Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/03/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 19 de marzo de 2024

realizándolas de una manera sustentable y sostenible en el tiempo, esta cartera Ministerial considera primordial la asistencia a los sectores mencionados, a fin de que los mismos puedan realizar sus actividades en forma adecuada y segura;
Que el Gobierno Provincial viene llevando adelante un plan de gobierno que tiene entre sus prioridades la reparación y la recuperación de la senda del desarrollo, el crecimiento y el empleo de la Provincia, potenciando el derecho al futuro de los y las bonaerenses garantizando el turismo todo el año en todo el territorio, y fundamentalmente, la mejora sustancial de la calidad de vida de las y los bonaerenses;
Que el sector turístico de la Provincia requiere del acompañamiento constante y decisivo del Estado, que contribuya al sostenimiento y reactivación de aquellas actividades centrales para sus economías como lo es el impulso del calendario de fiestas populares, festejos y celebraciones en las cuales cobran especial relevancia las creencias, los valores, la memoria, la identidad y la historia locales;
Que, en ese contexto, es dable destacar que la provincia de Buenos Aires se caracteriza por tener un amplio calendario de fiestas populares, festejos y celebraciones, con más de 600 eventos en los 135 municipios, donde cobran valor las creencias, los valores, la memoria, la identidad y la historia locales;
Que el Intendente del Municipio de Dolores, el día 18 de diciembre del año 2023, por medio de nota IF-2024-01882102GDEBA-SSTMPCEITGP dirigida a la Subsecretaría de Turismo solicitó apoyo económico a los eventos denominados Carnaval del Sol 2024 y 30º Fiesta Nacional de la Guitarra, previstos desde el 2 al 4 y del 9 al 12 de febrero, y del 2 al 10 de marzo del corriente año, respectivamente, en la localidad de Dolores, Municipio de Dolores, provincia de Buenos Aires;
Que el Carnaval del Sol 2024 es uno de los eventos más importantes del año, reúne una gran cantidad de turistas, siendo uno de los carnavales más importantes de la Provincia de Buenos Aires, por el cual desfilan los distintos clubes de la ciudad, en formato de comparsas, murgas, batucadas y carrozas a lo largo del Pasaje Ismael Rossi;
Que la 30º Fiesta Nacional de la Guitarra es un evento identitario que representa a los vecinos de la ciudad, realzando elementos de la cultura local, durante el evento se homenajea al compositor y guitarrista don Abel Fleury, quien nació en la ciudad y trasladó con su guitarra el sentir nacional a través de su obra;
Que la realización de los eventos denominados Carnaval del Sol 2024 y 30º Fiesta Nacional de la Guitarra, deviene en un factor significativo para el desarrollo del Municipio dada la amplia participación de productores locales en la oferta de gastronomía, cultura, entretenimiento, producción artesanal y de bienes elaborados que se comercializan durante su transcurso, creando un gran impacto y dinamismo en la economía local en un periodo de tiempo reducido;
Que el Decreto Nº 1037/2003 regula el otorgamiento, por parte del entonces Ministerio de Asuntos Agrarios y Producción, de subsidios y subvenciones dirigidos a la creación y fortalecimiento de las pequeñas y medianas empresas de la industria, el comercio, los servicios, el agro, la minería, la pesca y los restantes sectores productivos que desenvuelven sus actividades principales en el territorio de la provincia de Buenos Aires, y a las agencias y/o centros destinados a promocionar el desarrollo y las actividades de las mismas;
Que, a través de la Resolución N 24/2010, el entonces Ministerio de la Producción aprobó el Reglamento para el Otorgamiento de Subsidios en el marco del mencionado Decreto;
Que, a partir de ello, el aporte no reintegrable solicitado se abonará conforme lo normado por el citado Decreto N
1037/2003 y su Resolución reglamentaria N 24/2010 del entonces Ministerio de la Producción;
Que el artículo 7 del Anexo Único de esta última norma tiene previsto que cuando el beneficiario de la ayuda fuere un Municipio, este efectuará la rendición de cuentas ante el Honorable Tribunal de Cuentas, en el plazo, forma y condiciones que el mismo tenga previsto;
Que la Dirección de Contabilidad y Servicios Generales - Delegación I ha incorporado la Solicitud de Gastos N 1226/2024;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección de Subsidios y Subvenciones del Ministerio de Economía, Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 30 de la Ley de Ministerios N 15.477, el Decreto N 54/2020 -modificado por Decreto N 90/2022-, el Decreto N 1037/2003 y su Resolución reglamentaria N
24/2010 del entonces Ministerio de la Producción.
Por ello, EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Aprobar la solicitud de apoyo económico a los eventos denominados Carnaval del Sol 2024 y 30º Fiesta Nacional de la Guitarra, llevados a cabo del 2 al 4 y del 9 al 12 de febrero; y del 2 al 10 de marzo del corriente año, respectivamente, en la localidad de Dolores, Municipio de Dolores, provincia de Buenos Aires, por un monto total de PESOS VEINTICINCO MILLONES $25.000.000.-.
ARTÍCULO 2º. Autorizar a la Dirección de Contabilidad y Servicios Generales-Delegación I a efectuar el pago a favor de la Municipalidad de Dolores, en concepto de aporte no reintegrable conforme el Decreto N 1037/2003 y su Resolución reglamentaria N 24/2010 del entonces Ministerio de la Producción.
ARTÍCULO 3º. El gasto que demande la ejecución de lo dispuesto en el artículo 1, se erogará con cargo a la siguiente imputación: Solicitud de Gastos N 1226/2024: Jurisdicción 11 - Ja 0 - UE 73 - Pr 4 - Sp 0 - Ac 2 - In 5 - Ppr 3 - Ppa 2 - Spa 899 - Fuente Financiamiento 11 - Ub Geográfica 999 - Importe: PESOS VEINTICINCO MILLONES $25.000.000.- Presupuesto Ejercicio Año 2023, conforme Ley N 15.394, prorrogado para el año 2024 por Decreto Nº 12/24.
ARTÍCULO 4º. El Municipio beneficiario efectuará la rendición de cuentas ante el Honorable Tribunal de Cuentas en los términos previstos por el artículo 7 del Anexo Único de la Resolución N 24/2010 del entonces Ministerio de la Producción.
ARTÍCULO 5º. Registrar. Notificar al Fiscal de Estado. Comunicar a quien corresponda. Publicar en el Boletín Oficial y en el SINDMA. Remitir a la Dirección de Contabilidad y Servicios Generales - Delegación I a fin de proceder con el trámite de pago. Cumplido, pasar a la Subsecretaría de Turismo a los fines de notificar al Municipio.
Augusto Eduardo Costa , Ministro.

SECCIÓN OFICIAL > página 12

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/03/2024 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date19/03/2024

Page count136

Edition count3423

First edition02/07/2010

Last issue02/08/2024

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