Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/11/2017 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Provincia de Buenos Aires ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO
SOSTENIBLE
Resolución N 95/17
La Plata, 8 de noviembre de 2017.
VISTO el expediente Nº 2145-9268/16, la Ley Nº 14.853, las Resoluciones de esta Dirección Ejecutiva Nº 1783/16, Nº 2168/16, Nº 3126/16, y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de esta Dirección Ejecutiva Nº 1783/16
se creó, en el ámbito de la Coordinación Ejecutiva de Fiscalización Ambiental, el Programa de Tutores Ambientales, iniciativa cuyo objetivo principal consiste en vincular a este Organismo Provincial con las distintas jurisdicciones municipales, a fin de establecer una relación dinámica entre las mismas, facilitando y mejorando la gestión de trámites y problemáticas ambientales que se presentan en los municipios, vinculados con las normas cuya aplicación corresponde a esta Cartera de Estado, identificando prioridades y diligenciando las mismas a las áreas pertinentes de esta Autoridad Ambiental;
Que en el referido programa se contempla la interacción de los tutores ambientales con un coordinador institucional interno, habiéndose encomendado a agentes de este Organismo Provincial, por Resoluciones de esta Dirección Ejecutiva Nº 2168/16 y Nº 3165/16, el desempeño de tal tarea;
Que la citada Coordinación Ejecutiva se expidió estimando oportuno, en virtud de la evaluación del resultado de la instrumentación del referido Programa, y que los objetivos para los cuales fuera creado no fueron alcanzados, dejar sin efecto el mismo, entendiendo viable la articulación de mecanismos menos onerosos y más eficaces en orden a optimizar la vinculación de esta Autoridad Ambiental, en el ámbito de su competencia, con las jurisdicciones municipales;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 14.853;
Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL
DESARROLLO SOSTENIBLE, RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Dejar sin efecto la Resolución de esta Dirección Ejecutiva Nº 1783/16 mediante la cual se creó, en el ámbito de la Coordinación Ejecutiva de Fiscalización Ambiental, el Programa de Tutores Ambientales.
ARTÍCULO 2: Dejar sin efecto las Resoluciones de esta Dirección Ejecutiva Nº 2168/16 y Nº 3165/16 y toda otra dictada en el marco del Programa mencionado en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3: Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar a la Coordinación Ejecutiva de Fiscalización Ambiental. Cumplido, archivar.
Rodrigo Aybar Perlender Director Ejecutivo Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible C.C. 13.735

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resolución Número: RESOL-2017-651-E-GDEBA-MIYSPGP
LA PLATA, BUENOS AIRES, Miércoles 15 de Noviembre de 2017
Referencia: EXP N 2400-2227/16 s/Adjudicación obra: Redes Finas de Cloacas Moreno Catonas IV Norte y Sur, en el partido de Moreno.
VISTO el expediente Nº 2400-2227/16 mediante el cual tramita la Licitación Pública Internacional en el marco del Programa de Saneamiento Ambiental de la Cuenca del Río Reconquista, para la adjudicación de la obra: Redes Finas de Cloacas Moreno Catonas IV Norte y Sur, en el partido de Moreno, y
LA PLATA, VIERNES 24 DE NOVIEMBRE DE 2017
CONSIDERANDO:
Que la presente gestión se encuadra en las previsiones establecidas en las normas del Banco Interamericano de Desarrollo y en forma supletoria la normativa nacional, provincial y municipal vigente en la República Argentina, entre otras, la Ley N 6.021, y sus modificatorias, el Decreto Ley N 7647/70, la Ley N 14.812 y su reglamentación y el Decreto 1299/16;
Que mediante Resolución Nº 260 de fecha 8 de marzo de 2017
obrante en copia certificada a fojas 773/775, se aprobó la documentación y se autorizó a la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública Internacional para la ejecución de la obra de referencia, con un presupuesto oficial para el Lote 1: Redes Finas de Cloacas Moreno Catonas IV Norte, de pesos ciento cincuenta y nueve millones ochocientos veintitrés mil ciento noventa $ 159.823.190, y para el Lote 2: Redes Finas de Cloacas Moreno Catonas IV Sur, de pesos noventa y ocho millones ochocientos cinco mil cuatrocientos once $ 98.805.411. Constituyendo un presupuesto oficial total para la totalidad de las obras de pesos doscientos cincuenta y ocho millones seiscientos veintiocho mil seiscientos uno $ 258.628.601, y un plazo de ejecución para el Lote 1 de cuatrocientos cincuenta 450 días corridos y para el Lote 2 de trescientos 300 días corridos;
Que entre sus cláusulas el Documento Específico de Licitación prevé el otorgamiento de un anticipo financiero máximo equivalente al diez por ciento 10% del monto del contrato, conforme lo indican las Cláusulas IAO 36.1 Sección II. Datos de la Licitación y CGC 51.1 Sección VI.
Condiciones Especiales del Contrato, hallándose dicho valor dentro de lo establecido por el artículo 48 de la Ley N 6.021 y su reglamentación, normativa que resulta de aplicación supletoria;
Que se han cumplimentado las publicaciones en el Boletín Oficial a fojas 778/784, en diarios de circulación nacional y regional a fojas 822/824, en la página web a fojas 785/820, en la página del Ministerio de Economía a fojas 827/828 y en el portal UNDB a fojas 829/830, conforme lo dispuesto en el Reglamento Operativo del Programa y el artículo 3 de la Ley de Emergencia N 14.812 y su Decreto Reglamentario N 443/16;
Que se recibieron seis 6 ofertas según surge del Acta de Apertura de fecha 3 de mayo de 2017, obrante a foja 834/835 y vuelta;
Que a fojas 4850/4851 se procedió a actualizar el presupuesto oficial, para el Lote 1: Redes Finas de Cloacas Moreno Catonas IV Norte, el cual asciende a la suma de pesos ciento ochenta y dos millones veintiocho mil dieciocho $ 182.028.018, y para el Lote 2: Redes Finas de Cloacas Moreno Catonas IV Sur el cual asciende a la suma de pesos ciento catorce millones quinientos setenta y un mil doscientos dieciocho $ 114.571.218;
Que a fojas 4979 el Banco Interamericano de Desarrollo ha prestado la No Objeción al Informe de Evaluación elevado por la Comisión Evaluadora de Ofertas;
Que la Comisión Evaluadora de Ofertas se expide a fojas 4982/4985
aconsejando adjudicar las referidas labores para el Lote 1: Redes Finas de Cloacas Moreno Catonas IV Norte a la empresa OSHI S.A. CONINSA S.A. - TECMA S.A. - UT por la suma de pesos ciento cincuenta y ocho millones doscientos veinticuatro mil noventa con ocho centavos $ 158.224.090,08, y para el Lote 2: Redes Finas de Cloacas Moreno Catonas IV Sur a la empresa MAKO S.A.C.I.F.I.A y C. por la suma de pesos noventa y seis millones seiscientos cincuenta y nueve mil setecientos catorce con noventa centavos $ 96.659.714,90, ambas empresas por haber alcanzado los requerimientos mínimos de calificación establecidos en el Documento Específico de Licitación y por considerar sus propuestas las más conveniente al interés fiscal;
Que en consecuencia, corresponde para el Lote 1: Redes Finas de Cloacas Moreno Catonas IV Norte rechazar las ofertas de las empresas PROBA S.A. - TECNIPISOS S.A. UNIÓN TRANSITORIA CATONAS
y MAKO S.A.C.I.F.I.A y C por no haber alcanzado los requerimientos mínimos establecidos en el Documento Específico de Licitación, y desestimar la oferta de la empresa COARCO S.A. por ser menos conveniente al interés fiscal. Asimismo corresponde para el Lote 2:
Redes Finas de Cloacas Moreno Catonas IV Sur rechazar las ofertas de las empresas PROBA S.A. - TECNIPISOS S.A. UNION TRANSITORIA
CATONAS y MARIN CONSTRUCCIONES S.A. por no haber alcanzado los requerimientos mínimos establecidos en el Documento Específico de Licitación, y desestimar las ofertas de las empresas COARCO S.A., C&E
CONSTRUCCIONES S.A. y OSHI S.A. - CONINSA S.A. TECMA S.A.
UT por ser menos convenientes al interés fiscal;
Que a fojas 5020 y vuelta toma intervención el Comité de Cuenca del Río Reconquista informando el proyecto de inversión de la obra de referencia;
Que a fojas 5021 el Comité de Cuenca del Rio Reconquista COMIREC
realizó la imputación preventiva del gasto;
Que por lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo;
Que ha tomado intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno a fojas 4996 y vuelta, Contaduría General de la Provincia a fojas 4997/4999 y Fiscalía de Estado a fojas 4994/4995 y 5016;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 23 de la Ley Nº 6.021, el artículo 21 de la Ley Nº 14.853, la Ley de Emergencia N 14.812 y su Decreto Reglamentario N 443/16 y el Decreto 1299/16;

SECCIÓN OFICIAL / PÁGINA 10482

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/11/2017 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date24/11/2017

Page count26

Edition count3409

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Last issue15/07/2024

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