Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/02/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 01 de febrero de 2024

2022-765-GDEBA-MIYSPGP, de conformidad con los términos del artículo 14 inciso b de la Ley N 10.430 Texto Ordenado Decreto N 1869/96 y su Decreto Reglamentario N 4161/96.
ARTÍCULO 2º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.14, Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente, a partir del 1º de enero de 2024, a la Licenciada en Periodismo Antonela GALIANI DNI N 33.264.187, Clase 1987, en el cargo de Directora de Comunicación Institucional dependiente de la Dirección Provincial de Prensa, Comunicación Institucional y Ceremonial, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 108 y 109 de la Ley N 10.430 Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96 y su Decreto Reglamentario N
4161/96.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar a la Dirección Provincial de Personal y a la Secretaría General, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Gabriel Nicolás Katopodis, Ministro.

RESOLUCIÓN Nº 86-MIYSPGP-2024
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 26 de Enero de 2024
VISTO el EX-2023-50903459-GDEBA-DPTLMIYSPGP, mediante el cual la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA
ATLÁNTICA S.A. EDEA S.A. interpone recurso de revocatoria con jerárquico en subsidio contra la RESO-2023-1621GDEBA-MIYSPGP, y CONSIDERANDO:
Que el 27 de noviembre de 2023 fue publicada en el Boletín Oficial la RESO-2023-1621-GDEBA-MIYSPGP, por cuyo artículo 1 se aprobó el recálculo de los valores del cuadro tarifario de la EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA
SOCIEDAD ANÓNIMA EDELAP S.A., de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA ATLÁNTICA SOCIEDAD
ANÓNIMA EDEA S.A., de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA EDEN S.A., de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA EDES S.A., del ÁREA RÍO DE LA PLATA, del ÁREA ATLÁNTICA, del ÁREA NORTE, del ÁREA SUR que incorporan las variaciones de los precios de la energía y potencia mayorista aprobados por la Resolución S.E. N 612/23, del valor del gravamen destinado al Fondo Nacional de Energía Eléctrica FNEE a partir del 1º de agosto de 2023 realizados por el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires OCEBA mediante la Resolución N 138/23;
Que el Marco Regulatorio Eléctrico de la provincia de Buenos Aires -Ley Nº 11.769- establece en su artículo 42 inciso a que: Las tarifas de distribución aplicables al abastecimiento de usuarios reflejarán los costos de adquisición de la electricidad, de transporte y su expansión y los costos propios de distribución que se reconozcan por el desarrollo de la actividad específica de distribución de la electricidad, en virtud de los contratos otorgados por la Provincia o las Municipalidades;
Que de conformidad con lo establecido en el Subanexo B del Contrato de Concesión Provincial, los ajustes en los cuadros tarifarios, reflejarán I las variaciones en los precios de la energía y transporte, en la oportunidad que sean fijados por la autoridad nacional y, II la actualización de los valores del costo propio de distribución;
Que dicho cálculo corresponde que sea efectuado por el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires OCEBA y se encuentra sujeto a la aprobación del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos quien, en su carácter de Autoridad de Aplicación, tiene la atribución exclusiva de aprobar las tarifas aplicables;
Que la fijación del precio de la energía es de competencia exclusiva del Poder Ejecutivo Nacional, y consecuentemente su alcance es federal abarcando a los usuarios del servicio público de distribución de energía eléctrica de las distintas jurisdicciones;
Que el Ministerio de Economía de la Nación, a través de la Secretaría de Energía, dictó la Resolución N 612/23, que aprobó la Reprogramación Trimestral de Invierno Definitiva para el Mercado Eléctrico Mayorista MEM para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de octubre de 2023, calculada según Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios Los Procedimientos;
Que por la referida Resolución SE N 612/23 se modificaron los Precios de Referencia de la Potencia POTREF y el Precio Estabilizado de la Energía PEE en el MEM de conformidad con lo establecido en el Anexo I para el citado período comprendido entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de octubre de 2023 artículo 2 de la mencionada Resolución;
Que en lo referido al FONDO NACIONAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA FNEE, el artículo 30 de la Ley N 15.336, modificado por el artículo 70 de la Ley N 24.065, dispone que se constituya por un recargo sobre los precios que paguen los compradores del MEM, facultando a esta Secretaría para modificar el monto del referido recargo. A su vez, la Ley N
25.957 modificó a la Ley N 24.065, incorporando un párrafo adicional por el que se prescribe que, para la determinación del recargo que constituye el FNEE, se afectará el valor antes establecido por el Coeficiente de Adecuación Trimestral CAT referido a los períodos estacionales, por lo que resultó oportuno y conveniente propiciar una adecuación del cargo destinado al FNEE, sobre la base del valor resultante de la aplicación del CAT, calculado según lo dispuesto en la Ley N
25.957, reducido en función de la decisión prudencial de la Autoridad Regulatoria de graduar su incidencia sobre la facturación final de la energía eléctrica;
Que, a través del artículo 2 se determinó para el trimestre comprendido entre el 1 de agosto y el 31 de octubre de 2023, la demanda de energía eléctrica declarada por los Agentes Distribuidores y/o Prestadores del Servicio Público de Distribución del MEM, como destinada a abastecer a sus usuarios de energía eléctrica, o los de otros prestadores del servicio público de distribución de energía eléctrica dentro del área de influencia o concesión del Agente Distribuidor, la aplicación de los Precios de Referencia de la Potencia POTREF y el Precio Estabilizado de la Energía PEE en el MEM
establecidos en el ANEXO I;
Que conforme lo establecido por su artículo 4, se dispuso la continuidad de los valores correspondientes a cada agente distribuidor del MEM por el Servicio Público de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión y por Distribuidor Troncal, incorporados en el Anexo II de la Resolución N 105 de fecha 23 de febrero de 2022 de la Secretaría de Energía del
SECCIÓN OFICIAL > página 11

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/02/2024 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date01/02/2024

Page count108

Edition count3421

First edition02/07/2010

Last issue31/07/2024

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