Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/11/2018 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Miércoles 7 de noviembre de 2018

RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA N 212-MSALGP-18
LA PLATA, BUENOS AIRES
Lunes 22 de octubre de 2018
VISTO el Decreto N 272/17 E, el Decreto N337/18, la Ley N 13.981, y el expediente N 2900- 53039/17, y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la aprobación del convenio suscripto entre este Ministerio y la firma Climo S.A
en el marco de la Ley Nº 13.981, reglamentada por el Decreto Nº 1300/16;
Que la Ley Nº 13.981 dispone en su artículo 18 inciso 2º, que Se contratará en forma directa Excepcionalmente en alguno de los siguientes casos h La contratación de artistas, técnicos o sus obras;
Que, a fojas 1, el Subsecretario de Atención de la Salud de las Personas solicita la renovación del convenio de prestaciones médicas de atención de pacientes quemados para el ejercicio 2018, por un periodo de seis 6 meses a partir del 1 de enero de 2018 con posibilidad de prórroga por igual periodo y admisibilidad de redeterminación de precios;
Que en consecuencia, esta Jurisdicción suscribió con la firma Climo S.A. el respectivo convenio para la realización de las prestaciones que se detallan en su Anexo I;
Que, el Ministerio asume el compromiso de abonar a la contraparte las prestaciones efectivamente realizadas, en la medida que cumplimenten los requisitos fijados en el Anexo II, de acuerdo a los aranceles previstos en el Anexo I, contemplando la admisión de la redeterminación de los precios de acuerdo a lo previsto en el artículo 7 inciso g de la Ley N13981, sin que el prestador pueda requerir contraprestación alguna a los paciente derivados;
Que según surge de la cláusula decimoséptima el convenio tendrá una duración de seis 6 meses a partir del 1º de enero de 2018, prorrogable automáticamente por un mismo período;
Que a fojas 27 ha prestado su conformidad el Subsecretario de Atención de la Salud de las Personas;
Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno a fojas 33/34 manifestando que debe adjuntarse la documentación social que acredite la existencia de la firma, su inscripción en la Inspección General de Justicia y el poder otorgado al Sr. Roberto Ángel Ciampichini para suscribir el presente convenio en representación de la firma-, Contaduría General de la Provincia a fojas 36 y vuelta y la Fiscalía de Estado a fojas 38 y vueltaindicando mismas observaciones que Asesoría General de Gobierno;
Que en cumplimiento de lo requerido por Asesoría General de Gobierno a fojas 46/85 se adjunta estatuto social de la firma Climo S.A., poder general de Administración, acta de designación de autoridades, constancia de inscripción por ante la Dirección de Personas Jurídicas y copia certificada de las Condiciones Particulares del Seguro de Responsabilidad Civil;
Que a fojas 87/88 luce agregada la correspondiente Solicitud de Gastos N19507;
Que ha dictaminado la Dirección Técnico Legal, prestando conformidad para la prosecución del trámite;
Que ha tomado intervención de su competencia la Dirección General de Administración avalando la presente actuación;
Que en virtud de todo lo expuesto, corresponde aprobar el referido convenio;
Que suscribe la presente en forma conjunta, la Subsecretaria Administrativa en virtud de las facultades conferidas en el Anexo II del Decreto N337/18;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N 272/17 E, cuyo artículo 1, inciso 5, establece: Delegar en los señores Ministros, Secretarios del Poder Ejecutivo, Titulares de los Organismos de la Constitución y Asesor General de Gobierno, según las respectivas esferas de su competencia delimitadas por la Ley de Ministerios o sus respectivas leyes orgánicas, de acuerdo a las normas que regulan cada materia, el ejercicio de las siguientes facultades en materia administrativa atribuidas al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires: 5 Aprobar convenios, excluidos los previstos en el artículo 144 inciso 10 de la Constitución de la Provincia;
Por ello, EL MINISTRO DE SALUD Y
LA SUBSECRETARIA ADMINISTRATIVA
EN FORMA CONJUNTA
RESUELVEN
ARTÍCULO 1. Aprobar el convenio suscripto entre este Ministerio y la firma Climo S.A. que como documento N
IF-2018-22294391-GDEBA-DPTDYPMSALGP pasa a formar parte integrante de la presente como Anexo Único.
ARTÍCULO 2. El gasto autorizado por el artículo 1º será atendido con cargo a la siguiente imputación presupuestaria: C.
INSTITUCIONAL 1.1.1 - JURISDICCION 12 - JURISDICCION AUXILIAR 2 PROG 8 AC 1 IN 3 - PPR 4 - PPA 2 - Fuente de Financiamiento: 13- Ejercicio 2018 - Ley Nº 14982 - pesos cuatro millones ciento setenta y siete mil quinientos con 00/100
$4.177.500,00.
ARTICULO 3. Dejar establecido, que previo a la efectivización del gasto, se deberá dar integro cumplimiento con la totalidad de los requisitos establecidos en la normativa que rige la presente.
ARTÍCULO 4. Notificar al Fiscal de Estado, comunicar y publicar. Cumplido, archivar.
Romina Rodríguez, Subsecretaria; Andrés Roberto Scarsi, Ministro
SECCIÓN OFICIAL > página 40

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/11/2018 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date07/11/2018

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