Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/02/2022 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 25 de febrero de 2022

en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley nro. 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para su conocimiento.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución nro. 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de veinte fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la página web de este Honorable Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante el término fijado en el artículo quinto. Cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 16/12/2021
N de Expediente: 4-058.0-2019
Ente u Organismo: Municipalidad de Benito Juárez Ejercicio: 2019
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de BENITO JUÁREZ, ejercicio 2019, acorde a lo expresado en el considerando octavo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia sin otros alcances el incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en los considerandos segundo, apartados 1, 2 y 3, tercero, apartado 1, cuarto, apartados 1 y 2 y quinto, apartado 1 y de lo manifestado en el considerando sexto.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando segundo, apartados 3 y 4 y en base a la determinación realizada en el considerando séptimo, aplicar una amonestación al Intendente Municipal Julio César Marini, al Secretario Privado Mario Sergio Suárez y al Juez de Faltas Graciano Recalde artículo 16 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento de este Honorable Tribunal de Cuentas sobre las materias tratadas en el considerando quinto, apartado 2, y disponer que la Delegación Zonal y la División Relatora tomen nota para informar en su próximo estudio. Y declarar que las Sras. Alejandra Luján Avellaneda y Alicia Beatriz Mendía y el Sr. Julio César Marini, alcanzados según el caso por las reservas antes mencionadas, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto este Honorable Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO QUINTO: En las condiciones manifestadas en el considerando quinto, apartados 1 y 3, dejar sin efecto las reservas de ejercicios anteriores, comunicando su cese, a los Sres. Jorge Omar Ismael, José Raúl Cluigt, Julio César Marini, Pedro Arnaldo Gamaleri y Sergio Julio Acosta y a las Sras. Alejandra Luján Avellaneda y María de las Nieves Elguren Pardo.
ARTÍCULO SEXTO: Encomendar a la Delegación Zonal las verificaciones indicadas en el considerando quinto, apartado 3.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar a los Sres. Graciano Recalde, Jorge Omar Ismael, José Raúl Cluigt, Julio César Marini, Mario Sergio Suárez, Pedro Arnaldo Gamaleri y Sergio Julio Acosta y a las Sras. Alejandra Luján Avellaneda, Alicia Beatriz Mendía y María de las Nieves Elguren Pardo, lo resuelto en los artículos precedentes. Asimismo, se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley nro. 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente artículo 33 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO OCTAVO: Disponer que las autoridades municipales y la Delegación Zonal tomen nota de lo manifestado en el considerando segundo, apartado 2 del presente.
ARTÍCULO NOVENO: Comunicar a la Administración Federal de Ingresos Públicos lo expresado en el considerando cuarto, apartado 1.
ARTÍCULO DÉCIMO: Comunicar al Instituto de Obra Médico Asistencial y al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, lo expresado en el considerando segundo, apartado 2.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para su conocimiento.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución nro. 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de veinte fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la página web de este Honorable Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante el término fijado en el artículo séptimo. Cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 16/12/2021
N de Expediente: 4-015.0-2019
Ente u Organismo: Municipalidad de Brandsen Ejercicio: 2019
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de BRANDSEN, ejercicio 2019, acorde a lo expresado en el considerando décimo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia sin otros alcances el incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en los considerandos segundo, apartados 1, 2, 3, 5 y 6 y cuarto, apartados 1, 2, 4, 5 y 6 y de lo manifestado en el considerando octavo.

SECCIÓN OFICIAL > página 70

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/02/2022 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date25/02/2022

Page count151

Edition count3407

First edition02/07/2010

Last issue08/07/2024

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