento, loteos, urbanización, alquiler o cualquier otra forma de explotación de bienes inmuebles; d La intermediación en la reserva o locación de serv. en cualquier medio de transporte en el país o en el extranjero; la intermediación en la contratación de serv. hoteleros en el país o en el extranjero, la organización de viajes de carácter individual o colectivo, excursiones, cruceros o similares con o sin inclusión de todos los serv. propios de los denominados viajes a forfait, en el país o en el extranjero, la recepción o asistencia de turistas durante los viajes y su permanencia en el país, la prestación a los mismos de guías turísticos y el despacho de sus equipajes: la presentación de otras agencias, tanto nacionales como extranjeras a fin de representar en su nombre cualquier de estos serv.; la realización de act.
similares o conexas a las mencionadas con anterioridad en beneficio del turismo, las cuales se expresan específicamente en la licencia respectiva. Sera requisito ineludible para el ejercicio de estas act. el obtener previamente la respectiva licencia en el Registro de agentes de viajes que llevara el Organismo de Aplicación que fije el Poder Ejecutivo, el que determinara las normas y requisitos grales de idoneidad para hacerlas efectivas; f La explot. o adm. de establecimientos rurales, ganaderos, agrícolas, avícolas, frutícolas, forestales, cría, inverne, mestización, cruza de ganado y hacienda de todo tipo; y cultivos forestaciones, reforestaciones de toda clase, en cabañas granjas, tambos, estancias, potreros, montes, plantaciones de todo tipo y clase, y en gral la explot. agrícola y agropecuaria en todas sus formas; g Agencias Publicitarias:
para desarrollar la act. en todas sus formas; h La construcción y vta. de edificios por el régimen de propiedad horizontal y en gral, la construcción y compra vta. de todo tipo de inmuebles, obras, públicas o privadas, sean a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción de viviendas, puentes, caminos y cualquier otro trabajo del ramo de la ingeniería o arquitectura. 4 Cap. social: $8.000.000 divididos en 8.000 acciones, ordinarias nominativas no endosables de $1.000 valor nominal cada una y de 5 votos por acción. 5 Las acciones de futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, nominativas no endosables o escriturales, según lo determine la Asamblea de Accionistas. Las Acciones Preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordárseles también una participación adicional a las ganancias liquidas y realizadas y reconocérseles prioridad en el reembolso del capital en caso de liquidación de la Soc. Cada acción ordinaria conferirá de uno a cinco votos por acción según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas no darán derecho a voto, salvo los casos en que la Ley 19.550 se los otorga. Los títulos representativos de las acciones, así como los certificados provisorios que se emitan, contendrán las menciones de los art. 211 y 212 LGS. 6 En caso de copropiedad de acciones la soc. podrá exigir la unificación de la representación. Hasta tanto ello no ocurra no podrán ejercitar sus derechos. 7 Las acciones ordinarias y preferidas otorgan a sus titulares derecho preferente a la suscripción de nuevas acciones de la misma clase y derecho de acrecer, en proporción a las que posean de acuerdo a lo previsto en el art. 194 LGS. 8 En caso de mora de la integración de las acciones el suscriptor será intimado a cumplir con su obligación en el término de treinta días, luego del cual se producirá automáticamente la caducidad de sus derechos, con pérdidas de las sumas abonadas. El Directorio podrá disponer que los derechos de suscripción correspondientes a las acciones en mora sean vendidas en remate público, debiendo aplicarse el mismo procedimiento a todos los accionistas que se encuentran en iguales condiciones. 9 La adm. de la Soc. estará a cargo de un Directorio compuesto del n de miembros que fije la Asamblea
SECCIÓN OFICIAL > página 96

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/07/2024 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date03/07/2024

Page count148

Edition count3428

First edition02/07/2010

Last issue09/08/2024

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