Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/06/2021 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 14 de junio de 2021

ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de Tapalqué, ejercicio 2018, acorde a lo expresado en el considerando décimo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia sin otros alcances el incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en los considerandos segundo, apartados 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, tercero, apartado 1 inciso 1 subinciso 3, cuarto, apartados 1, 2, 5 y 6 y quinto, apartados 2 y 9, y lo manifestado en los considerandos séptimo, apartado 2 y octavo.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en los considerandos cuarto, apartados 3, 4 y 7 y quinto, apartados 2, 4, 6 y 7 y en base a la determinación realizada en el considerando noveno, aplicar una amonestación al Secretario de Planeamiento y Obras Publicas Roberto Rivademar y al Encargado de Registro Patrimonial Ignacio Buiese y multas de $11.000,00 al Encargado de la Oficina de Presupuesto y responsable del Sistema de Presupuesto Gonzalo Ariel Marino, de $11.000,00 al responsable Encargado de Recaudación Hugo Roberto Abraham, de $21.000,00 al Intendente Municipal Gustavo Rodolfo Cocconi y de $26.000,00 al Contador Municipal y responsable del Sistema de Contabilidad José Diego Rahal artículo 16 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando quinto, apartado 5, con formulación de cargo por la suma de $550.495,33, por el que responderá el Intendente Municipal Gustavo Rodolfo Cocconi en solidaridad con el Contador Municipal José Diego Rahal artículo 16 inciso 3 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento de este Honorable Tribunal de Cuentas sobre las materias tratadas en los considerandos tercero, apartado 1 inciso 1 subinciso 1, quinto, apartados 1 y 8, sexto, apartado 1 y séptimo, apartados 1 y 4, y disponer que la Delegación Zonal y la División Relatora tomen nota para informar en su próximo estudio. Y declarar que los Sres. José Diego Rahal, José Walter Livio, Gustavo Rodolfo Cocconi, Roberto Rivademar, Roberto Aníbal Rivas, Luis Marcelo Aristegui y Juan Ignacio Buiese, alcanzados según el caso por las reservas antes mencionadas, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto este Honorable Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO SEXTO: En las condiciones manifestadas en el considerando séptimo, apartados 2, 3 y 5 dejar sin efecto las reservas de ejercicios anteriores, comunicando su cese, a los Sres. Gustavo Rodolfo Cocconi, Roberto Rivademar, Roberto Aníbal Rivas, José Diego Rahal y Juan Ignacio Buiese.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Encomendar a la Delegación Zonal las verificaciones indicadas en los considerandos tercero, apartado 1 inciso 1 subinciso 3 y cuarto, apartado 1.
ARTÍCULO OCTAVO: Notificar a los Sres. Gonzalo Ariel Marino, Gustavo Rodolfo Cocconi, Hugo Roberto Abraham, José Diego Rahal, José Walter Livio, Juan Ignacio Buiese, Roberto Aníbal Rivas, Luis Marcelo Aristegui y Roberto Rivademar, lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente le corresponda a cada uno de ellos, y fijarles a los funcionarios alcanzados por sanciones pecuniarias, un plazo de noventa días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuentas Fiscales nros. 1.865/4 CBU 0140999801200000186543 - Multas y 108/9
CBU 0140999801200000010893 - Cargos, a la orden del Señor Presidente de este Honorable Tribunal de Cuentas CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado. Asimismo, se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley nro. 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO NOVENO: Comunicar a la Administración Federal de Ingresos Públicos lo expresado en el considerando quinto, apartado 4.
ARTÍCULO DÉCIMO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Tapalqué, para su conocimiento.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución nro. 18/16 del Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de cuarenta y ocho fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la página web de este Honorable Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante el término fijado en el artículo octavo. Cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 10/09/2020
N de Expediente: 3-119.0-2018
Ente u Organismo: Municipalidad de Trenque Lauquen Ejercicio: 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de Trenque Lauquen, ejercicio 2018, acorde a lo expresado en el Considerando Noveno.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos reseñados en los Considerandos Tercero y Quinto y en base a la determinación efectuada en el Considerando Séptimo aplicar Amonestación al Contador Municipal Rubén Ezequiel ADOLFO y a la Tesorera Municipal Ofelia Cristina SCUSSEL y Llamado de Atención al Presidente del H. Concejo Deliberante Claudio Sergio FIGAL Artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Desaprobar los egresos tratados en el Considerando Segundo y en base a lo allí expuesto, formular cargo de $61.192,77 por el que responderá el ex Intendente Municipal Raúl FEITO Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires Nº 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires sobre las materias tratadas en los Considerandos Tercero inciso 1 apartado b, Cuarto y Sexto incisos 1 y 2 apartado II y disponer que la Relatoría Zonal y la División Relatora tomen nota para informar en su próximo estudio. Declarar que el
SECCIÓN OFICIAL > página 135

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/06/2021 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date14/06/2021

Page count137

Edition count3401

First edition02/07/2010

Last issue28/06/2024

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