Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/08/2017 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 6090

LA PLATA, VIERNES 4 DE AGOSTO DE 2017

Osovi; dom. calle 51 Nº 1018 piso 3, dpto. B, ciudad y partido de La Plata, pcia BsAs; Fecha Constitución: Esc. Nº 78 del 12/7/2017; Esc. Victoria Noceda; Reg.11 de Bolívar; Dom. legal: calle 14 N787, piso 5, dpto. A, ciudad y partido de La Plata; Pcia. Bs. As.; Duración: 99
años desde la celebración del contrato; Capital Social: $
100.000 dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, no endosables de $100 valor nominal c/u y con derecho a 1 voto por c/acción; Administración:
Representación legal: La administración de la sociedad, estará a cargo de un directorio, compuesto por el número de miembros que fije la Asamblea General Ordinaria, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco directores titulares, un suplente como mínimo, siendo reelegibles y permanecerán en sus cargos hasta que la próxima Asamblea designe reemplazante. Durarán en sus funciones 3 ejercicios. Representación legal estará a cargo del Presidente o del Vicepresidente en caso de vacancia, impedimento o ausencia; Presidente Sebastián Lacalle;
Director Suplente, Nanvy Patricia Fernández;
Fiscalización a cargo de los accionistas; Cierre Ejercicio Económico: 31 de julio de c/año. Victoria Noseda, Escribana.
L.P. 23.006


LAS RAÍCES Sociedad Anónima POR 1 DÍA Rectifica fecha de AGE del 30/11/16.
Celeste Scaringi, Contadora Pública.
L.P. 23.014


BLUE COMM S.R.L.
POR 1 DÍA - Reforma Estatuto. Por Asamblea N 32
de fecha 17/07/17 se modif. inst. const. Cláusula Tercera:
El objeto social será el de realizar por sí o por terceros, o asociada a terceros: e La compra, venta, permuta, arrendamiento y toda otra forma de negociación de todo tipo de vehículos y maquinarias, destinados al transporte de carga y/o a la ejecución de obras públicas o privadas y/o para la participación en licitaciones públicas y/o privadas; f La instalación de sistemas gas, agua, electricidad y de climatización con sus artefactos conexos en todo tipo de obras públicas o privadas y/o en licitaciones públicas o privadas Pablo D. Martínez Buzzoni, Abogado.
L.P. 23.007


RIVOTROZ S.A.
POR 1 DÍA - Por Asamblea Extraordinaria del 15/03/2017 se resolvió por unanimidad: 1 Aceptar la renuncia del Director Suplente Jorge Sabha y 2 Designar nuevo Director Suplente: Walter Ornar Musa. Quedando el directorio integrado por el Presidente Walter Pablo La Rosa, argentino, soltero, empresario, nacido el 02/10/1966, DNI 18.161.021, Concejal Héctor Noya 527, localidad y partido de Lanús, Provincia de Buenos Aires y Director Suplente Walter Omar Musa, argentino, casado, Abogado, nacido 13/01/1965, DNI 17.212.526, 14 de Julio 3447, Lanús, Provincia de Buenos Aires, quienes fijan domicilio especial en la sede social en la calle Moisés Lebensohn N 723 en la ciudad de Piñeyro, en el partido de Avellaneda. Autorizado Walter Omar Musa, Abogado.
L.P. 23.015


BOLSA DE COMERCIO DE BAHÍA BLANCA
S.A.
POR 1 DÍA - Asamblea General Ordinaria del 26/06/2017 y reunión de Directorio del 27/06/2017, eligen:
Presidente: Carlos Alberto Arecco; Vicepresidente: Oscar Antonio Marbella; Directores Titulares: Héctor Alberto Cueto, Diego Arturo Jaime Duprat, Carlos Sebastián
BOLETÍN OFICIAL

Scoccia y Evangelina García Zamora; Directora Suplente:
Norma Aurora Gentile; Síndico Titular: Jorge Eduardo Pella; Síndico Suplente: Juan Pablo Rodríguez Uriarte.
Patricio Mc Inerny, Abogado.
L.P. 23.017


BOLSA DE COMERCIO DE BAHIA BLANCA
S.A.
POR 1 DÍA - Asamblea General Extraordinaria 26/06/17: a Texto ordenado; b Reforma artículos 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 17; c 3 Promocionar y difundir el mercado de capitales y el sistema de oferta pública; brindar asistencia a las sociedades que pretendan ingresar en el régimen de oferta pública. Brindar asistencia integral a pymes; Actuar como entidad calificada en los términos del artículo 32 de la Ley 26.831; brindar capacitaciones en los temas de su actividad. Confeccionar y presentar programas a la CNV para el Registro de Idóneos. Funcionar como Cámara Compensadora. Negociar, colocar y distribuir valores negociables; inscribirse como Agentes Registrados ante la Comisión Nacional de Valores para realizar las actividades de negociación de valores negociables, las de calificación de riesgos; crear y colaborar en el diseño de valores negociables títulos valores; promover la cotización de todo producto, materia, valor negociable;
constituir y participar en fideicomisos; realizar y avalar estudios e investigaciones sobre los temas de su especialidad. Fomentar el arbitraje Registrar contratos; prestar el servicio de recaudación de impuestos, tasas; brindar el servicio de depósito, archivo, guarda y sistematización de documentación y digitalización de imágenes; procurar, una adecuada legislación relativa al comercio, Crear Fundaciones a efectos de promocionar la colocación de valores negociables y la radicación de capitales; 8
Directorio: titulares y suplentes 3/6, 2 ejercicios; 11
Sindicatura: 1 o más; ejercicios; 17 31-3 cada año.
Patricio Tomás McInerny, Abogado.
L.P. 23.018


ASOCIACIÓN CIVIL NUEVO QUILMES S.A.
POR 1 DÍA - Por Esc. 222 del 13/07/2017 folio 850 del Registro 324 CABA, se protocolizó el Acta de Asamblea General Extraordinaria Nº 23 del 4/7/2017 en la cual se decidió aumentar el capital social de $12.090 a $9.998.000. Se modifican los artículos cuarto y sexto del estatuto social, los cuales quedan redactados así:
Artículo 4: El capital social se fija en la suma de nueve millones novecientos noventa y ocho mil pesos $
9.998.000, representado por: a un mil cuatrocientas acciones escriturales 1.400, Clase A, ordinarias, con derecho a un 1 voto por acción, de cuatro mil novecientos noventa y nueve pesos $ 4.999, valor nominal cada una y b seiscientas acciones escriturales, 600, Clase B, ordinarias, con derecho a cinco 5 votos por acción, de cuatro mil novecientos noventa y nueve pesos $ 4.999., valor nominal cada una. Dentro de cada clase de acciones no se admitirá el voto acumulativo.- En todo momento, cada emisión de nuevas acciones como resultado de un aumento de capital deberá mantener la proporción de las acciones Clase A y Clase B establecida en el presente artículo. En la emisión de nuevas acciones, cada accionista tendrá el derecho de suscribir acciones de su clase en proporción a su participación accionaria en la Sociedad, conforme el artículo 194 de la Ley 19.550. Las acciones Clase A que emita la Sociedad serán transmisibles con previa autorización que al efecto, preste el Directorio, el que deberá pronunciarse al respecto dentro de los treinta días corridos de presentada la solicitud de transferencia, con indicación precisa de los datos personales del cesionario y su expresa aceptación de las disposiciones de este Estatuto y los reglamentos que, en su consecuencia, se dicten. Dicha autorización previa no será necesaria en el supuesto que una institución financiera proceda a eje-

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

cutar, en subasta judicial o en la subasta especial establecida en la Ley 24.441, propiedades o acciones de la Sociedad. La Sociedad no reconoce sino un solo propietario por acción. Artículo 6: La administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto de seis Directores Titulares e igual número de Directores Suplentes. Cuatro directores titulares deberán ser electos por los accionistas Clase A, dos de los cuales serán electos por los titulares de Parcelas y/o viviendas unifamiliares y dos por los titulares de unidades funcionales con destino de vivienda; los dos directores titulares restantes deberán ser electos por los accionistas Clase B, rigiendo al respecto lo dispuesto en el Artículo 10. Cada clase de acciones designará un Director Suplente por cada Director Titular electo, quienes reemplazarán al Director Titular de su clase en caso de ausencia, en forma automática, en el orden de su elección y sin necesidad de notificar a la Asociación la ausencia del Director Titular.- Los Directores durarán tres ejercicios en sus funciones, pudiendo ser reelegidos sin limitación alguna, sin perjuicio de la revocabilidad del mandato, no obstante lo cual deberán permanecer en el cargo hasta su reemplazo. Los Directores en su primera reunión designarán de entre ellos un Presidente y un Vicepresidente, cuyos cargos recaerán en los directores designados por la Clase B de Acciones.
El Vicepresidente reemplazará al primero en caso de ausencia, impedimento o excusación. Se reunirán por lo menos una vez cada tres meses o cuando lo requiera cualquiera de sus miembros. El Directorio funciona con la presencia de cinco de sus miembros, como mínimo. Las decisiones para ser válidas deberán adoptarse con el voto favorable de cinco de sus miembros presentes. Sus deliberaciones se transcribirán en un Libro de Actas llevado al efecto, el cual será firmado por todos los Directores Titulares presentes y el Síndico Titular de corresponder. A
las reuniones podrán asistir pero sin voto, los Directores Suplentes. La representación social estará a cargo del Presidente del Directorio, o del Vicepresidente, en caso de ausencia, vacancia o impedimento. A su vez son funciones del Presidente presidir legalmente las Asambleas y convocar reuniones de Directorio.- Dos o más directores podrán tener la misma representación, para casos determinados, previa aprobación del Directorio o de la Asamblea Ordinaria de Accionistas. El uso de la firma social estará a cargo del Presidente. El Directorio tiene plenas facultades para dirigir y administrar la Sociedad en orden al cumplimiento de su objeto, pudiendo en consecuencia celebrar todo tipo de contratos, incluso aquellos para los cuales se requiere Poder Especial, conforme lo dispuesto por el artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, está facultado para operar con Bancos Oficiales o Privados y demás instituciones de crédito y otorgar Poderes para actuar judicial o extrajudicialmente a una o más personas, dictar y hacer cumplir los reglamentos que sean necesarios para la adecuada convivencia de los integrantes del complejo residencial, fijar las contribuciones que abonarán los socios de la Sociedad para el mantenimiento, conservación y funcionamiento del complejo residencial y el núcleo urbano.
Garantía: Los directores deben prestar garantía cuyo monto no podrá será inferior al sesenta por ciento 60%
del monto del capital social en forma conjunta entre todos los titulares designados. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, en ningún caso el monto de la garantía podrá ser inferior en forma individual a Pesos diez mil $10.000 ni superior a Pesos cincuenta mil $50.000 por cada director Art. 76, inc. 4 RG 7/2015. La misma podrá consistir en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera, depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la Sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, o cualquier otra modalidad que prevean las normas aplicables, las que deberán ser otorgadas conforme lo disponga la normativa vigente.Soc. no comp. Art. 299 L.S. María N. Sobreira Vidal de Costa, Escribana. Registro 324 CABA.
C.F. 31.167

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/08/2017 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date04/08/2017

Page count23

Edition count3422

First edition02/07/2010

Last issue01/08/2024

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