Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/02/2022 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 11 de febrero de 2022

26934694-GDEBA-HZBDMSALGP; y CONSIDERANDO;
la imprescindibilidad de contar con los mismos para el normal funcionamiento del Establecimiento.
Es por ello:
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL HOSPITAL ZONAL GRAL.
DE AGUDOS BLAS. L. DUBARRY
DISPONE
Artículo 1ro. En concepto de lo expresado en el exordio de la presente se autoriza a la prosecución del trámite correspondiente a la Licitación Privada N 12/2021 Art. 17 Ley 13981/09 y Art. 17 Anexo 1 Decreto 59/19 con las especificaciones listadas en los siguientes artículos.
Artículo 2do. La Licitación Privada 12/2021 referida a ALIMENTACIÓN cubrirá un periodo de CINCO meses desde el 1/2/2022 hasta el 30/6/2022.
Artículo 3ro. Poseerá un costo aproximado de PESOS UN MILLÓN $1.000.000,00.
Artículo 4to. Con fecha de apertura el día 18/2/2022 a las 12:00 hs. en la Oficina de Compras.
Artículo 5to. Los pliegos de la misma podrán retirarse de lunes a viernes por la Oficina de Compras de 07:00 hs. a 13:00 hs.
o podrán ser solicitados vía correo electrónico a comprasdubarry@gmail.com Artículo 6to. Las ofertas serán recibidas al mail antes mencionados, en la oficina de compras o en Mesa de entrada del Hospital situado en calle 12 N 825 hasta una hora antes de la apertura propuesta.
Artículo 7mo. En caso de que la oferta sea enviada por mail tendrán 72 hs. hábiles después de la fecha de apertura para enviar los originales en papel.
Artículo 8vo. Registrar, comunicar a quienes corresponda, y retomar a la Oficina de Compras para cumplimentar.
Pablo Martin Cassiani, Director Ejecutivo.

INSTITUTO

DE PREVISIÓN SOCIAL

POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica a la titular de autos por 5 días, en el Expediente Nº 2922-1157-11 La Resolución Nº 945.524 de fecha 17 de marzo de 2021.
RESOLUCIÓN Nº 945.524
VISTO, el expediente N 2922-1157-11 iniciado por María Alejandra TRABA, atento la solicitud de reconocimiento de servicios efectuada por la titular de autos, y CONSIDERANDO, Que surge de la documental obrante a fojas 33 y 63/68 que la titular de autos prestó servicios como Becaria Auxiliar de Enfermería en el Hospital Interzonal General de Agudos Descentralizado Virgen del Carmen de Zárate, durante el período que comprende desde el 01-02-2003 al 31-08-2004;
Que al respecto cabe destacar que los servicios en análisis, si bien no configuran relación de empleo público tal como dispone expresamente el art. 6 del Decreto N 5725/89 reglamento de becas del Ministerio de Salud, que en su texto reza:
La vinculación existente entre el becario y el Estado Provincial, no configura relación de empleo público, por lo que no resulta aplicable el Régimen para Personal de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires, en excepción de lo establecido expresamente en el presente Reglamento, constituyen relación de dependencia a tenor de los informes emanados del Ministerio de Salud que dan cuenta de la relación laboral existente entre el empleador y el agente;
Que de lo actuado surge que la Sra. TRABA revistó idéntica situación que el personal de Planta, motivo que permite concluir que existió relación de subordinación y demás elementos que hacen a la relación laboral y que tales servicios quedan encuadrados en el art. 2 del Decreto-Ley N 9650/80 deviene atendible su reconocimiento;
Que dada la condición de afiliación obligatoria de los servicios, y en virtud de la doctrina sentada en la causa Pisano, Juan José el Pcia. de Buenos Aires I.P.S. Demanda Contencioso Administrativa fallada por nuestro máximo Tribunal Provincial, en tanto se los considera como una prestación de servicios remunerados y en relación de dependencia en cualquiera de los poderes de Estado Provincial o Municipal;
Que las tareas desarrolladas por la titular de autos en el ámbito del Ministerio de Salud, cuyo reconocimiento se pretende, resultan de carácter diferencial en virtud del agotamiento prematuro que importan conforme las pautas descriptas en la norma Decreto N 58/15, no siendo facultad del interesado, ni de esta autoridad de aplicación, en el caso, este Organismo, decidir la consideración del especial carácter de la misma art. 26 del Decreto-Ley N 9650/80;
Que a foja 73 el área técnica procede a liquidar el correspondiente cargo deudor, en concepto de aportes personales y contribuciones patronales no efectuados durante el lapso 01-02-2003 hasta el 30-08-2004, que ascienden a $60.982,49 y $45.736,86 respectivamente, conforme lo normado por los arts. 2, 4, 19 y 61 del Decreto-Ley N 9650/80 T. O. 600/94 y Decreto N 58/15;
Que respecto a los intereses, se aplicará el 6% anual a partir de la notificación del presente acto, atento lo establecido en el Memorando N 4/18 de este IPS;
Que a foja 75/76 la Comisión de Prestaciones e Interpretación Legal dictaminó, en coincidencia con la intervención de foja 70 de Fiscalía de Estado, que corresponde reconocer los servicios peticionados;
Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 17 de marzo de 2021, según consta en el Acta N 3558;

SECCIÓN OFICIAL > página 68

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/02/2022 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date11/02/2022

Page count120

Edition count3412

First edition02/07/2010

Last issue18/07/2024

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