Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/07/2022 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 05 de julio de 2022

hasta la localidad de Aguas Verdes, transportando diecinueve 19 pasajeros; Que la imputada no ha formulado descargo en el plazo de ley; Que en consecuencia, y no existiendo nuevos elementos de juicio que permitan revertir la falta constatada, corresponde dictar el pertinente acto administrativo aplicando la sanción correspondiente; Que en cuanto al encuadre normativo, resulta de aplicación al caso bajo análisis el artículo 212 del Decreto Nº 6864/58, Reglamentario del Decreto - Ley Nº 16.378/57 y sus modificaciones; Que conforme surge del Sistema de Multas de la Subsecretaría de Transporte, la imputada no se considera reincidente en los términos del artículo 185 del Decreto 6864/58; Que también resultan de aplicación el Decreto Ley Nº 7647/70, normas de procedimiento administrativo, texto actualizado con las modificaciones introducidas por las leyes Nº 13.262, 13.708, 14.224 y 14.229; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Ley Nº 16.378/57 y el Decreto Nº 6864/58; Por ello, el Director Provincial de Fiscalización del Transporte de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires Dispone Artículo 1. Sancionar a la empresa Transferbus S.A.S. CUIT Nº 30-71636372-0; por la infracción configurada en el artículo 212 del Decreto N 6864/58 reglamentario del Decreto-Ley N 16378/57 y sus modificaciones, aplicando una 1 multa de Pesos Cuarenta y Tres Mil Diez $43.010. Artículo 2º. Informar al imputado que podrá recurrir el presente acto resolutivo en los términos del artículo 89 del Decreto Ley Nº 7647/70 de Procedimiento Administrativo, disponiendo al efecto de un plazo de diez 10 días hábiles a partir de la notificación de la presente; o en su caso proceder al pago de la multa para lo cual dispone de un plazo de veinte 20 días hábiles computables a partir del acto notificatorio. Artículo 3º. En caso de optar por el pago de la multa impuesta, esta deberá abonarse mediante interdepósito bancario del Banco de la Provincia de Buenos Aires a la orden Fondo provincial del transporte -Ley 11.126- cuenta 1568/6
Casa Matriz La Plata, debiendo remitir o presentar el comprobante original ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 7 Nº 1267 Piso 7 de la ciudad de La Plata, más un sellado provincial de reposición de fojas; indicando nombre y apellido y número de expediente. Artículo 4º. Se comunica que mediante Decreto Nº 871/02, se ha aprobado el Régimen de Regularización de Deudas en concepto de multas, al que podrá adherir a fin de formalizar el pago en cuotas de la deuda; debiendo a tal efecto presentarse ante la Subsecretaría de Transporte el titular o el representante legal, acreditando el carácter invocado y/o formular consulta respecto al estado de deuda, a través del correo direccionrys.multas@gmail.com.
Artículo 5º. Registrar, comunicar y notificar. Cumplido, archivar. Disposición Nº DISPO-2022-94-GDEBA-DPFTMIYSPGP."
Queda usted debidamente notificado.
Horacio Anello, Director jul. 1º v. jul. 7
POR 5 DÍAS - Notifico al señor FINOS CLAUDIO DANIEL DNI 14.559.889 con domicilio real Constitución n 3462 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que por expediente EX-2021-31395535-GDEBA-DPTLMIYSPGP en trámite ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 7 n 1267, se ha dictado la Disposición que a continuación se transcribe: "La Plata, 10 de marzo de 2022. Visto el Expediente N EX-2021-31395535-GDEBA-DPTLMIYSPGP del Registro del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos; y Considerando: Que las presentes actuaciones están originadas con motivo del contralor sobre los denominados servicios de transporte de pasajeros, efectuado en Peaje de Hudson, partido de Berazategui, el día 24 de noviembre de 2021, en donde se labró el Acta de Comprobación Nº 0003179; Que en dicha acta se imputa al Sr. Finos Claudio Daniel CUIT 20-14559889-4, por realizar tráficos no autorizados, en el caso: con el vehículo Dominio AB995GA interno 114, se realizaba un servicio de transporte de pasajeros desde Av. San Martín y Gral. Paz lado provincia hasta Chascomús, transportando treinta y tres 33 pasajeros presenta habilitación de la CNRT Nº 70192; Que el imputado no ha formulado descargo en el plazo de ley; Que conforme surge del sistema de multas de la Subsecretaría de Transporte, la imputada no se considera reincidente en los términos del artículo 185 del Decreto N 6864/58; Que en consecuencia, y no existiendo nuevos elementos de juicio que permitan revertir la falta constatada, se estima pertinente dictar el acto administrativo aplicando la sanción correspondiente; Que en cuanto al encuadre normativo, resulta de aplicación al caso bajo análisis el artículo 212 del Decreto Nº 6864/58, Reglamentario del Decreto - Ley Nº 16.378/57 y sus modificaciones; Que también resultan de aplicación el Decreto Ley Nº 7647/70, normas de procedimiento administrativo, texto actualizado con las modificaciones introducidas por las leyes Nº 13.262, 13.708, 14.224 y 14.229; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Ley Nº 16.378/57 y el Decreto Nº 6864/58; Por ello, el Director Provincial de Fiscalización del Transporte de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia De Buenos Aires Dispone Artículo 1. Sancionar al Sr. Finos Claudio Daniel CUIT 2014559889-4, por la infracción configurada en el artículo 212 del Decreto N 6864/58 reglamentario del Decreto-Ley N
16378/57 y sus modificaciones, aplicando una 1 multa de Pesos Cuarenta y Tres Mil Diez $43.010. Artículo 2º. Informar al imputado que podrá recurrir el presente acto resolutivo en los términos del artículo 89 del Decreto Ley Nº 7647/70 de Procedimiento Administrativo, disponiendo al efecto de un plazo de diez 10 días hábiles a partir de la notificación de la presente; o en su caso proceder al pago de la multa para lo cual dispone de un plazo de veinte 20 días hábiles computables a partir del acto notificatorio. Artículo 3º. En caso de optar por el pago de la multa impuesta, esta deberá abonarse mediante interdepósito bancario del Banco de la Provincia de Buenos Aires a la Orden Fondo Provincial del Transporte -Ley 11.126- cuenta 1568/6 Casa Matriz La Plata, debiendo remitir o presentar el comprobante original ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 7 Nº 1267 Piso 7 de la ciudad de La Plata, más un sellado provincial de reposición de fojas; indicando nombre y apellido y número de expediente. Artículo 4º. Se comunica que mediante Decreto Nº 871/02, se ha aprobado el Régimen de Regularización de Deudas en concepto de multas, al que podrá adherir a fin de formalizar el pago en cuotas de la deuda; debiendo a tal efecto presentarse ante la Subsecretaría de Transporte el titular o el representante legal, acreditando el carácter invocado y/o formular consulta respecto al estado de deuda, a través del correo direccionrys.multas@gmail.com. Artículo 5º. Registrar, comunicar y notificar. Cumplido, archivar. Disposición Nº DISPO-2022-87-GDEBA-DPFTMIYSPGP." Queda usted debidamente notificado.
Horacio Anello, Director jul. 1º v. jul. 7
POR 5 DÍAS - Notifico a la firma TRANSPORTES OSTUNI S.R.L. CUIT 30-71600041-5 con domicilio real en Avenida San Martín N 1720 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que por expediente EX-2021-31219479-GDEBA-DPTLMIYSPGP
en trámite ante esta Subsecretaría de Transporte, sita en calle 7 N 1267, se ha dictado la Disposición que a continuación se transcribe: "La Plata, 10 de marzo de 2022. Visto el Expediente N EX-2021-31219479-GDEBA-DPTLMIYSPGP del
SECCIÓN OFICIAL > página 152

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/07/2022 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date05/07/2022

Page count167

Edition count3424

First edition02/07/2010

Last issue05/08/2024

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