Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/03/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 29 de marzo de 2023

dejándolo sin efecto hasta la suma de $788.474,93 por el que se responsabilizara por la suma de $14.629,95 al Intendente Municipal Maximiliano Alejo Mazzanti en solidaridad con el Contador Municipal Jorge Juan Iraola, por la suma de $23.392,05 a la Intendente Municipal Marisa Viviana Amalia Fassi en solidaridad con el Contador Municipal Jorge Juan Iraola y por la suma de $750.452,93 al Intendente Municipal Gustavo Héctor Arrieta en solidaridad con el Contador Municipal Jorge Juan Iraola manteniéndolo por la suma de $44.443,49 por el que responderá el Intendente Municipal Gustavo Héctor Arrieta en solidaridad con el Contador Municipal Jorge Juan Iraola artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos expuestos en el considerando segundo, dejar sin efecto el cargo de $695.241,65 que fuera dispuesto por el artículo noveno, considerando octavo, apartado 8, del fallo de las cuentas del ejercicio 2019, por el que se responsabilizara por la suma de $171.002,82 al Intendente Municipal Edgardo Hugo Castagneris en solidaridad con el Contador Municipal Jorge Juan Iraola y por la suma de $524.238,83 al Intendente Municipal Gustavo Héctor Arrieta en solidaridad con el Contador Municipal Jorge Juan Iraola artículo 39 de la Ley nro.
10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando tercero, dejar sin efecto el cargo de $33.079,85
que fuera dispuesto por el artículo décimo, considerando octavo, apartado 9, del fallo de las cuentas del ejercicio 2019, por el que se responsabilizara al Intendente Municipal Gustavo Héctor Arrieta en solidaridad con el Contador Municipal Jorge Juan Iraola, con la Directora General de Ciencias, Tecnologías y Políticas Educativas Sandra del Carmen Cardozo y con la Tesorera Municipal Miriam Beatriz Martínez García artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando cuarto, dejar sin efecto el cargo de $3.326.624,55 que fuera dispuesto por el artículo undécimo, considerando octavo, apartado 10, del fallo de las cuentas del ejercicio 2019, por el que se responsabilizara al Intendente Municipal Gustavo Héctor Arrieta en solidaridad con el Contador Municipal Jorge Juan Iraola artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando quinto, mantener el cargo de $492.345,56 que fuera dispuesto por el artículo duodécimo, considerando octavo, apartado 17 del fallo de las cuentas del ejercicio 2019, por el que responderá el Intendente Municipal Gustavo Héctor Arrieta en solidaridad con el Contador Municipal Jorge Juan Iraola y con el Subsecretario de Comunicación Ciudadana Mariano Pitarch artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando sexto, dejar sin efecto el cargo de $57.084,18 que fuera dispuesto por el artículo décimo cuarto, considerando octavo, apartado 22, del fallo de las cuentas del ejercicio 2019, por el que se responsabilizara al Intendente Municipal Gustavo Héctor Arrieta en solidaridad con el Contador Municipal Jorge Juan Iraola artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Declarar la improcedencia formal de la presentación efectuada por la Sra. Miriam Beatriz Martínez García, contra el Fallo nro. 403/2021, del día 16 de diciembre de 2021, en virtud de lo consignado en el considerando séptimo.
ARTÍCULO OCTAVO: Notificar a los Sres. Edgardo Hugo Castagneris, Gustavo Héctor Arrieta, Jorge Juan Iraola y Maximiliano Alejo Mazzanti y a las Sras. Marisa Viviana Amalia Fassi, Miriam Beatriz Martínez García y Sandra del Carmen Cardozo, lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles, a los alcanzados con sanciones pecuniarias, plazo de noventa días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal nro. 108/9 cargos Pesos CBU 0140999801200000010893, a la orden del Presidente de este Honorable Tribunal de Cuentas CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite. Asimismo y para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley nro. 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado, para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO NOVENO: Dejar constancia de lo señalado en los considerandos octavo, noveno, décimo y undécimo.
ARTÍCULO DÉCIMO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Cañuelas, para su conocimiento.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Rubríquese por el Señor Secretario de Actuaciones y Procedimiento, la presente Resolución que consta de doce fojas; firmarlo en un ejemplar; publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica de este Honorable Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante el término fijado en el artículo octavo. Fírmese, cumplido, archívese.
Fallo: 29/2023.
Daniel Carlos Chillo; Ariel Héctor Pietronave; Gustavo Eduardo Diez; Juan Pablo Peredo; Federico Gastón Thea.
Rubricado: Gonzalo Sebastián Kodelia.
POR 1 DÍA - Tipo: Sumario.
Fecha de Acuerdo: 09/02/2023.
N de Expediente: 21100-689570-2015-0-1.
Sumario de Responsabilidad Patrimonial: Ministerio de Seguridad.
Ejercicio: 2015
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar que, por los hechos tratados en el presente sumario administrativo de responsabilidad, el Estado Provincial se ha visto perjudicado en el importe de $8.950,00 y $7.172,37 referido al mes de noviembre de 2015, conforme lo señalado en el Considerando Primero.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar patrimonialmente responsables a los señores Bruno Santiago Mauro SCARSI, D.N.I. Nº 30.777.928 y a Jorge Walter ARGAÑARAZ, D.N.I. N 16.300.715 por transgresión a los artículos 112 y 114 de la Ley Nº
SECCIÓN OFICIAL > página 168

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/03/2023 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date29/03/2023

Page count236

Edition count3409

First edition02/07/2010

Last issue15/07/2024

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