Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/08/2022 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 12 de agosto de 2022

ARTÍCULO PRIMERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando único, dejar sin efecto el cargo de $66.640,27, que fuera dispuesto por el artículo décimo, considerando séptimo, apartado 7, del fallo de las cuentas del ejercicio 2018, por el que se responsabilizara al Intendente Municipal Eduardo Marcelo Santillán en solidaridad con la Secretaria de Gobierno y Hacienda Ana María Ferrario, con la Contadora Municipal María Susana Suárez y con la Tesorera Municipal Silvia Albina Pattaro artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar al Sr. Eduardo Marcelo Santillán y a las Sras. Ana María Ferrario, María Susana Suárez y Silvia Albina Pattaro, de lo dispuesto en el artículo primero.
ARTÍCULO TERCERO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Adolfo Gonzales Chaves, para su conocimiento.
ARTÍCULO CUARTO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución nro. 18/16 de este Honorable Tribunal de Cuentas el presente fallo que consta de dos fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la página web de este Honorable Tribunal de Cuentas. Cumplido, archívese.
Fallo: 576/2022
Daniel Carlos Chillo; Juan Pablo Peredo; Gustavo Eduardo Diez; Ariel Héctor Pietronave; Federico Gastón Thea.
Rubricado: Ricardo César Patat.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 14/07/2022
N de Expediente: 4-090.0-2020
Ente u Organismo: Municipalidad de Puán Ejercicio: 2020
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad PUAN, ejercicio 2020 acorde a lo expresado en el Considerando octavo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en los considerandos segundo apartado 1.1, 1.2, 1.7, 1.9, 1,11, 1.13 y cuarto acápites 3.5.2, 3.8 y 3.9.
ARTÍCULO TERCERO: Disponer que la Delegación actuante tome nota de lo manifestado en los considerandos segundo apartado 1.8 y quinto acápite 4.4.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos reseñados en los Considerandos segundo, tercero, cuarto y quinto y en base a la determinación efectuada en el Considerando séptimo aplicar multas de $35.000,00 al Intendente Municipal Sr. Facundo David Castelli, de $25.000,00 al Contador Municipal Sr. Fernando Andrés Merkel Riera y sendas amonestaciones a la Tesorera Municipal Sra. María Laura Vicente, al Asesor Legal Sr. Francisco Javier Favrat, al Coordinador de Ingresos Sr.
Pablo César Ferraris, a la Jefa de Personal y Responsable del Sistema de Administración de Personal Sra. Magalí de los Milagros Pérez, a la Jefa de Compras Sra. Silvina Andrea Ballesteros, al Director de Obras y Servicios Públicos Sr. Sergio Daniel del Valle y al Secretario de Hacienda Sr. Cristian Saúl Desch Artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Por los fundamentos desarrollados en el considerando tercero apartado 2.1.2, disponer la formulación de cargo por la suma total de $3.135,75 por el que responderán solidariamente el Contador Municipal Sr.
Fernando Andrés Merkel Riera y la Tesorera Municipal Interina Sra. Nina Daniela Quiñones Cuartas artículo 16 inciso 3º de la Ley 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Confirmar la observación a que se refiere el considerando quinto apartado 4.1 sin otros alcances Artículo 16 de la Ley nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Por los fundamentos desarrollados en el considerando quinto apartado 4.2, disponer la formulación de cargo por la suma total de $62.462,16 por el que responderán de manera solidaria el Intendente Municipal Sr. Facundo David Castelli y el Contador Municipal Sr. Fernando Andrés Merkel Riera artículo 16 inciso 3º de la Ley 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO OCTAVO: Por los fundamentos desarrollados en el considerando quinto apartado 4.3, disponer la formulación de cargo por la suma total de $176.176,56 por el que responderán de manera solidaria el Intendente Municipal Sr. Facundo David Castelli y el Contador Municipal Sr. Fernando Andrés Merkel Riera artículo 16 inciso 3º de la Ley 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO NOVENO: Por los fundamentos desarrollados en el considerando quinto apartado 4.5, disponer la formulación de cargo por la suma total de $248.924,04 por el que responderán solidariamente el Intendente Municipal Sr. Facundo David Castelli, el Contador Municipal Sr. Fernando Andrés Merkel Riera, el Secretario de Hacienda Sr. Cristian Saúl Desch y la Secretaria de Gobierno Sra. María Lorena Ustarroz artículo 16 inciso 3º de la Ley 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO DÉCIMO: Mantener en suspenso la cuestión a que se refiere el considerando quinto apartado 4.6 y en base a lo manifestado en el considerando sexto, disponer la continuidad de la reserva dispuesta por el artículo sexto del fallo correspondiente al ejercicio 2019, respecto del tema abordado en el Considerando séptimo apartado 7.3, y disponer que la Delegación Zonal y la División Relatora tomen debida nota para informar en los futuros ejercicios, declarando que los Sres. Intendente Municipal Sr. Facundo David Castelli, Ex Secretaria de Gobierno y Hacienda Sra. María Lorena Ustarroz, Secretario de Hacienda Sr. Cristian Saúl Desch, Contador Municipal Sr. Fernando Andrés Merkel Riera y Secretaria de Promoción Social Sra. Liliana Mabel León, alcanzados por la reserva detallada, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto del tema cuyo tratamiento se posterga Artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Notificar a los Sres.Facundo David Castelli, Fernando Andrés Merkel Riera, Sergio Daniel del Valle, Cristian Saúl Desch, Francisco Javier Favrat, Pablo César Ferraris, y a las Sras. Liliana Mabel León, María Laura Vicente, Nina Daniela Quiñones Cuartas, María Lorena Ustarroz, Magalí de los Milagros Pérez y Silvina Andrea Ballesteros, de lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles a los funcionarios alcanzados por sanciones pecuniarias un plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales Nº 1865/4 multas Pesos - CBU

SECCIÓN OFICIAL > página 77

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/08/2022 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date12/08/2022

Page count146

Edition count3408

First edition02/07/2010

Last issue12/07/2024

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