Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/12/2021 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 17 de diciembre de 2021

artículo 3, inciso E, apartado i de la Resolución Conjunta Nº 326/2021 y sus modificatorias.
Que han tomado la intervención las Subsecretarías Técnicas, Administrativas y Legales del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.
Que se expiden en el ámbito de competencia la Asesoría General de Gobierno y la Fiscalía de Estado.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N 15.164 y por el Decreto N 837/21.
Por ello, EL MINISTRO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y EL MINISTRO DE SALUD
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVEN
ARTÍCULO 1º. Ampliar al CIEN POR CIENTO 100% la capacidad autorizada de personas para asistir a eventos masivos de hasta DIEZ MIL 10.000 personas en espacios cerrados.
ARTÍCULO 2º. Modificar la Resolución Conjunta Nº 326/2021 en artículo 3, punto E, inciso i, de, el que quedará redactado de la siguiente manera:

E. Eventos masivos de más de MIL 1000 personas:
i. a Los que se realicen en espacios cerrados, con una concurrencia de hasta DIEZ MIL 10.000 personas, podrán utilizar el CIEN POR CIENTO 100% de la capacidad autorizada, y deberán requerir a las personas que concurran, ya sea mediante App VacunatePBA, App Mi Argentina o el carnet de vacunación en formato cartón o tarjeta, la acreditación del PASE LIBRE COVID, en los términos establecidos en la Resolución Conjunta N 460/2021, asimismo deberán cumplir con los Lineamientos generales para eventos masivos IF-2021-32430588-GDEBA-DVEYCBMSALGP que forman parte integrante de la presente.
ii. b Los que se realicen en espacios cerrados, con una concurrencia superior a DIEZ MIL 10.000
personas, podrán utilizar como máximo, el CINCUENTA POR CIENTO 50% de lacapacidad autorizada, y deberán requerir a las personas que concurran, ya sea mediante App VacunatePBA, App Mi Argentina o el carnet de vacunación en formato cartón o tarjeta, la acreditación del PASE LIBRE COVID, en los términos establecidos en la Resolución Conjunta N 460/2021asimismo deberán cumplir con los Lineamientos generales para eventos masivos IF-2021-32430588-GDEBA-DVEYCBMSALGP que forman parte integrante de la presente..
ARTÍCULO 3º. La presente norma entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Nicolas Kreplak, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro
MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO
RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA N 479-MJGM-2021
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 10 de Diciembre de 2021
VISTO el expediente EX-2021-26708166-GDEBA-DSTAMDAGP, mediante el cual se gestiona, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Agrario, la designación en Planta Temporaria en carácter de Personal Transitorio Mensualizado de Mariano Manuel MONTION y otros, de conformidad con los lineamientos establecidos en los artículos 111 inciso d y 117 de la Ley N 10.430, Texto Ordenado Decreto N 1869/96, su Decreto Reglamentario N 4161/96 y sus modificatorias, a partir del 1
de noviembre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021, y CONSIDERANDO:
Que mediante nota NO-2021-27299144-GDEBA-SSTAYLMDAGP, obrante en el orden 3, se propicia designar a Mariano Manuel MONTION y otros en el Ministerio de Desarrollo Agrario en la Planta Temporaria, en carácter de Personal Transitorio Mensualizado;
Que atento lo normado por el Decreto N 272/17 E y sus modificatorios y en orden a cuestiones de oportunidad, necesidades de servicios y asuntos operativos de la Jurisdicción, es que se propician las presentes designaciones a partir de fecha cierta, reuniendo los postulantes los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarias para desempeñar los cargos para los cuales han sido propuestos;
Que la gestión propiciada resulta indispensable para el normal desenvolvimiento de la referida Cartera de Estado, en cuanto al desarrollo de las políticas agrarias de la provincia de Buenos Aires, y en razón a las bajas producidas por diversos motivos en la Planta Permanente de la Jurisdicción, es necesario e imprescindible incorporar a los agentes en la Planta Temporaria - Personal Transitorio Mensualizado, para el cumplimiento de las misiones del Ministerio de Desarrollo Agrario;
Que las designaciones serán atendidas con cargo al Presupuesto General de la Administración Provincial para el Ejercicio 2021 - Ley N 15.225;
Que lo tramitado encuentra sustento legal en las previsiones contenidas en los artículos 111 inciso d y 117 de la Ley N
10.430, Texto Ordenado Decreto N 1869/96, su Decreto Reglamentario N 4161/96 y modificatorias;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

SECCIÓN OFICIAL > página 41

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/12/2021 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date17/12/2021

Page count160

Edition count3424

First edition02/07/2010

Last issue05/08/2024

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