Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/07/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 03 de julio de 2024

13.736.322, Clase 1959, quien revistaba en un 1 cargo del Agrupamiento Personal de ServicioClase 2- Código 1-0000VII-2- Categoría 9 - Portero de Escuela "C", con un régimen horario de treinta 30 horas semanales de labor, en el Consejo Escolar de San Isidro, con prestación de servicios en la Escuela Primaria N 13 del mencionado distrito. Artículo 2. Dar intervención a la Dirección Provincial de Asesoramiento Jubilatorio y Certificaciones a fin de realizar, conforme a sus acciones y tareas, la certificación de los servicios brindados por la agente. Artículo 3º. Establecer que la Dirección de Liquidaciones de Haberes, Retribuciones y Aportes a la Educación Privada efectuará la liquidación correspondiente al subsidio por fallecimiento del agente citado en el artículo 1º, en el caso que el beneficiario cumpla con las condiciones establecidas en el artículo 2º del Decreto Ley Nº 9507/80. Artículo 4. Previa intervención de la Dirección Provincial de Asesoramiento Jubilatorio y Certificaciones, registrar esta resolución en la Dirección de Coordinación Administrativa.
Comunicar a la Dirección de Liquidaciones de Haberes, Retribuciones y Aportes a la Educación Privada, Subdirección de Subsidios, Certificaciones y Retenciones. Hecho, notificar por intermedio de la Dirección de Personal a quienes corresponda. Publicar en la Sección Edictos del Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Diego Hernán Turkenich, Subsecretario.
POR 1 DÍA - La Plata, Buenos Aires 19 de junio de 2024 RESO-2024-12511-GDEBA-SSAYRHDGCYE Referencia: EX2024-21455564-GDEBA-SDCADDGCYE - Cese por fallecimiento - CIFUENTES GONZALO. Visto el EX-2024-21455564GDEBA-SDCADDGCYE, mediante el cual se tramita el cese por fallecimiento del docente Gonzalo Cifuentes, y Considerando: Que se ha presentado la documentación correspondiente para dar curso a dicho trámite; Que la Dirección Provincial de Asesoramiento Jubilatorio y Certificaciones realizará la certificación de servicios correspondiente; Que la Dirección de Personal propicia el acto administrativo; Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la RESOC-2020-2-GDEBA-DGCYE; Por ello, El Subsecretario de Administración y Recursos Humanos Resuelve Artículo 1. Dar de baja por fallecimiento, a partir del 28 de abril de 2024, al docente Gonzalo Cifuentes, DNI 23.551.987, Clase 1974, Maestro Especial de Música - dos 2 cargos - titular interino y Maestro Especial de Música suplente de la Escuela de Educación Especial N 502 del distrito de La Matanza. Artículo 2. Dar intervención a la Dirección Provincial de Asesoramiento Jubilatorio y Certificaciones a fin de realizar, conforme a sus acciones y tareas, la certificación de los servicios brindados por el docente. Artículo 3º. Establecer que la Dirección de Liquidaciones de Haberes, Retribuciones y Aportes a la Educación Privada efectuará la liquidación correspondiente al subsidio por fallecimiento del docente citado en el artículo 1º, en el caso que el beneficiario cumpla con las condiciones establecidas en el artículo 2º del Decreto Ley Nº 9507/80. Artículo 4. Previa intervención de la Dirección Provincial de Asesoramiento Jubilatorio y Certificaciones, registrar esta resolución en la Dirección de Coordinación Administrativa. Comunicar a la Dirección de Liquidaciones de Haberes, Retribuciones y Aportes a la Educación Privada, Subdirección de Subsidios, Certificaciones y Retenciones. Hecho, notificar por intermedio de la Dirección de Personal a quienes corresponda. Publicar en la Sección Edictos del Boletín Oficial.
Cumplido, archivar.
Diego Hernán Turkenich, Subsecretario.
POR 1 DÍA - La Plata, Buenos Aires 25 de Junio de 2024 RESO-2024-12730-GDEBA-SSAYRHDGCYE Referencia: EX2024-19083195-GDEBA-SDCADDGCYE - Cese por fallecimiento - INVALDI MIRTA ADELINA. Visto el EX-2024-19083195GDEBA-SDCADDGCYE, mediante el cual se tramita el cese por fallecimiento de la agente Mirta Adelina Invaldi, y Considerando: Que se ha presentado la documentación correspondiente para dar curso a dicho trámite; Que la Dirección Provincial de Asesoramiento Jubilatorio y Certificaciones realizará la certificación de servicios correspondiente; Que la Dirección de Personal propicia el acto administrativo; Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la RESOC-2020-2-GDEBA-DGCYE; Por ello, el Subsecretario de Administración y Recursos Humanos Resuelve Artículo 1. Dar de baja por fallecimiento, a partir del 20 de mayo de 2024, a la agente Mirta Adelina Invaldi, DNI
14.502.153, Clase 1959, quien revistaba en un 1 cargo del Agrupamiento Personal de Servicio - Clase 2 - Código 1-0000VII-A - Categoría 9 - Portero de Escuela "C", con un régimen horario de treinta 30 horas semanales de labor, en el Consejo Escolar de Almirante Brown, con prestación de servicios en la Escuela de Educación Secundaria N 13 del mencionado distrito. Artículo 2. Dar intervención a la Dirección Provincial de Asesoramiento Jubilatorio y Certificaciones a fin de realizar, conforme a sus acciones y tareas, la certificación de los servicios brindados por la agente. Artículo 3º.
Establecer que la Dirección de Liquidaciones de Haberes, Retribuciones y Aportes a la Educación Privada efectuará la liquidación correspondiente al subsidio por fallecimiento de la agente citada en el artículo 1º, en el caso que el beneficiario cumpla con las condiciones establecidas en el artículo 2º del Decreto Ley Nº 9507/80. Artículo 4. Previa intervención de la Dirección Provincial de Asesoramiento Jubilatorio y Certificaciones, registrar esta resolución en la Dirección de Coordinación Administrativa. Comunicar a la Dirección de Liquidaciones de Haberes, Retribuciones y Aportes a la Educación Privada, Subdirección de Subsidios, Certificaciones y Retenciones. Hecho, notificar por intermedio de la Dirección de Personal a quienes corresponda. Publicar en la Sección Edictos del Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Diego Hernán Turkenich, Subsecretario.

CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL PARA MARTILLEROS Y CORREDORES PÚBLICOS DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
POR 1 DÍA - Ley 7.014. Se hace saber que el valor del duodécimo del Aporte Básico Anual Obligatorio ABAO del art. 9, inc. f de la Ley 7014 para los meses de junio y julio de 2024 se ha fijado en $90.000 cada mes, hasta nuevo aviso; importe que como es sabido se abona del 1 al 10 del mes subsiguiente.
Se recuerda que los aportes obligatorios a abonarse son el 6 % por operaciones de compraventa, remates particulares, 3
% por administración y 10 % de los honorarios a cargo del afiliado actuaciones judiciales, conforme a los arts. 38, 41, 41 bis de la Ley 7014, arts. 109, 110 y 111 del Decreto Reglamentario 3630 y Resoluciones concordantes dictadas por el Consejo Superior. Si las sumas mensuales generadas por la actividad no cubren el Aporte Básico Obligatorio, debe completarse hasta el duodécimo que corresponda al mes.
Gustavo D. Nadef, Gerente.

MINISTERIO DE SEGURIDAD

SECCIÓN OFICIAL > página 138

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 03/07/2024 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date03/07/2024

Page count148

Edition count3418

First edition02/07/2010

Last issue26/07/2024

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