Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/03/2021 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 15 de marzo de 2021

ARTÍCULO OCTAVO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H. Tribunal Cuentas sobre los temas tratados en los Considerandos Octavo y Noveno, Apartado i, en los términos, con los alcances y a los efectos allí consignados.ARTÍCULO NOVENO: Declarar que los Sres. Hernán César Y ZURIETA; María Alejandra BORDENAVE; Silvina Andrea BRACO; Diego Fernando CAROSELLA; y Raúl Francisco Enrique DE MICHELIS; todos ellos alcanzados por las reservas del Artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.ARTÍCULO DÉCIMO: Dejar sin efecto la reserva impuesta sobre los temas referidos en el Considerando Noveno, Apartados b, c, d, e, f, g y h, como consecuencia del tratamiento efectuado en el mismo.ARTÍCULO UNDÉCIMO: Notificar a Ariel Marcelo RODRIGUEZ; Damián Alberto QUETGLAS; Hernán César Y ZURIETA;
María Alejandra BORDENAVE; Emiliano Martín PERLINI; Gabriel Alejandro DALUISIO; Adriana Noemí GERBER; Beatriz Isabel DAL CIN; Guillermo Oscar GADEA; Fernando Hernán DE JUAN; Héctor Daniel EQUIZA; Melisa Yanina FRANZONI;
Mónica Mabel PALMA; Ricardo Adolfo NAVONI; Silvina Andrea BRACO; Walter Daniel OTERO; Diego Fernando CAROSELLA; y Raúl Francisco Enrique DE MICHELIS lo resuelto en los Artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles, a los funcionarios alcanzados con sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90
días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales 108/9
cargos - Pesos - CBU 0140999801200000010893 y 1865/4 multas - Pesos - CBU 0140999801200000186543, a la orden del Sr. Presidente del H. Tribunal de Cuentas - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva su ejecución Artículos 159
de la Constitución Provincial y 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Asimismo, hacerles saber que la Sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido por el artículo 38º de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a éste H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.ARTÍCULO DUODÉCIMO: Comunicar la presente Sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, y a la Municipalidad de PUNTA INDIO.ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Comunicar a ARBA lo consignado en el Considerando Segundo, Apartado f; y la situación descripta en el Considerando Sexto al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento el presente fallo que consta de veintitrés fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este Honorable Tribunal de Cuentas, y reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Undécimo. Cumplido, archívese.POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 10/09/2020
N de Expediente: 4-096.0-2018
Ente u Organismo: Municipalidad de Ramallo Ejercicio: 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de RAMALLO, ejercicio 2018, acorde a lo expresado en el considerando séptimo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia sin otros alcances de las cuestiones tratadas en el considerando segundo apartados b, c y d.
ARTÍCULO TERCERO: Por el fundamento expuesto en el considerando segundo apartado a aplicar una multa de $
20.000,00 al Intendente Municipal Mauro David POLETTI Artículo 16 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires sobre la materia tratada en el considerando quinto apartado 2 y en virtud de las disidencias planteadas la cuestión referida en el considerando cuarto. Disponer que la Delegación Zonal y la División Relatora tomen debida nota para informar en su próximo estudio. Declarar que el Intendente Municipal Walter Ariel SANTALLA, el Intendente Municipal Mauro David POLETTI, el Contador Municipal Matías Martín BERSANO, la Tesorera Municipal Marta Beatriz OLIVEROS; la Jefa de Departamento Registro Patrimonial y Archivo Claudia Jorgelina RAFFO, el Subsecretario Legal y Técnico Rubén Ignacio ZUBIETE, la Secretaria de Hacienda y Presupuesto Andrea Verónica ZOILO, las Contadoras Municipales Mabel Noemí THEAS y Ana Laura SORARRAÍN, la Directora de Liquidación de Haberes Mariana del Carmen NIZ y el Director de Liquidación de Haberes Claudio Hernán GENTILI, alcanzados por las reservas, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO QUINTO: Dejar sin efecto la reserva establecida en el considerando quinto apartado 1, liberando de responsabilidad a Mauro David POLETTI y a Matías Martín BERSANO.
ARTÍCULO SEXTO: Dejar constancia de la recomendación formulada en el considerando sexto de la presente resolución.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar a Ana Laura SORARRAÍN, Andrea Verónica ZOILO, Claudia Jorgelina RAFFO, Claudio Hernán GENTILI, Mabel Noemí THEAS, Mariana del Carmen NIZ, Marta Beatriz OLIVEROS, Matías Martín BERSANO, Mauro David POLETTI, Rubén Ignacio ZUBIETE y Walter Ariel SANTALLA de lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles al funcionario alcanzado por sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal Nº 1865/4 multas - Pesos - CBU 0140999801200000186543 a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose el comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15

SECCIÓN OFICIAL > página 135

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/03/2021 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date15/03/2021

Page count137

Edition count3405

First edition02/07/2010

Last issue04/07/2024

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