Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/01/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 23 de enero de 2024

CONSIDERANDO:
Que por Resolución N 3491/21 del Ministerio de Salud y modificatorias, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91 para cubrir, un 1 cargo de Médico Asistente - Especialidad: Neumología, con un régimen horario de treinta y seis 36 horas semanales de labor en el establecimiento referido.
Que obra copia del acta labrada por el pertinente jurado, de la cual surge que se cumplimentaron las etapas previstas por la resolución citada, en lo referido a la realización del examen, el acto de consenso, y el cómputo de antigedad y antecedentes.
Que en virtud de los resultados alcanzados se propicia la designación de Carla TORRES, por haber obtenido el puntaje necesario.
Que a fin de obtener la vacante respectiva, se propicia limitar por la presente, a partir del 7 de diciembre de 2021, la designación de carácter interino de la profesional mencionada en el acápite precedente, en el mismo cargo, lugar de prestación de servicios y régimen horario, que había sido efectuada con anterioridad por Decreto N 1278/17 E.
Que el artículo 50 de la Ley N 10.471 establece que el personal comprendido en este Título carece de estabilidad, concluyendo su desempeño al extinguirse la causal de su designación, o se disponga su cese cuando razones de servicio así lo aconsejen.
Que según lo informado por la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el Ministerio de Salud, la persona que nos ocupa se encuentra percibiendo haberes conforme las condiciones en las que fuera designada como personal de carácter interino dentro del régimen de la Carrera Profesional Hospitalaria Ley N 10.471.
Que en autos se informa que la agente cuya designación se propicia se desempeña efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley Nº 15.394.
Que por el artículo 4º inciso b del Decreto-Ley Nº 9650/80 texto ordenado por Decreto Nº 600/94, se estableció que el personal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del 16 % sobre la remuneración que perciba.
Que en virtud de lo establecido por Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto Nº 2868/02, Carla TORRES debe efectuar el aporte previsional al que se alude en el acápite anterior.
Que por el Decreto N 99/2020 se incorporó al Decreto N 272/17 E el artículo 4 bis, mediante el cual se delegó en el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros, la facultad de designar al personal comprendido en el artículo 7 incisos 1 y 2 de la Ley N 10.471 y al personal previsto en la Ley N 10.430 que cumpla tareas esenciales y que desempeñe servicios efectivos en establecimientos hospitalarios del Ministerio de Salud, previo requerimiento fundado por la Dirección Provincial de Hospitales, o aquella que en el futuro la reemplace.
Que el Decreto N 11/20 establece que en caso de ausencia temporaria o vacancia, las/os Ministras/os Secretarias/os del Poder Ejecutivo serán reemplazados por la autoridad competente.
Que asimismo, el artículo 11 del mencionado Decreto N 272/17 E, modificado por el Decreto N 99/2020, establece que deberán tomar intervención la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas, intervenciones que se encuentran acreditadas en las presentes actuaciones.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N 272/17 E y su modificatorio Decreto N 99/2020 y el Decreto N11/20, de conformidad con los artículos 5º y 21 inciso b de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91.
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO N 272/17 E EL MINISTRO
DE HACIENDA Y FINANZAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES A CARGO
DEL DESPACHO DEL MINISTERIO DE JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Limitar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud, de acuerdo a lo establecido por el artículo 50 de la Ley N 10.471, a partir del 7 de diciembre de 2021, la designación en el grado de Asistente, con carácter Interino, de Carla TORRES D.N.I. 32.174.055 - Clase 1986, como Médica - Especialidad: Neumología, con un régimen horario de treinta y seis 36 horas semanales de labor en el Hospital Zonal General Julio de Vedia de Nueve de Julio, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, que había sido efectuada con anterioridad mediante Decreto N 1278/17 E.
ARTÍCULO 2. Designar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud, a partir del 7 de diciembre de 2021, en la planta permanente, por Concurso Abierto de Méritos, Antecedentes y Evaluación, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, en el grado de Asistente, a Carla TORRES D.N.I. 32.174.055 - Clase 1986, para desempeñar el cargo de Médica - Especialidad: Neumología, con un régimen horario de treinta y seis 36 horas semanales de labor artículo 25 de la Ley N 10.471, modificado por el artículo 2 de la Ley N 10.678 en la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud - Dirección Provincial de Hospitales - Hospital Zonal General Julio de Vedia de Nueve de Julio.
ARTÍCULO 3. Dejar establecido que, a partir del 7 de diciembre de 2021 la profesional citada en el artículo precedente, debe efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del 16% sobre la remuneración que perciba, de conformidad con lo establecido por el artículo 4 inciso b del Decreto-Ley N 9650/80 texto ordenado por Decreto N 600/94, en virtud de lo establecido por Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto Nº 2868/02.
ARTÍCULO 4. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 - Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 10 -

SECCIÓN OFICIAL > página 22

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/01/2024 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date23/01/2024

Page count121

Edition count3425

First edition02/07/2010

Last issue06/08/2024

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