Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/07/2021 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 14 de julio de 2021

Que, no obstante ello y ante la habilitación de la segunda instancia, el incumplimiento al deber de información para con este Organismo de Control, configura una falta grave que atenta contra la eficacia perseguida en los nuevos procedimientos, en perjuicio de los usuarios;
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 11.769 Texto Ordenado Decreto Nº 1868/04, su Decreto Reglamentario Nº 2479/04 y la Resolución OCEBA N 088/98;
Por ello, EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Instruir, de oficio, sumario administrativo a la EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD
ANÓNIMA EDELAP S.A. a fin de ponderar las causales que motivaran el incumplimiento al Deber de Información para con este Organismo de Control, con relación al reclamo formulado por el usuario Eduardo Mario LAPIDO, por mala calidad de producto técnico baja tensión, en el suministro de su titularidad NIS: 3131079-01.
ARTÍCULO 2º. Ordenar a la Gerencia de Procesos Regulatorios a sustanciar el debido proceso sumarial, realizando el pertinente Acto de Imputación, a través del cuerpo de abogados que conforman la citada Gerencia.
ARTÍCULO 3º. Determinar que los presentes actuados quedan exceptuados de la suspensión de procedimientos y plazos administrativos ordenada por el Decreto Provincial Nº 167/2020.
ARTÍCULO 4. Registrar. Publicar. Dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Notificar a la EMPRESA DISTRIBUIDORA LA
PLATA SOCIEDAD ANÓNIMA EDELAP S.A.. Pasar a conocimiento de la Gerencia de Procesos Regulatorios. Cumplido, archivar.
ACTA N 15/2021
Marcelo Ruben Juiz, Presidente; Roberto Emir Daoud, Vicepresidente; Jorge Alberto Arce, Director.

RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA N 139-OCEBA-2021
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 8 de Julio de 2021
VISTO el Marco Regulatorio de la Actividad Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires, conformado por la Ley N 11769
T.O. Decreto Nº 1868/04, su Decreto Reglamentario Nº 2479/04, el Contrato de Concesión suscripto, la Resolución OCEBA N 088/98, la Resolución OCEBA N 370/17, lo actuado en el EX-2021-15420561-GDEBA-SEOCEBA, y CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones indicadas en el Visto, tramita el incumplimiento al Deber de Información para con este Organismo de Control, de la EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANÓNIMA EDELAP S.A., con relación al reclamo formulado por el usuario Gustavo Adolfo GARAY, por mala calidad de producto técnico baja tensión, en el suministro de su titularidad NIS: 3557949-01;
Que a través de la Resolución N 370/17, OCEBA implementó procedimientos eficaces Artículo 42 C.N., de acuerdo a las exigencias establecidas por el derecho consumerista, de conformidad a las prescripciones legales establecidas por los artículos 3, 25 y 31 de la Ley 24240, referidos a los principios de primacía jurídica y de integración normativa, como así también al artículo 3 inciso a de la Ley 11769, que ordena en el mismo sentido;
Que el marco fáctico, normativo y jurisprudencial imperante, coloca a todos los Distribuidores dentro de un máximo nivel de exigibilidad en el cumplimiento de sus obligaciones, implicando ello, la necesidad de dar respuesta a todos los reclamos de los usuarios sin excepción;
Que, conforme a dicho acto administrativo y en el marco del Legajo AU N 10964/20, el Centro de Atención a Usuarios de este Organismo de Control remitió a la Distribuidora, con fecha 18 de febrero de 2020, una nota otorgándole un plazo de 10
días a fin de solucionar y dar respuesta al reclamo formulado e intimando el inmediato cumplimiento del marco normativo de carácter constitucional, legal, reglamentario y jurisprudencial que tutela el derecho de los usuarios del servicio público de electricidad bajo control de OCEBA, otorgándole información adecuada y veraz, trato equitativo y digno al usuario, a fin de lograr en todo momento la sustentabilidad de la relación de consumo con el mismo y superar las cuestiones controversiales dentro de la primera instancia a su cargo órdenes 6/7;
Que, asimismo, a través de la citada nota se le notificó que agotado el plazo otorgado, sin recibir la debida respuesta, se iniciarían automáticamente las actuaciones sumariales y se resolvería la cuestión con las constancias materiales existentes;
Que atento a la falta de respuesta de la Distribuidora a la intimación de cumplimiento Punto 4.2.3 PR01-RR- 2017 de la Resolución OCEBA N 370/17 enviada por correo electrónico a través de la dirección cau@oceba.gba.gov.ar órdenes 6/7, y reiterada por la misma vía orden 8, el Centro de Atención de Usuarios de OCEBA remitió las actuaciones a la Gerencia de Procesos Regulatorios a efectos de que se instruya sumario administrativo por incumplimiento al deber de informar orden 9;
Que, la Gerencia de Procesos Regulatorios, señaló que, de acuerdo a los antecedentes obrantes en el expediente, la EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANÓNIMA EDELAP S.A. habría incumplido con el Deber de información para con este Organismo de Control, al no dar respuesta en tiempo y forma a la nota remitida en virtud del reclamo formulado por el usuario Gustavo Adolfo GARAY;
Que EDELAP S.A. en el presente caso, incumplió con la obligación establecida en el artículo 28 inciso v del Contrato de Concesión Provincial que establece, entre otras obligaciones de la Concesionaria, la de Poner a disposición del ORGANISMO DE CONTROL todos los documentos e información que éste le requiera, necesarios para verificar el cumplimiento del CONTRATO, la Ley Provincial N 11769 y toda norma aplicable, sometiéndose a los requerimientos que a
SECCIÓN OFICIAL > página 83

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/07/2021 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date14/07/2021

Page count164

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