Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/09/2019 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 10 de septiembre de 2019

LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 19 de Julio de 2019
VISTO el expediente Nº 2945 - 48892019, relacionado con la nota remitida, a fs. 20, por la Directora de Regiones y Redes Sanitarias, Marcela Isabel Calcopietro, del Ministerio de Salud, Provincia de Buenos Aires, que diera origen a los presentes, y CONSIDERANDO:
Que la citado Directora conforme escritos relacionados a las rendiciones efectuadas, por Directora Asociada de la Región Sanitaria V, del Ministerio de Salud Provincia de Buenos Aires, obrante a fs. 19, remite a este Organismo Provincial, las anulaciones por error de confección, de los Certificados Médicos de Defunción, color celeste, serie 1, 33917, 33919, 33923
correspondientes al Hospital Diego Thompson, de la localidad de San Martín;
Que a fs. 12 a 17 obran los certificados aludidos en original;
Que a fs. 21 la Dirección de Modernización y Auditoria Interna, de este Registro Provincial, toma intervención sobre la documentación que fuera remitida y solicita se proceda a la anulación, por error de confección, de los formularios en cuestión, para lo cual los detalla y enumera en forma precisa;
Que las presentes actuaciones se enmarcan dentro de lo prescripto por las Disposiciones Nº 2904/14, modificada por la DI2019-3-GDEBA-DPRDLMGGP y la DI-2018-229-GDEBA-DPRDLPMGGP.
Por ello, EL DIRECTOR DE MODERNIZACIÓN Y AUDITORÍA INTERNA
DEL REGISTRO PROVINCIAL DE LAS PERSONAS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DISPONE
ARTÍCULO 1º: Anular l los Certificados Médicos de Defunción, color celeste, serie 1, 33917, 33919, 33923 por las razones expuestas en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º: Destruir la documentación detallada en el artículo 1º, por intermedio de la Dirección de Modernización y Auditoría Interna de esta Dirección Provincial, bajo debida constancia.
ARTÍCULO 3º: Registrar. Comunicar. Notificar el contenido de la presente al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y a la Dirección de Delegaciones. Dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Juan Carlos Digiano, Director
DISPOSICIÓN N 1-COMPGMSGP-19
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 5 de Septiembre de 2019
VISTO la Ley N 14798, su reglamentación aprobada por Decreto N2551/15 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N 14798 se crea la Comisión Provincial de Guardavidas en el ámbito del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.
Que por el Artículo 10 de la citada norma, se constituye a la Comisión Provincial de Guardavidas como Autoridad de Aplicación de la misma;
Que por el Decreto N2551/15 se aprueba la reglamentación de la Ley N 14798 y se designa como Autoridad de Aplicación de la mencionada Comisión al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministro, a través de la Comisión Provincial de Guardavidas, quien dictará las normas interpretativas, complementarias y aclaratorias que resulten necesarias;
Que mediante la Ley N 14803 se disuelve el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que el DCTO20181073-GDEBA-GPBA asigna el funcionamiento de la Comisión Provincial de Guardavidas bajo el ámbito de la Subsecretaría de Emergencias dependiente del Ministerio de Seguridad;
Que el artículo N 6 de la Ley N 14798 establece que para desempeñarse como Guardavidas, los aspirantes deberán poseer la correspondiente Libreta de Guardavidas, expedida por la Comisión Provincial de Guardavidas y tener aprobada la Prueba Anual de Suficiencia requerida anualmente por la Autoridad de Aplicación de acuerdo a las disposiciones vigentes Que el artículo N 10 de la Ley N 14798 estipula que se debe llevar un registro actualizado de los títulos de guardavidas;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N 14798, su reglamentación aprobada por el Decreto N 2551/15 y DCTO20181073-GDEBA-GPBA ;
Por ello EN EJERCICO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY N 14798/15
El REPRESENTANTE EJECUTIVO CON RANGO DE DIRECTOR PROVINCIAL
Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN PROVINCIAL DE GUARDAVIDAS
DISPONE
ARTÍCULO 1: Fijar las fechas para llevar a cabo la Prueba Anual de Suficiencia entre el 15 de Septiembre y el 8 de Diciembre inclusive, del presente año, las que oportunamente se publicarán en la página del Ministerio de Seguridad a efectos de su elección por parte de los guardavidas interesados de rendir la misma. La Prueba Anual de Suficiencia podrá llevarse a cabo en cualquiera de los ámbitos acuáticos definidos en la Ley 14798, garantizando en todos los casos las
SECCIÓN OFICIAL > página 18

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/09/2019 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date10/09/2019

Page count74

Edition count3407

First edition02/07/2010

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