Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/12/2021 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 16 de diciembre de 2021

ARTICULO 1. RECONOCER que a Aldo Carlos MOSCOLONI, con documento DNI N 10.160.065, le asistía el derecho al goce del beneficio de PENSION equivalente al 44% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Servicio - Clase II 36Hs. con 24 años de antigedad, desempeñados en la Municipalidad de Chivilcoy, el que debía ser liquidado a partir del 2
de mayo de 2018 día siguiente al fallecimiento del causante hasta el 10 de mayo de 2019, fecha en que se produce su fallecimiento; y en consecuencia declarar de legítimo abono a favor de los herederos que acrediten en forma legal su carácter de tales, las sumas devengadas en dicho concepto.
ARTICULO 2. NOTIFICAR que contra las resoluciones del Instituto, los interesados podrán interponer recurso de revocatoria dentro del plazo de veinte 20 días de notificados artículo 74 del Decreto-Ley N 9650/80 T. O. 1994.
ARTICULO 3. REGISTRAR en Actas. Publicar Edictos. Cumplido, Archivar.
Departamento Resoluciones Eduardo Santin, Presidente dic. 13 v. dic. 17
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica a los derechohabientes del causante de autos por 5 días en el Expediente N 21557-361159/16 la Resolución Nº 959.481 de fecha 20 de octubre de 2021.
Asimismo se los intima de pago del cargo deudor declarado legitimo por el termino improrrogable de 10 diez días, o en su defecto, a que celebren convenio de pago con el Instituto de Previsión Social dentro del mismo plazo, bajo apercibimiento de dar curso al recupero de las sumas adeudadas por la vía judicial de apremio.
Vencido el plazo indicado sin que se verifique el pago o la celebración del convenio de pago, se los deja intimados a los derechohabientes del titular de la deuda, a que procedan a abrir la sucesión dentro del término de 30 días de notificados y denunciar su radicación dentro de los diez de decretada su apertura, bajo apercibimiento de instar el recupero judicial de las sumas adeudadas a éste Instituto de Previsión Social de conformidad con lo establecido en el Art. 729 Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires.
RESOLUCIÓN Nº 959.481
VISTO, el Expediente N 21557-361159/16 correspondiente a RAMOS IGNACIO CANDELARIO S/SUC, en el cual se detectó el reingreso a la actividad, sin haber efectuado la pertinente denuncia en los términos del art.60 del Decreto-Ley 9650/80 T.O 600/94, resultando un cargo deudor, el posterior fallecimiento del mismo, y CONSIDERANDO, Que por Resolución N847150 de fecha 24/8/2016 fs.63, se acordo beneficio jubilatorio por Edad Avanzada al titular de autos, en base al 35% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Obrero -Clase I, con 10 años de antigedad, desempeñado en el Municipio de Florencio Varela.
Que se advierte que el titular de autos, reingresó a la actividad, sin haber efectuado la pertinente denuncia en los términos del art.60 del Decreto-Ley 9650/80 T.O 600/94.
Que se dicta la Resolución No 865633, suspendiéndose con carácter preventivo el pago del beneficio jubilatorio, acompañándose la baja de AFIP de fecha 23/6/2017 fs.7, rehabilitándose el beneficio.
Que el Sector Gestión y Recupero de Deudas procedió a calcular cargo deudor por haberes indebidamente percibidos por el titular de autos por el período que va desde el 1/4/2016 al 18/5/2017, dejándose constancia de las irregularidades que surgen en autos, toda vez que el Sr. Ramos falleció con fecha 18/5/2017 y la baja de AFIP se produjo con posterioridad a su deceso, ascendiendo el mismo a la suma de PESOS SESENTA Y DOS MIL SETENTA Y CUATRO CON 56/100
CTAVOS
$62.074,56, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 60 del DecretoLey 9650/80 T.O 600/94.
Que la mentada deuda encuentra su origen en la percepción indebida de haberes, toda vez que una vez obtenido el beneficio jubilatorio el titular de autos laboró en relación de dependencia.
Que se ha producido un desplazamiento patrimonial sin causa, en virtud de la percepción indebida de haberes que faculta a este IPS a repetir lo abonado, puesto que lo real y concreto es la existencia del enriquecimiento sin causa por parte del beneficiario, lo que conlleva la carga de restituir lo generado en dicha situación conforme artículos 726, 766, 868, 1796, 1798 y concordantes del Código Civil y Comercial;
Que se le ha dado vista al Sr. Fiscal de Estado.
Que la presente medida se dicta en uso atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley N 8587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTICULO 1: Declarar legítimo el cargo deudor practicado en autos el cual asciende a la suma de PESOS SESENTA Y
DOS MIL SETENTA Y CUATRO CON 56/100 CTAVOS $62.074,56, por haberes indebidamente percibidos por el Sr.
Ignacio Candelario Ramos, por el período comprendido entre el 1/4/2016 al 18/5/2017, de conformidad a lo dispuesto en los arts.60 y 61 del Decreto-Ley 9650/80 T.O 600/94.
ARTICULO 2: Se deberá proceder a la publicación de edictos, conforme los términos del art.66 del Decreto-Ley 7647/70, debiéndose intimar a los derechohabientes del mismo, a fin de que en un plazo perentorio de 10 días, de notificado el presente, abonen al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires el importe declarado legítimo en el Artículo 1o. El importe del crédito reclamado deberá ser depositado en la Cuenta Fiscal N50046/3 CBU
0140999801200005004639 del Banco de la Provincia de Buenos Aires Casa Matriz de La Plata, debiendo adjuntar a las actuaciones, dentro del mismo plazo, copia certificada del respectivo comprobante, o bien remitirla vía electrónica al correo sectordeudas@ips.qba.qov.ar.
ARTICULO 3: Disponer que una vez transcurrido el plazo establecido en el artículo precedente sin que se haya verificado
SECCIÓN OFICIAL > página 92

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/12/2021 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date16/12/2021

Page count169

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First edition02/07/2010

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