Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/07/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 13 de julio de 2023

jul. 7 v. jul. 13
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires notifica a los derechohabientes del causante de autos por 5 días, en el Expediente Nº 2803-29531-86 la Resolución Nº 9947392 de fecha 28 de abril de 2021.
RESOLUCIÓN Nº 9947392
VISTO, el expediente N 2803-29531-86 iniciado por quien en vida fuera María Angélica NEGRI, atento haberse producido el fallecimiento de la titular de autos, detectarse extracciones indebidas con posterioridad a su deceso y no haberse notificado lo dispuesto por Resolución N 750596, y CONSIDERANDO, Que por Resolución N 750596 del 3 de julio de 2013 ver fojas 290/291 se hace lugar al pago de la Bonificación reclamada por la causante autos, prevista para el personal de IOMA en el Decreto N 1486/93 y su modificatorio N 637/03, a partir del 18-04-2010, en virtud de la presentación realizada a foja 260 14-04-2012 y el plazo de prescripción previsto en el párrafo tercero del art. 62 del Decreto-Ley N 9650/80;
Que se advierte que si bien dicho acto ha sido dictado con fecha 03-07-2013 y el deceso de la causante se produjo con fecha 01-01-2015, el mismo no fue notificado a la Sra. NEGRI y consecuentemente no ejecutado;
Que ello así, corresponde subsanar la situación descripta, debiendo dejar sin efecto el citado acto en los términos del art.
114 del Decreto-Ley N 7647/70, toda vez que el mismo fue dictado con posterioridad al fallecimiento de la causante de autos;
Que consecuentemente, respecto de la deuda por aportes personales no efectuados, se deberá intimar a los derechohabientes de la causante en los autos sucesorios que tramitan por ante el Juzgado Civil y Comercial N 1 de Olavarría, bajo apercibimiento de iniciar acciones judiciales;
Que asimismo, corresponde declarar de legítimo abono las sumas pertinentes a los herederos que formalmente lo peticionen de conformidad con lo dispuesto en la Resolución N 04/2007 de este Organismo;
Que por último, habida cuenta detectarse extracciones efectuadas con posterioridad al deceso de la causante de autos, conforme lo actuado a fojas 305/306, corresponde declarar legítima la deuda liquidada y, teniendo en cuenta que prima facie nos encontraríamos ante la posible comisión de un eventual delito de un eventual delito de acción pública, se deberá dar intervención a la Dirección de Planificación y Control de Gestión, para que proceda a efectuar la pertinente denuncia ante la justicia, a fin de determinarse la comisión y autoría del eventual delito;
Que a foja 312/313 obra dictamen de la Comisión de Prestaciones e Interpretación Legal;
Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 28 de abril de 2021, según consta en el Acta N 3564;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la ley N 8587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Revocar, a contrario sensu de lo normado por el art. 114 del Decreto-Ley N 7647/70, la totalidad de la Resolución N 750596 del 3 de julio de 2013, conforme argumentos vertidos en la parte considerativa del presente acto.
ARTÍCULO 2. Reconocer el derecho a reajuste del beneficio jubilatorio que le asistía a María Angélica NEGRI al pago de la bonificación reclamada, prevista para el personal de IOMA en el Decreto N 1496/96 y su modificatorio N 637/03, conforme a los argumentos vertidos en la parte considerativa del presente acto, a partir del 18-04-2010, con efectos patrimoniales desde el 18-04-2010, en virtud de la presentación realizada a fojas 260 del 18-04-2012, y la aplicación del plazo de prescripción previsto por el art. 62, párrafo III del Decreto-Ley N 9650/80
ARTÍCULO 3. Declarar de legítimo abono las sumas correspondientes a los herederos que formalmente las peticionen de conformidad con los términos de la Resolución N 4/07.
ARTÍCULO 4. Declarar legítimo el cargo deudor liquidado a foja 287 en concepto de aportes personales y contribuciones patronales no efectuadas por un total de $48.400,40 y $41.486,06 respectivamente, en virtud de haber percibido la causante el suplemento previsto para el personal de IOMA sin efectuar los aportes de Ley durante el lapso 01-04-1993 al 27-02-2002.
ARTÍCULO 5. Intimar a los derechohabientes de María Angélica NEGRI, en los autos NEGRI MARÍA ANGÉLICA
S/SUCESIÓN AB INTESTATO que tramitan por ante el Juzgado de 1 Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de Olavarría, Departamento Judicial Azul, a fin de que en el plazo perentorio de diez 10 días de notificados, abonen a este Instituto el importe total declarado legítimo en el punto 4 del presente acto en concepto de aportes personales no efectuados, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales que por derecho correspondan.
ARTÍCULO 6. Informar que se deberá depositar el importe en la cuenta de este IPS N 50046/3 CBU
0140999801200005004639 del Banco de la Provincia de Buenos Aires -Casa Matriz de La Plata-, y presentar las respectivas boletas de depósito bancario en la Dirección de Recaudación y Fiscalización o bien remitirlas vía electrónica al correo sectordeudas@ips.qba.qov.ar.
ARTÍCULO 7. Establecer que en caso de transcurrir el plazo citado en el punto 5 del presente acto sin haberse presentado propuesta de pago, se deberá arbitrar el trámite tendiente a la confección del pertinente Título Ejecutivo.
ARTÍCULO 8. Establecer que, en virtud de la detección de extracciones dineradas indebidas realizadas con posterioridad al fallecimiento de la causante, que arrojan como resultado un saldo a favor de este Instituto por un total de $36.661,41 ver fojas 305/306 y atento que prima facie nos encontraríamos ante la posible comisión de un eventual delito de acción pública, deberá darse intervención a la Dirección de Planificación y Control de Gestión a efectos de efectuar la pertinente denuncia ante la justicia, a fin de determinar la comisión y autoría del eventual delito.
ARTÍCULO 9. Dar intervención oportunamente a la Dirección de Recaudación y Fiscalización -Departamento Entes
SECCIÓN OFICIAL > página 61

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/07/2023 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date13/07/2023

Page count136

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First edition02/07/2010

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