Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/06/2022 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 07 de junio de 2022

VISTO el expediente N 21557-473126-18 correspondiente al Establecimiento Educativo de Gestión Privada La Nueva Escuela, DIPREGEP N 3106, Distrito Esteban Echeverría, Nivel Educación Especial, en el cual resulta un cargo deudor, y;
CONSIDERANDO:
Que los propietarios del establecimiento educativo privado La Nueva Escuela, DIPREGEP N 3106, Distrito Esteban Echeverría, señora MARÍA SILVIA PIÑEIRO, Documento Nacional de Identidad 5.737.771 y señor ANGEL FACUNDO BO, Documento Nacional de Identidad 21.086.692, adeudan aportes personales, contribuciones patronales, intereses compensatorios y/o multas por los períodos octubre de 1992 a septiembre de 2018.
Que oportunamente el establecimiento educativo privado de referencia se adhirió al plan de regularización y pago de deuda dispuesto por Resolución del Honorable Directorio N 05/15, Plan A, por el lapso octubre 1992 a octubre de 2015.
Que tal compromiso se encuentra decaído tornándose exigible la deuda en cuestión, habida cuenta el incumplimiento de la entidad y lo dispuesto en dicha resolución, artículo 4 del Anexo I: Cuando se verifique el incumplimiento total o parcial de dos 2 obligaciones mensuales normales que venzan a partir del mes de la adhesión, y/o de dos 2 cuotas del presente plan procederá, sin necesidad de intimación previa, el decaimiento del plan, implicando la pérdida de todos los beneficios adquiridos por el presente, retrotrayendo la situación al momento inmediato anterior a la adhesión, y quedando expedito el procedimiento de intimación de deuda y eventual cobro ejecutivo por la vía de apremio.
Que a su vez registra incumplimiento de aportes personales, contribuciones patronales y multas por el lapso, no incluido en plan de pago alguno, que va desde noviembre de 2015 a septiembre de 2018;
Que habiéndose cursado intimación al establecimiento con la finalidad de regularizar su situación en el plazo de 10 días corridos, bajo apercibimiento de determinar deuda de oficio y reclamar los montos por vía judicial;
Que no registrándose presentación alguna a la fecha, tal deuda se torna exigióle con la modalidad señala;
Que se ha liquidado la deuda en cuestión, según el informe de la Dirección de Recaudación y Fiscalización -Departamento Recursos Entes No Oficialesobrante a fs. 9/32, por el total de los períodos adeudados, la cual asciende a la suma de Pesos once millones ochocientos sesenta y siete mil seiscientos veinte mil con 30/100 $11.867.620,30.
Que la obligatoriedad de ingresar los aportes y contribuciones patronales reside en el carácter solidario y contributivo del régimen jubilatorio provincial, basado en un sistema de reparto, sustentable con el ingreso de las cargas impuestas por ley a los empleadores a tenor de los artículos 2, 4, 5 y 10 del Decreto-Ley 9650/80;
Que el incumplimiento en que ha incurrido el establecimiento educativo, la intimación cursada y ajustándose la deuda practicada a las pautas emergentes de la Resolución del Honorable Directorio de este IPS N 15/06 y N 05/15, se deberá proceder al recupero de los adeudado mediante la vía del apremio, siguiéndose al efecto el trámite de rigor;
Que se han expedido la Contaduría General de la Provincia y la Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 inc. m de la ley N 8587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Declarar legítimo el cargo deudor practicado en autos, el cual asciende a la suma de Pesos once millones ochocientos sesenta y siete mil seiscientos veinte mil con 30/100 $11.867.620,30, en concepto de aportes personales, contribuciones patronales, intereses compensatorios, por el período octubre de 1992 a septiembre de 2018, adeudados por los propietarios del establecimiento educativo privado La Nueva Escuela, DIPREGEP N 3106, Distrito Esteban Echeverría, señora MARÍA SILVIA PIÑEIRO, Documento Nacional de Identidad 5.737.771 y señor ANGEL FACUNDO BO, Documento Nacional de Identidad 21.086.692, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 2, 4, 5 y 10 del Decreto-Ley 9650/80, Resolución del Honorable Directorio de este IPS N 15/06 y N 5/15 y argumentos vertidos precedentemente.
ARTÍCULO 2º: Notificar el acto administrativo que dicte en consecuencia, cumplido, el sector Deuda Empleadores de la Dirección de Recaudación y Fiscalización confeccionará el título ejecutivo correspondiente y con su resultado remitir a la Subsecretaría de Ejecución de Créditos Fiscales y Tributarios de la Fiscalía de Estado para que actúe en el marco de su competencia.
ARTÍCULO 3º: Registrar. Pasen las presentes actuaciones al Sector Deuda Empleadores de la Dirección de Recaudación y Fiscalización a efectos de notificar. Cumplido, siga su trámite como por derecho corresponda.
Sector Deuda Empleadores Christian Gribaudo, Presidente jun. 1º v. jun. 7
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica a la titular de autos por 5 días, en el Expediente Nº 21557-27574-05 el proveído de fecha 9 de mayo de 2022:
Atento lo requerido por el Sr. Fiscal de Estado a foja 215 y en atención a lo informado en constancias del correo argentino de fs 218/219, pasen las presentes actuaciones al Departamento Técnico AdministrativoSector Edictos a los fines de publicar edictos Conforme los términos del art. 66 del Dec. Ley 7647/70, debiendo intimarse a NIEVAS BÁRBARA
MICAELA a que en el plazo improrrogable de 10 días, Acompañe A las presentes actuaciones, certificados de alumna regular y/o constancias de asistencia y/o finalización de estudios respecto a los ciclos lectivos 2013, 2014,2015,2016, 2017, ello bajo apercibimiento de resolver con las constancias obrantes en autos, y declarar la caduciDad del beneficio pensionario que percibiera al 01/03/2013, y en consecuencia declarar legítima la deuda liquidada, por percepción indebida de haberes desde el 01/03/2013 y hasta el 30/06/2017 por un total de pesos doscientos setenta y dos mil novecientos veintiocho, CON 18/100 272.928,18, a causa de no estar acreditados en autos los extremos del 37 del DecretoLey N
9650/80 T.O. 600/94 para convalidar la prórroga del beneficio durante el período de la deuda referida.
Departamento de Relatoría
SECCIÓN OFICIAL > página 50

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/06/2022 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date07/06/2022

Page count119

Edition count3405

First edition02/07/2010

Last issue04/07/2024

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