Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/07/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 01 de julio de 2024

10.869 y sus modificatorias vigentes. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar a la Contaduría General de la Provincia, al Ministro de Seguridad y al Director General de Administración del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO QUINTO: Rubríquese por el señor Secretario de Actuaciones y Procedimiento, la presente Resolución que consta de tres 3 fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, resérvese este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento por los términos fijados en el Artículo Tercero .Fírmese, cumplido, archívese.
Fallo: 95/2024.
Gustavo Eduardo Diez, Juan Pablo Peredo, Ariel Héctor Pietronave, Daniel Carlos Chillo y Federico Gastón Thea. Rubricado: Gonzalo Sebastián Kodelia.
POR 1 DÍA - Tipo: Recurso de Revisión Fecha de Acuerdo: 06/06/2024
N de Expediente: 4-096.1-2021
Ente u Organismo: Municipalidad de Ramallo - Hospital José María Gomendio Ejercicio: 2021
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando ÚNICO, dejar sin efecto el cargo de $
285.306,95 que fuera dispuesto por el Artículo Cuarto Considerando Tercero, apartado a, del Fallo de las cuentas del ejercicio 2021 por el que se responsabilizara en forma solidaria al Contador Sr. Germán Eusebio MAURI y a la Tesorera Sra. Sandra Edith OCHOA artículo 39 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar al Sr. Germán Eusebio MAURI y a la Sra. Sandra Edith OCHOA, lo resuelto en el artículo precedente.
ARTÍCULO TERCERO: Comunicar la presente Sentencia a la Municipalidad de RamalloHospital José María Gomendio, a la Municipalidad de RAMALLO y al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO CUARTO: Rubríquese por el señor Secretario de Actuaciones y Procedimiento, la presente Resolución que consta de tres fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires. Fírmese, cumplido, archívese.
Fallo: 414/2024.
Daniel Carlos Chillo; Ariel Héctor Pietronave; Gustavo Eduardo Diez; Juan Pablo Peredo; Federico Gastón Thea.
Rubricado: Gonzalo Sebastián Kodelia.
POR 1 DÍA - Tipo: Sumario.
Fecha de Acuerdo: 04/04/2024.
N de Expediente: 21100-743976-2020-0-1.
Sumario de responsabilidad Patrimonial: Ministerio de Seguridad.
Ejercicio: 2020.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar que, por los hechos tratados en el presente sumario administrativo de responsabilidad, el Estado Provincial se ha visto perjudicado en el importe de $32.000,00 referido al mes de marzo de 2020, conforme lo señalado en el Considerando Primero.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar patrimonialmente responsable al señor Elías Rafael CORBALÁN, D.N.I. Nº 35.102.685, por transgresión a los artículos 112 y 114 de la Ley Nº 13.767 arts. 64 y 65 del Decreto-Ley Nº 7764/71, T. O. 9167/86 y concordantes del Decreto Reglamentario y formularle cargo pecuniario por la suma total de doscientos noventa y cuatro mil, novecientos cincuenta $294.950,00 de acuerdo a lo expresado en los Considerandos Segundo y Tercero.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar al señor Elías Rafael CORBALÁN el cargo pecuniario que se le formula en el Artículo Segundo y fijarle plazo de noventa 90 días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9 - CBU 0140999801200000010893 a la orden del Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial art. 33 Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes. Asimismo, se le hace saber que la resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias vigentes. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar a la Contaduría General de la Provincia, al señor Ministro de Seguridad y al Director General de Administración del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO QUINTO: Rubríquese por el señor Secretario de Actuaciones y Procedimiento la presente Resolución que consta de tres 3 fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, resérvese este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento por los términos fijados en el Artículo Tercero. Fírmese, cumplido, archívese.

SECCIÓN OFICIAL > página 76

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/07/2024 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date01/07/2024

Page count145

Edition count3420

First edition02/07/2010

Last issue30/07/2024

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